Azpitek 2021: Programa de Ayudas para la Adquisición de Infraestructuras Científico-tecnológicas.

[Azpitek 2021]

Descripción


Objeto

La presente orden tiene por objeto regular un programa de ayudas a conceder en el ejercicio 2021, para el apoyo a la adquisición, instalación y actualización de infraestructuras científico-tecnológicas y equipamiento científico-técnico para el desarrollo de la I+D+i y la validación y demostración de sus resultados, a realizar por parte de los centros tecnológicos multifocalizados y a los centros de investigación cooperativa (CIC), de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación. Todo ello orientado a la mejora de la calidad de los resultados y del impacto científico-tecnológico, económico y social de los mismos.

Dotación presupuestaria

5.313.631 €

Prestación económica

Proyectos subvencionables

1.– Serán subvencionables las actuaciones de adquisición, instalación y actualización de infraestructuras científico-tecnológicas y equipamiento científico-técnico (en adelante infraestructuras y equipamiento CT), incluida la obra civil de edificación, remodelación o mejora de edificios y el mobiliario utilizado en actividades de investigación, desarrollo e innovación incluyendo la validación y demostración de sus resultados.

Se entiende infraestructuras y equipamiento CT a los efectos de esta convocatoria el conjunto de medios físicos (equipos) e instalaciones (recinto provisto de los medios físicos necesarios) que se requieren para el desarrollo de actividades de I+D+i y la validación y demostración de sus resultados. Dicho equipamiento puede consistir en un único equipo, o bien una instalación, o un conjunto de equipos para la dotación de un espacio único o finalidad concreta, pudiendo incluir, asimismo, las modificaciones, adiciones, accesorios o aparatos auxiliares que se requieran para que el equipamiento pueda cumplir el propósito para el que se adquiere.

2.– Cuando una infraestructura de investigación desarrolle actividades económicas y no económicas, la financiación, los costes y los ingresos de cada tipo de actividad se consignarán por separado, sobre la base de principios de contabilidad de costes aplicados con coherencia y justificables objetivamente.

3.– Cuando una infraestructura de investigación desarrolle actividades económicas:

  1. El precio que se cobre por el funcionamiento o la utilización de las infraestructuras deberá corresponder al precio de mercado.
  2. El acceso a las infraestructuras estará abierto a varias entidades usuarias y se concederá de forma transparente y no discriminatoria. Las empresas que hayan financiado al menos un 10 % de los costes de inversión de la infraestructura podrán beneficiarse de acceso preferente en condiciones más favorables. Con el fin de evitar una compensación excesiva, dicho acceso será proporcional a la contribución de la empresa a los costes de inversión y las condiciones se harán públicas.
  3. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 6 del Reglamento general de exención por categorías, para garantizar el efecto incentivador de las ayudas las actuaciones subvencionables deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud al programa de ayudas.

A quién va dirigido


Centros tecnológicos multifocalizados y a los centros de investigación cooperativa (CIC), de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Requisitos

  • Entidades Beneficiarias

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Consejero/a de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Transformación Digital

Información de contacto


SPRI

Amaia Martinez

amaiamartinez@spri.eus

94 403 70 79

Dirección de Tecnología e Innovación

Natividad Niño

n-nino@euskadi.eus

945 018 203

 

Sonia Larrabide

s-larrabide@euskadi.eus

945 018 26

Código

1110701

Solicitud y aportación de documentación


Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de su publicación en el BOPV hasta el día 24 de junio de 2021.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde día siguiente al de la presentación de la solicitud en la convocatoria anual

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios