Convocatoria, para el ejercicio 2020, de las ayudas económicas para la realización de acciones estratégicas formativas que se desarrollen por parte de las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
[HOBETUZ]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Establecer las bases para el año 2020 de las ayudas económicas para el desarrollo de acciones de formación (acciones estratégicas de formación) programadas por las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco dirigidas a la mejora de las competencias y cualificaciones de sus personas trabajadoras.
Dotación presupuestaria
3.200.000 eurosPrestación económica
3.200.000 euros, de los cuales 1.600.000 euros corresponden al crédito de pago de 2020 y 1.600.000 euros corresponden al crédito de compromiso de 2021del presupuesto de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Forma de pago:
La subvención se abonará en dos pagos, que se realizarán del siguiente modo:
- Un primer pago del 50% del total de la subvención al momento de la recepción por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de la certificación de inicio de la primera acción formativa, que deberá presentarse en el plazo de 5 días hábiles desde el inicio.
- Un segundo pago, por el resto de la subvención, a la presentación de la memoria justificativa ante Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y la aprobación de la liquidación final correspondiente.
3.200.000 euros, de los cuales 1.600.000 euros corresponden al crédito de pago de 2020 y 1.600.000 euros corresponden al crédito de compromiso de 2021del presupuesto de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
La subvención se abonará en dos pagos, que se realizarán del siguiente modo:
- Un primer pago del 50% del total de la subvención al momento de la recepción por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de la certificación de inicio de la primera acción formativa, que deberá presentarse en el plazo de 5 días hábiles desde el inicio.
- Un segundo pago, por el resto de la subvención, a la presentación de la memoria justificativa ante Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y la aprobación de la liquidación final correspondiente.
A quién va dirigido
Empresas y grupos de empresa en los términos contemplados en la presente convocatoria
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Información de contacto
Servicio de Atención a Entidades y Empresas
945 160 601 (Informazio orokorra / Información general)
Código
0136804Solicitud y aportación de documentación
1. Nombre y razón social del solicitante, CIF, número de inscripción en la Seguridad Social, Censo Nacional de Actividades Económica (CNAE) y Convenio Colectivo de sector y plantilla media de los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Esta documentación deberá presentarse debidamente firmada y sellada.
2. El compromiso de participación (anexo 2A, que estará disponible en la página web de Lanbide) de todas y cada una de las empresas que participen en un plan de grupo de empresas.
3. Persona de la empresa responsable del proyecto presentado.
4. En los casos que esta documentación no haya sido entregada en anteriores convocatorias o haya sufrido modificaciones con respecto a las presentadas con anterioridad:
a) Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa Titular del Plan.
b) Original, copia compulsada o copia para su compulsa, de la documentación acreditativa de la capacidad del representante.
5. En caso de disponer de él, Estudio o Análisis de detección de necesidades formativas en el que se enmarquen las acciones presentadas en el plan de formación susceptible de ser financiado.
6. Descripción de las acciones formativas a desarrollar debidamente priorizadas, entendiendo esta prioridad como preferencia en la ejecución, con indicación de su denominación, duración y número de participantes en cada una de ellas, con el desglose que se determine en los impresos normalizados que se adjuntan a la presente convocatoria. En todo caso, se deberá hacer constar:
a) Colectivos destinatarios por categorías o grupos profesionales, situación laboral y régimen de afiliación a la Seguridad Social.
b) Coste estimado de las acciones formativas.
c) Calendario previsto de ejecución y horas laborales que se ocuparán en las acciones formativas.
d) Entidades de formación, lugar, instalaciones y medios previstos para impartir las acciones formativas.
e) Criterios de selección de los y las participantes.
f) Persona de contacto y modo de efectuar el seguimiento de las acciones formativas programadas, así como los criterios y metodologías que servirán para la posterior evaluación de los programas de formación.
7. Declaración responsable del montante anual de la cuota de formación profesional ingresada por la empresa o empresas durante el ejercicio 2019 en relación con los centros de trabajo situados en la CAPV.
8. Declaración responsable de la entidad solicitante de no encontrarse incursa en procedimientos de reintegro, o en su caso de haber realizado las devoluciones exigidas, por subvenciones otorgadas en materia de formación por cualquier Administración Pública.
9. Declaración responsable en la que se acredite que la entidad no está sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
10. En caso de que fuera necesario, certificación acreditativa de haber realizado en formación la inversión que por ley o convenio colectivo corresponda, así como documentos justificativos. Esta documentación deberá presentarse debidamente firmada y sellada.
11. Relación de los centros de trabajo, especificándose respecto de cada uno de ellos las acciones en las que tiene previsto participar, la localidad de ubicación, el número total de personas trabajadoras y el de participantes efectivos, así como la existencia o no de representación sindical.
12. Acreditación, en su caso, de que la empresa se encuentra incursa en situación de concurso de acreedores o de regulación de empleo.
13. Dado que las ayudas contempladas en la convocatoria son complementarias a las previstas en el modelo estatal y con el fin de evitar la duplicidad en las subvenciones o bonificaciones y la sobrefinanciación de las acciones formativas objeto de la ayuda, el solicitante deberá presentar una declaración responsable manifestando que en ningún caso ha bonificado o bonificará las mismas acciones o participantes en el sistema de bonificaciones contemplado en el modelo estatal, así como la existencia y cuantía de otros ingresos adicionales o ayudas concedidas para la misma actividad, procedentes de otras Administraciones Públicas o de otros Entes Públicos o Privados. Cualquier variación que se produjera con posterioridad deberá ser comunicada a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo que tomará la decisión que resulte oportuna.
14. Documento de información y consulta a la representación legal de los trabajadores (anexo 3A, que estará disponible en la página web de Lanbide) debidamente sellado y firmado.
15. Acreditación documental de la vinculación de las empresas inmersas en procesos de internacionalización.
16. Declaración responsable de la empresa solicitante relativa a las ayudas de «minimis» recibidas en el ejercicio en curso y durante los dos anteriores, en los términos previstos en el artículo 20 de la presente convocatoria.
17. En el supuesto de contratación de servicios externos, propuesta de contratación justificando, en su caso, la solicitud de tres ofertas y la elección.
Esta documentación podrá presentarse en un momento posterior, antes del inicio de la acción formativa.
Para la solicitud, habrá que presentar presencialmente y firmados los documentos generados electrónicamente en la aplicación.
Oficinas Territoriales de Lanbide:
– Oficina Territorial de Álava, c/ Pasaje de las Antillas n.º 14, bajo; 01012 Vitoria-Gasteiz.
– Oficina Territorial de Bizkaia, c/ Ercilla, n.º 4, 1.ª planta; 48009 Bilbao.
– Oficina Territorial de Gipuzkoa, c/ San Marcial, n.º 12; 20005 Donostia-San Sebastián.
Asimismo, se podrá presentar conforme a cualquiera de los medios previstos en la norma reguladora del procedimiento administrativo común (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
Seis meses desde la fecha en que comience el plazo de presentación de solicitudes.
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Dictada resolución
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
Oficinas Territoriales de Lanbide:
– Oficina Territorial de Álava, c/ Pasaje de las Antillas n.º 14, bajo; 01012 Vitoria-Gasteiz.
– Oficina Territorial de Bizkaia, c/ Ercilla, n.º 4, 1.ª planta; 48009 Bilbao.
– Oficina Territorial de Gipuzkoa, c/ San Marcial, n.º 12; 20005 Donostia-San Sebastián.
Asimismo, se podrá presentar conforme a cualquiera de los medios previstos en la norma reguladora del procedimiento administrativo común (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso potestativo de reposición, rellene el formulario que encontrará a continuación y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Seleccionar este formulario, en el caso de cuentas bancarias en entidades adheridas a la pasarela de validación de datos bancarios.
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indica a continuación.
- Personas físicas: número del DNI o NIE.
- Personas jurídicas: número de identificación fiscal.
- Persona física: nombre y dos apellidos.
- Persona jurídica: razón social.
B: Datos bancarios.
El IBAN es una serie de caracteres alfanuméricos que identifican una cuenta bancaria a nivel internacional.
Está compuesto de 24 caracteres:
- Los 2 primeros caracteres alfabéticos, identifican el país.
- Los 2 caracteres siguientes, correponden a los dígitos de control del IBAN.
- Los 20 siguientes caracteres, corresponden al código cuenta cliente (CCC), que está compuesto de:
- 4 caracteres: código del banco.
- 4 caracteres: código de la agencia.
- 4 caracteres: dígito control de la cuenta.
- 10 caracteres: número de cuenta
El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello del tercero autorizando a la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas a la verificación de los datos identificativos y bancarios.
D: A rellenar por el Departamento u Organismo Autónomo.
-
Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indican a continuación.
- Personas físicas: número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o número de pasaporte si se trata de extranjeros.
- Personas jurídicas: código de identificación fiscal
- Personas físicas: nombre y dos apellidos.
- Personas jurídicas: nombre o razón social.
B: Datos bancarios.
- Código y denominación de la entidad bancaria.
- Código y denominación de la agencia.
- Dígito de control de la cuenta y el número de cuenta del titular en la entidad bancaria
- Nombre y dos apellidos en el caso de personas físicas y nombre o razón social en el caso de personas jurídicas.
- El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello de la entidad bancaria certificando los datos bancarios.
- La firma y sello de la entidad bancaria podrán ser sustituidos por documento del banco que acredite que el tercero interesado es el titular de la cuenta bancaria.
D: Firma y sello del tercero interesado, certificando la corrección de los datos que figuran en el documento.
E: A rellenar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
-
Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indican a continuación.
- Personas físicas: número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o número de pasaporte si se trata de extranjeros.
- Personas jurídicas: código de identificación fiscal
- Personas físicas: nombre y dos apellidos.
- Personas jurídicas: nombre o razón social.
B: Datos bancarios.
- Código y denominación de la entidad bancaria.
- Código y denominación de la agencia.
- Dígito de control de la cuenta y el número de cuenta del titular en la entidad bancaria
- Nombre y dos apellidos en el caso de personas físicas y nombre o razón social en el caso de personas jurídicas.
- El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello de la entidad bancaria certificando los datos bancarios.
- La firma y sello de la entidad bancaria podrán ser sustituidos por documento del banco que acredite que el tercero interesado es el titular de la cuenta bancaria.
D: Firma y sello del tercero interesado, certificando la corrección de los datos que figuran en el documento.
E: A rellenar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Oficinas Territoriales de Lanbide:
– Oficina Territorial de Álava, c/ Pasaje de las Antillas n.º 14, bajo; 01012 Vitoria-Gasteiz.
– Oficina Territorial de Bizkaia, c/ Ercilla, n.º 4, 1.ª planta; 48009 Bilbao.
– Oficina Territorial de Gipuzkoa, c/ San Marcial, n.º 12; 20005 Donostia-San Sebastián.
Asimismo, se podrá presentar conforme a cualquiera de los medios previstos en la norma reguladora del procedimiento administrativo común (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para darse de alta o modificar sus datos de tercero interesado utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación indicados.
Otros trámites
Oficinas Territoriales de Lanbide:
– Oficina Territorial de Álava, c/ Pasaje de las Antillas n.º 14, bajo; 01012 Vitoria-Gasteiz.
– Oficina Territorial de Bizkaia, c/ Ercilla, n.º 4, 1.ª planta; 48009 Bilbao.
– Oficina Territorial de Gipuzkoa, c/ San Marcial, n.º 12; 20005 Donostia-San Sebastián.
Asimismo, se podrá presentar conforme a cualquiera de los medios previstos en la norma reguladora del procedimiento administrativo común (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.