Comunicación para salida de menores al extranjero

Descripción


Los desplazamientos al extranjero realizados por las personas menores de edad, cuando viajan solas o acompañadas de alguna persona adulta que no ejerza la patria potestad, deben estar avalados por la autorización de todas aquellas personas que ejerzan legítimamente la patria potestad.
Por medio de esta autorización se acredita ante los agentes fronterizos, que las personas menores no abandonan el territorio nacional contra su voluntad o la de sus padres, madres o tutores legales.
El documento de comunicación de autorización para salida de menor al extranjero tendrá una validez de 90 días desde su expedición.

A quién va dirigido


A todas aquellas personas que ejerzan la patria potestad o representación legal de una persona menor de nacionalidad española, que autoricen a viajar a dicha persona menor al extranjero sola o acompañada de alguna persona adulta que no ejerza dicha potestad.

Este procedimiento solo es aplicable en el caso de que las personas menores que viajen al extranjero sean de nacionalidad española. En el caso de las personas menores extranjeras, aunque residan en España, se deberá atender a la normativa de su país de origen, pudiendo informarse sus representantes legales a través del Consulado correspondiente.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de la Ertzaintza

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de la Ertzaintza

Información de contacto


Datos de contacto

Comisarías de la Ertzaintza.

Código(s)

  • Autorización de salida de menores al extranjero: 1074801

Presentar la solicitud


Con el fin de poder tramitar la comunicación de autorización de salida de la persona menor al extranjero, el formulario podrá ser tramitado de dos formas:

  • De forma telemática a través de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco. 

    La tramitación telemática estará no disponible temporalmente por necesidades de actualización del formato disponible. Se está trabajando en solucionar este problema.

  • De forma presencial, presentando el formulario de autorización en una comisaría de la Ertzaintza mediante cita previa.

En cualquier caso, el trámite deberá ser realizado por todas las personas que ejercen la patria potestad (solo una en el caso de familias monoparentales).

La tramitación presencial se puede realizar con una antelación máxima de 90 días antes del inicio del viaje.

La comunicación ha de ser realizada en presencia de cada una de las personas que ejerzan la patria potestad, para lo que deberán personarse en una comisaría de la Ertzaintza con cita previa.

Para la tramitación deberá cumplimentar un formulario en el que deje constancia del otorgamiento de la autorización. El citado formulario se podrá conseguir de las siguientes formas:

      • Abrir el formulario en esta página, en cuyo caso podrá:
        • Cumplimentarlo digitalmente e imprimirlo.
        • Imprimirlo en vacío y cumplimentarlo a mano.
      • Acudir a una comisaría donde le facilitarán el formulario y lo podrá cumplimentar a mano.

Dicho formulario no tendrá por sí mismo ningún tipo de validez como documento de viaje, y solo servirá como medio para verificar por parte de la Ertzaintza el consentimiento otorgado.
Una vez que el formulario haya sido cumplimentado, firmado y entregado en una Comisaría de la Ertzaintza junto con la documentación exigida, tras ser comprobados e informatizados los datos y la documentación, se le entregará el documento que deberá portar la persona menor para realizar el viaje. La entrega podrá ser:

  • En mano.
  • Enviando el documento a su carpeta electrónica.

Cita previa en comisarías de la Ertzaintza

Cita previa

La comunicación ha de ser realizada en presencia de cada una de las personas que ejercen la patria potestad (solo una en el caso de las familias monoparentales). Para ello deberán personarse en una comisaría de la Ertzaintza.