Accidente laboral
Un accidente laboral es toda lesión corporal que el trabajador/a sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. (art 115 LGSS)
Por lo tanto, para que un accidente tenga esta consideración es necesario:
- Que la persona trabajadora sufra una lesión corporal. Entendiendo por lesión todo daño o detrimento corporal causado por una herida, golpe o enfermedad. Se asimilan a la lesión corporal las secuelas o enfermedades psíquicas o psicológicas.
- Que ejecute una labor por cuenta ajena.
- Que el accidente sea con ocasión o por consecuencia del trabajo, es decir, que exista una relación de causalidad directa entre trabajo - lesión. La lesión no constituye, por sí sola, accidente de trabajo.
En el caso de los accidentes laborales como en las emergencias lo fundamental es que las personas accidentadas o víctimas puedan tener una atención médica prioritaria o urgente en función de la gravedad de las lesiones o de las características de la emergencia.
Como norma general en los accidentes y emergencias se deben llevar a cabo actuaciones que permitan:
Proteger a la persona accidentada, a las personas que presten auxilio y a los demás implicados en la atención.
Avisar a los servicios de asistencia sanitaria.
En el caso de accidente grave contactar con el teléfono europeo de emergencias 112
Socorrer la atención médica prioritaria o urgente se decidirá en función de la gravedad de las lesiones o de las características de la emergencia.
Accidente Leve:
Atención sanitaria en Mutualia o Centros asistenciales adscritos a Muface.
En el caso de accidentes leves, acudir al centro asistencial más cercano (recordar llevar DNI)
Mutualia: Centros asistenciales Mutualia .
Mutualia: Solicitud de traslados
Mas información en la web de Mutualia
Muface: Centros Asistenciales Muface
Accidente Grave:
En el caso de accidente grave o muy grave: llamar al 112 para solicitar urgentemente una ambulancia y recibir asistencia sanitaria del servicio público de salud.
La persona accidentada deberá informar del accidente ocurrido a la Dirección del Centro, para que se realicen los siguientes tramites:
- Notificar a la Delegación Territorial, para cumplimentar el parte de asistencia sanitaria en mutua o centro asistencial de la seguridad social.
- Notificar al Servicio de Prevención.
Se notificará cualquier accidente de trabajo, tanto del personal trabajador del Departamento de Educación como de cualquier otro trabajador o trabajadora que se encuentre en el centro.
