Homologación / inscripción

Descripción


Todos los materiales, sistemas, máquinas, terminales, material software, instrumentos o materiales necesarios para el desarrollo de las actividades reguladas en el Reglamento 120/2016, deberán estar homologadas e inscritas en el Registro Central de Juego; siendo el mismo requisito necesario para su fabricación, explotación, comercialización e instalación en locales.

A quién va dirigido


Empresas fabricantes, importadoras o comercializadoras.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de Juego y Espectáculos

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de Juego y Espectáculos

Información de contacto


Datos de contacto

Dirección de Juegos y Espectáculos

Departamento de Seguridad - Gobierno Vasco

Calle Donostia - San Sebastián, 1

010101 Vitoria-Gasteiz.

Tfno. 945 018879

Email: juegoyespectaculos@euskadi.eus

Código(s)

  • Homologación / inscripción: 0009508

Solicitud y aportación de documentación


Máquinas de tipo «AR» o recreativas de redención

Aquellas máquinas que dependiendo de la habilidad de la persona usuaria ofrecen la posibilidad de obtener, además de un tiempo de uso o de juego, tique, fichas o elementos similares que podrán ser acumulables y canjeables por bienes de un valor preestablecido y conocido por la persona usuaria, cuyo coste dinerario no supere el precio de las partidas mínimas necesarias para su obtención.

Los modelos de máquinas de tipo «AR», con la documentación deberán adjuntar el correspondiente soporte digital, …, en el que se contenga todo el programa de los juegos y sus distintas funcionalidades, con el fin de que la Autoridad Reguladora del Juego proceda a la comprobación de que el modelo que se pretende inscribir no incurre en las prohibiciones recogidas en el artículo 57 de este Reglamento y, al mismo tiempo cumple con todos los requisitos y condiciones técnicas exigidas para este tipo de máquinas en el presente Reglamento.

Máquinas de tipo «B» o recreativas con premio

Aquellas máquinas que, a cambio de un precio, conceden al usuario un tiempo de uso y, eventualmente, un premio en metálico, e incluyen los siguientes subtipos: BH, BHZ, BHM, BH+, BS, BSC, BSM, BS+, BS+C, BS+M, BG, BGC y BGM).

Máquinas de tipo «C» o de azar

Aquellas máquinas que, a cambio de un precio, conceden a la persona usuaria un tiempo de uso y, eventualmente, un premio en metálico que dependerá siempre del azar).

Máquinas de tipo «P» o auxiliares de apuestas

Máquinas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el Reglamento 120/2016, permiten a la persona usuaria realizar apuestas, o bien validar o registrar las mismas, sobre resultados de un acontecimiento deportivo o de otra naturaleza de acuerdo con lo que se disponga en la normativa específica.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses.

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites