Autorización de creación de sección en oficinas de farmacia

Descripción


Cuando en una Oficina de Farmacia pretenda instalarse una Sección de Análisis Clínicos, de Ortopedia, de Óptica o de Nutrición Humana y Dietética, deberá previamente solicitarse la autorización de creación de la Sección. En este procedimiento se tramitan conjuntamente la autorización de creación de la Sección y la autorización de obras.

La autorización de creación de Sección se concederá siempre condicionada a la posterior obtención de la autorización de funcionamiento de la Oficina de Farmacia con Sección, para lo cual habrá de formularse la oportuna solicitud.


Autorización de funcionamiento de Oficina de Farmacia con Sección

1.– La autorización de creación de Sección se concederá siempre condicionada a la posterior obtención de la autorización de funcionamiento de la Oficina de Farmacia con Sección, para lo cual habrá de formularse la oportuna solicitud.

2.– La autorización de funcionamiento de la Oficina de Farmacia con Sección se concederá tras comprobar, mediante visita de inspección, que se han cumplido las condiciones y requisitos que sirvieron de base para la autorización de creación de Sección.

A quién va dirigido


Titulares o cotitulares de oficinas de farmacia o, en su caso, representantes legales o herederos.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Salud / Viceconsejería de Administración y Financiación Sanitarias > Dirección de Farmacia

Organismo que resuelve

  • Salud / Viceconsejería de Administración y Financiación Sanitarias > Dirección de Farmacia

Información de contacto


Datos de contacto

Gobierno Vasco. Eusko Jaurlaritza

Dirección de Farmacia. Servicio de Ordenación Farmacéutica

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

Procedimiento de autorización de creación de Sección en Oficinas de Farmacia en funcionamiento


1.– Cuando la persona titular de una Oficina de Farmacia pretenda la instalación de una o más Secciones en la misma, deberá presentar la correspondiente solicitud de autorización de creación de Sección.

2.– Asimismo deberá presentar la solicitud de autorización de obras, según lo establecido por el Decreto 459/1994, de 29 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para la autorización de obras en las Oficinas de Farmacia.

3.– Ambas solicitudes se tramitarán en un único procedimiento, según lo que se establece en los preceptos siguientes.

4.– La Resolución que se dicte resolverá sobre la creación de la Sección y la realización de las obras solicitadas.

5.– La Resolución que se dicte con ocasión de la creación de la Sección, podrá disponer, así mismo, de oficio o a instancia de la persona interesada, el cierre de la Oficina de Farmacia por el tiempo de duración de las obras, en función de las características de las mismas y de su incidencia en la atención farmacéutica, de acuerdo con el Decreto 459/1994, de 29 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para la autorización de obras, en las Oficinas de Farmacia.

6.– En los municipios con Oficina de Farmacia única, se podrá autorizar su traslado provisional cuando la realización de las obras conlleve el cierre temporal de la misma.

La autorización de creación de Sección quedará sin efecto cuando transcurran 6 meses desde su notificación sin que la persona interesada haya solicitado la correspondiente autorización de funcionamiento. En tal caso, se acordará el archivo de las actuaciones, lo que será notificado a la persona interesada.

Si las solicitudes no reúnen todos los requisitos exigidos, se requerirá a las personas interesadas para que, en el plazo de 10 días hábiles, subsanen la falta, advirtiéndoles que, de no hacerlo, se les tendrá por desistidas en sus pretensiones, archivándose las mismas previa resolución dictada al efecto.

Se entenderán concedidas las autorizaciones de creación de Sección y de funcionamiento, en los términos del artículo 43.2 de la Ley 30/1992, modificado por la Ley 4/1999, si transcurre el plazo de tres meses desde la presentación de las solicitudes, sin que se haya notificado resolución expresa.

Resolución y recursos


Otros trámites