Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Acreditación de entidades en investigación y recuperación de suelos

Descripción


La acreditación será requisito imprescindible para que las entidades públicas o privadas que lo soliciten ante el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma, puedan realizar las siguientes actuaciones:

a) Diseño y ejecución de las investigaciones exploratoria y/o detallada de la calidad del suelo, incluyendo, en su caso, la realización de análisis químicos in situ.

b) Diseño de medidas de recuperación de la calidad del suelo.

c) Supervisión de la ejecución de medidas de recuperación de la calidad del suelo.

d) Ejecución de medidas de recuperación de la calidad del suelo, mediante técnicas de tratamiento "in situ", "on site" u "off site", exceptuando aquéllas realizadas en plantas fijas o consistentes en la excavación y deposición controlada.

e) Diseño y ejecución de las investigaciones de la calidad del suelo remanente tras la adopción de medidas de recuperación.

f) Diseño y ejecución de medidas de control y seguimiento de la calidad del suelo.

g) Diseño y supervisión de la ejecución de medidas preventivas y/o de defensa cuando éstas formen parte del contenido de una Declaración de Calidad del Suelo.


EA-PRG Solicitud de prórroga de la acreditación

La acreditación se otorga por un período de cinco años y puede ser objeto de dos prórrogas sucesivas de igual duración mediante resolución expresa dictada al efecto y previa solicitud de la entidad interesada, con al menos un mes de antelación, que se acompañará de la documentación que identifique aquellos aspectos de la entidad que se hayan modificado desde que se otorgó la acreditación.

A fin de asegurar la efectividad de la póliza de seguros que deberá suscribirse por la entidad para cubrir las responsabilidades derivadas de su actuación, la resolución por la que se proceda a la prórroga de la acreditación actualizará la cobertura de dicha póliza de acuerdo con la variación del índice general de precios, tomando como índice base el vigente en la fecha de la suscripción del seguro.

Normativa aplicable


Normativa autonómica BOPV Nº 05516/2006

Organismos


Organismo que gestiona

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental > Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental

Información de contacto


Datos de contacto

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • EA-SOL Solicitar la acreditación: 0117001
  • EA-MOD Solicitud de modificación/ ampliación de la acreditación: 0117002
  • EAMA Remisión Informe Anual de Actividad de ECA suelos: 0117004

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

 

Resolución y recursos


Plazo de resolución

3 meses

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites


Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

3 meses

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites


Comunicación a la Administración


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Otros trámites