Becas de excelencia académica para reconocer y premiar al alumnado universitario de alto rendimiento, para el curso 2017-2018

[BIKAINTASUN BEKA]

Descripción


Objeto

1.- El objeto de esta convocatoria es la concesión de 120 becas denominadas «becas de excelencia académica» dirigidas al alumnado de alto rendimiento académico, matriculado en universidades ubicadas en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma o del resto del Estado, para la realización de estudios de Grado.

2.- Estas becas tienen como finalidad potenciar la excelencia en el estudio y en las tareas de investigación del alumnado universitario, premiando su rendimiento académico.

Dotación presupuestaria

120.000

A quién va dirigido


  • Estudiantes de nivel universitario

    Requisitos:
    • La persona solicitante de beca de excelencia deberá ser beneficiaria de la beca general universitaria para el curso 2017-2018
    • Todas las personas solicitantes que ya están realizando estudios universitarios deberán haber obtenido en el curso 2016-2017 la siguiente nota media, en función de la rama de conocimiento científico de los estudios en los que estén matriculados:
    • Las personas solicitantes que acceden por primera vez a la universidad en el curso 2017-2018:
    • Los requisitos académicos señalados en este apartado deberán reunirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.
  • Requisitos generales

    • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
    • Las personas solicitantes estarán matriculadas en el año académico 2017-2018 del curso completo de un plan de estudios de enseñanzas conducentes a una titulación de Grado.

    Organismos


    Organismo que convoca

    • Educación > Consejero/a de Educación

    Organismo que resuelve

    • Educación / Viceconsejería de Universidades e Investigación > Dirección de Política y Coordinación Universitaria

    Solicitud y aportación de documentación


    Artículo 6.– Como presentar la solicitud.

    Dado que para ser persona becaria de excelencia, se debe ser persona becaria de la beca general de universidades, el procedimiento para realizar la solicitud de esta beca se realizará tal como se señala a continuación:

    1.– Completar la solicitud de beca general, tal como se detalla en el artículo 29 del anexo I de esta Orden, en la sede electrónica del Gobierno Vasco: https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2017/bikaintasun-beka/y22-izapide/es

    2.– Rellenar el formulario de solicitud de beca de excelencia que se le ofrecerá realizar al terminar de completar el formulario on-line de la solicitud de beca general. En caso de realizar más de una solicitud de beca general, basta con completar, imprimir y entregar una única solicitud de beca de excelencia.

    3.– Imprimir el formulario de solicitud.

    4.– Firmar y entregar la solicitud impresa y firmada junto con el resto de los documentos tal como se señala en los párrafos siguientes.

    La solicitud impresa, fechada y firmada, junto con la documentación requerida, se dirigirá a la Dirección de Política y Coordinación Universitaria del Gobierno Vasco, c/ Donostia-San Sebastián, 1; 01010 Vitoria-Gasteiz, y podrá presentarse en las Oficinas de Atención al Ciudadano Zuzenean de Bizkaia (Gran Vía, 85, 48011 Bilbao), Gipuzkoa (Andia, 13, 20003 San Sebastián) y Álava (Ramiro Maeztu, 10 bajo, 01008 Vitoria-Gasteiz).

    También podrá presentarse en cualquiera de los registros especificados en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, así como en las dependencias a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en cualquier Ayuntamiento que tenga suscrito convenio de colaboración para la presentación de escritos dirigidos a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

    Resolución y recursos


    Plazo de resolución

    En el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de resolución de la convocatoria regulada en el anexo I de la presente Orden, Becas para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores en el año académico 2017-2018, la Directora de Política y Coordinación Universitaria dictará la resolución.

    Tipo de concesión de la ayuda

    Concursal

    Efectos del silencio

    Desestimatorios

    Otros trámites