Programa Gauzatu Industria 2017

[Gauzatu Industria 2017]

Descripción


Objeto

Impulsar la creación y desarrollo de PYMES de Base Tecnológica y/o Innovadoras, como estrategia de competitividad a futuro, apoyando la inversión generadora de empleo.

Se trata de anticipos reembolsables a pymes, catalogadas como de Base Tecnológica y/o Innovadoras, por realización de inversiones en activos generadoras de empleo.

Dotación presupuestaria

28.000.000,00 €

Prestación económica

Modalidades de ayudas

  • EFECTO INCENTIVADOR: No podrá iniciarse antes de la fecha de presentación de la solicitud.
  • HORIZONTE TEMPORAL: Deberá realizarse desde la fecha de presentación de la solicitud, y durante los 24 meses siguientes, en función de sus características y de sus planes empresariales
  • INVERSIÓN ADMITIDA MÍNIMA Y EMPLEO: Realización de 120.000 euros de inversión admitida mínima y que conlleven a su vez mantenimiento y/o creación comprometida de empleo, en un período máximo de 24 meses.
  • EMPRESA o GRUPO DE EMPRESAS tanto las inversiones como la creación de empleo a considerar deberán realizarse por una sola entidad jurídica, y en el caso de grupos empresariales, con participación accionarial del 100%, que dispongan de varios centros productivos, únicamente, en el centro productivo o centros productivos que cumplan con los criterios de la presente norma y sean objeto de la inversión y creación de empleo. 

Tipo de ayuda

  • Anticipos reembolsables de hasta un 35% de la inversión susceptible de apoyo, con un máximo de 150.000 euros por empleo generado y un límite que en ningún caso podrá superar la cantidad de 1.500.000 euros. Cuando el objetivo de la realización de las inversiones sea, entre otros, el mantenimiento del empleo, el anticipo reintegrable a conceder no superará la cantidad de 100.000 euros.
  • Las PYMEs que desarrollen sus proyectos de inversión en los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco podrán optar a:
    • Anticipos reintegrables del 35% de la inversión susceptible de apoyo para pequeñas empresas consideradas de Base Tecnológica.
    • Anticipos reintegrables del 30% de la inversión susceptible de apoyo para medianas empresas consideradas de Base Tecnológica.
    • Anticipos reintegrables del 30% de la inversión susceptible de apoyo para pequeñas empresas consideradas, únicamente, Innovadoras.
    • Anticipos reintegrables del 25% de la inversión susceptible de apoyo para medianas empresas consideradas, únicamente, Innovadoras.

A quién va dirigido


Pequeñas y Medianas Empresas (PYMEs) y Grupos industriales

Requisitos

  • Empresas Beneficiarias y Excluidas

Organismos


Organismo que convoca

  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad > Viceconsejería de Promoción Industrial

Organismo que resuelve

  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Promoción Industrial > Dirección de Desarrollo y Administración Industrial

Información de contacto


 

GOBIERNO VASCO

Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad

Dirección de Desarrollo Industrial

c/ Donostia-San Sebastián, 1

01010 Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945 01 82 63 - 945 01 82 14

e-mail: d-industria@euskadi.eus; agus-garcia@euskadi.eus

 

SOCIEDAD PARA LA TRASFORMACIÓN COMPETITIVA, S.A. (SPRI)

Alameda de Urquijo, 36- Edif.. Plaza Bizkaia, 4ª planta

48011 – Bilbao

Tfno.: 944037040

E-mail: icuetara@spri.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

91205

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 9.00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 15:00 horas del día 14 de julio de 2017.

No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada en el registro correspondiente sea posterior a las 15:00 horas del último día de presentación de solicitudes.

Programa Gauzatu Industria, se efectuaran por medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las ayudas.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Estimatorios