Subproductos y fin de condición de residuo

Descripción


La declaración debe ser presentada por la persona o empresa que produce la sustancia u objeto en cuestión. Esto incluye principalmente:

  • Empresas y fabricantes: Cualquier industria que, en su proceso de producción, genere una sustancia u objeto que podría ser considerado un residuo, pero que tiene la intención de valorizar o vender como producto. Ejemplo: Una fábrica de muebles que genera serrín y virutas de madera. En lugar de gestionarlo como residuo, quiere venderlo a una planta de fabricación de tableros aglomerados. La fábrica de muebles debe solicitar la declaración.
  • Empresas de tratamiento de residuos: Instalaciones que reciben residuos y, tras someterlos a un proceso de tratamiento, obtienen un material que cumple con los criterios para dejar de ser residuo. Ejemplo: Una planta de tratamiento de residuos de construcción y demolición (RCDs) que tritura y clasifica escombros para obtener áridos reciclados. La planta de tratamiento es quien debe solicitar la declaración para poder vender esos áridos como material de construcción.
  • Productores agrícolas o ganaderos: En el caso de subproductos animales o vegetales. Ejemplo: Un matadero que genera huesos y grasas que no se destinan al consumo humano, pero que pueden usarse para producir piensos, gelatina o biodiesel. El matadero debe gestionar la declaración correspondiente.
  • Generadores de residuos mineros: Empresas del sector minero que generan estériles o otros materiales que pueden tener un uso posterior en obras de restauración o construcción.

[MPS-SUB] Subproducto

Una sustancia u objeto que surge de un proceso de producción, aunque no sea su objetivo principal, puede considerarse subproducto (y no residuo) si cumple estas condiciones:

  • Se tiene garantía de que se va a usar más adelante.
  • Se puede usar directamente, sin más tratamiento que el habitual en la industria.
  • Se genera como parte del proceso de producción.
  • Su uso cumple con los requisitos legales y ambientales, y no causa daños a la salud ni al medio ambiente.

Las comunidades autónomas evalúan y autorizan los subproductos si se generan en instalaciones de su territorio.

Si el subproducto se va a usar en otra comunidad autónoma, se necesita su informe favorable (se considera aprobado si no hay respuesta negativa en un mes).

La autorización solo es válida para el uso concreto aprobado en una actividad o proceso industrial específico.


[MPS-FCR] Fin de la condición de residuo

    Algunos residuos valorizados (por ejemplo, reciclados) pueden dejar de considerarse residuos si cumplen estas condiciones:

    • Se van a usar para una finalidad concreta.
    • Existe un mercado o demanda para ellos.
    • Cumplen los requisitos técnicos y legales aplicables a productos.
    • Su uso no causa daños al medio ambiente ni a la salud.

    Autorización por la comunidad autónoma

    • Si no hay criterios específicos a nivel nacional o europeo, la comunidad autónoma puede autorizar que un residuo valorizado deje de ser residuo.
    • Esta autorización se basa en la documentación presentada por el gestor.
    • Solo será válida para el uso concreto autorizado en una actividad o proceso industrial.
    • Si el uso se realiza en otra comunidad autónoma, se necesita su informe favorable (se considera aprobado si no hay respuesta negativa en un mes).

    [MPS-CA] Subproducto/fin de la condición de residuo de otra comunidad autónoma

    Las comunidades autónomas pueden autorizar que ciertos materiales se consideren subproductos o que dejen de ser residuos, siempre que se vayan a usar en instalaciones de su propio territorio.

    Si el material se va a usar en otra comunidad autónoma, se necesita su informe favorable.

    Mediante este procedimiento se puede solicitar el posicionamiento de esta comunidad autónoma sobre el uso de subproductos o residuos valorizados (declarados como fin de condición de residuo) en instalaciones concretas del País Vasco.

    Normativa aplicable



    [MPS-SUB] Subproducto


    [MPS-FCR] Fin de la condición de residuo

    Normativa estatal Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular Normativa estatal Orden APM/206/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el fuel recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo c para su uso como combustible en buques deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados Normativa estatal Orden APM/205/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el aceite usado procesado procedente del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados Normativa estatal Orden TED/426/2020, de 8 de mayo, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el papel y cartón recuperado destinado a la fabricación de papel y cartón deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados Normativa estatal Orden TED/1522/2021, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el caucho granulado y el polvo de caucho, obtenidos del tratamiento de neumáticos fuera de uso y destinados a ciertas aplicaciones, dejan de ser residuos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, y por la que se modifican las Órdenes TED/426/2020, de 8 de mayo, APM/205/2018, de 22 de febrero, y la APM/206/2018, de 22 de febrero, por las que, respectivamente, se establecen los criterios para determinar cuándo el papel y cartón recuperado destinado a la fabricación de papel y cartón, el aceite usado procesado procedente del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible y el fuel recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo C para su uso como combustible en buques, dejan de ser residuos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados Normativa estatal Orden TED/646/2023, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular Normativa reguladora Reglamento (UE) n ° 333/2011 del Consejo, de 31 de marzo de 2011 , por el que se establecen criterios para determinar cuándo determinados tipos de chatarra dejan de ser residuos con arreglo a la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo Normativa reguladora Reglamento (UE) n ° 1179/2012 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2012 , por el que se establecen criterios para determinar cuándo el vidrio recuperado deja de ser residuo con arreglo a la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo Normativa reguladora Reglamento (UE) n o 715/2013 de la Comisión, de 25 de julio de 2013 , por el que se establecen criterios para determinar cuándo la chatarra de cobre deja de ser residuo con arreglo a la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo

    Organismos


    Organismo que gestiona

    • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Medio Ambiente > Dirección de Administración Ambiental

    Organismo que resuelve

    • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Medio Ambiente > Dirección de Administración Ambiental

    Información de contacto


    Datos de contacto

    Código(s)

    • [MPS-SUB] Subproducto: 1253302
    • [MPS-FCR] Fin de la condición de residuo: 1253303
    • [MPS-CA] Subproducto/fin de la condición de residuo de otra comunidad autónoma: 1253304

    Solicitud y aportación de documentación.


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