[LanHitz 2013]  Euskera en sector privado

Educación, Política Lingüística y Cultura

RESUMEN
Objeto

Fomento del uso y la presencia del euskera en los centros de trabajo de entidades del sector privado ubicadas en la CAV.

Entidades o personas solicitantes
  • Personas físicas información detallada
    Requisitos:
    • Identidad de la persona física
    • Acreditación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Acreditación de alta en el régimen de autónomos o mutualidad profesional correspondiente
  • Personas Jurídicas Privadas información detallada
    Requisitos:
    • Estar legalmente constituida
    • No ser una entidad que se dedique a la euskaldunización o asesoría en planes de euskera

      No ser una entidad que se dedique a la euskaldunización o que principalmente realice funciones de asesoría en planes de euskera.

    • No ser entidad de capital social mayoritariamente público

      No ser una entidad en cuyo capital social la participación de una o varias administraciones públicas sea superior al 50 %.

      En caso de duda, la entidad solicitante será requerida para que lo aclare a la mayor brevedad.

    • Tener suficiente poder de representación

      En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.

    • Estar inscrito en el Epígrafe de actividades económicas
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

      Únicamente será necesaria la aportación de documentación acreditativa del cumplimiento de este requisito, cuando la persona jurídica solicitante tribute fuera de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Requisitos del procedimiento
  • El plan, aprobado por el órgano de máximo poder ejecutivo información detallada

    El órgano de máximo poder ejecutivo deberá aceptar el plan de gestión anual, mediante la cumplimentación del apartado correspondiente en el formulario Otros datos relativos al proyecto y a la entidad. La persona representante de la entidad será quien firme dicho documento donde se expresará cómo el órgano de máximo poder ejecutivo ha examinado y aceptado dicho plan.

  • Debe mencionarse el patrocinio de la VPL en el material utilizado en apariciones públicas información detallada

    Las personas o entidades beneficiarias de subvención deberán incluir la mención del patrocinio de la Viceconsejería de Política Lingüística del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco, mediante el logotipo normalizado, en todos los carteles anunciadores, fotografías y demás materiales gráficos, sonoros y electrónicos para su uso en apariciones públicas realizadas como consecuencia del programa, proyecto o actividad subvencionada. Todos los materiales mencionados en este artículo deberán estar al menos en euskera.

  • La aplicación informática Planhitz debidamente cumplimentada información detallada

    Debe presentarse obligatoriamente el plan de gestión anual al solicitar la subvención. Si con anterioridad no se ha recibido subvención ni para el diseño del plan ni para el plan de gestión, podrá, asimismo, solicitar subvención también para el diseño del primer plan de euskera.

    Las actividades previstas dentro del plan de gestión deberán desarrollarse del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre del mismo año.

    Las personas o entidades solicitantes presentarán el plan de gestión a través de la aplicación informática Planhitz. Todos los planes deberán plantear el desarrollo de al menos dos de los ejes del EME, definiendo adecuadamente el apartado acciones dentro del plan anual. Asimismo, deberán contar con un/a coordinador de euskera y/o comisión de euskera.  

    Los planes deberán detallar la situación lingüística de cada uno de los ítems de tercer nivel del Marco de Referencia Estándar (EME) y deberán, asimismo, establecer los objetivos a corto y medio plazo del plan de gestión.

  • El nivel de autofinanciación del proyecto será al menos del 40 % información detallada

    En el apartado relativo al presupuesto dentro del formulario Otros datos relativos al proyecto y a la entidad debe indicarse cuál es el nivel de autofinanciación.

  • Tener algún centro de trabajo en la CAV información detallada

    El plan de gestión anual debe materializarse en algún centro de trabajo situado en la CAV, cuyos datos se indicarán en la aplicación Planhitz.

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación. información detallada

    No es necesario aportar documentación para la acreditación de este requisito.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres. información detallada

    No es necesario aportar documentación para la acreditación de este requisito.

  • Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99), Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00), Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00) información detallada

    No es necesario aportar documentación para la acreditación de este requisito. Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado). información detallada

    Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.

    Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario ¿Otras fuentes de financiación¿ junto con la solicitud.

Dotación presupuestaria
1.944.800
Prestación económica

Para determinar la cuantía de la subvención, se tendrá en cuenta el presupuesto de la actividad. Si así conviene, se realizará la depuración de los excedentes no computables en relación a los criterios establecidos en el artículo 18.9, estableciéndose de este modo el presupuesto depurado. La ayuda concedida en ningún caso podrá superar el 60 % de lo establecido en el presupuesto depurado. Asimismo, no se adjudicará una subvención superior a la solicitada, y se aplicarán los límites establecidos en el artículo 18 a la puntuación obtenida.

Límites para el diseño del primer plan de euskera
Puntos conseguidosLímite de la subvención
40-60 5.000 €
61-75 8.000 €
76-100 10.000 €
Límites para el plan de gestión anual
Puntos conseguidosLímite de la subvención
40-60 15.000 €
61-70 20.000 €
71-80 25.000 €
81-100 35.000 €

En caso de que las actividades objeto de subvención, una vez valoradas, no alcancen los 40 (cuarenta) puntos o si, una vez que la Comisión de Valoración elabora la propuesta de resolución, a alguna de las personas o entidades participantes le corresponde una ayuda inferior a dos mil (2.000) euros, la Viceconsejería de Política Lingüística desestimará la solicitud.

Cada persona o entidad recibirá una ayuda máxima de 35.000 euros presentándose a una (plan de gestión anual) o a las dos modalidades (diseño del primer plan de euskera y plan de gestión anual).

Aquellas personas o entidades que en 2012 hayan llevado a cabo el proceso de evaluación establecido por la Orden que crea el Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística-Bikain y hayan conseguido dicho certificado, obtendrán una cantidad adicional dependiendo del nivel acreditado, siempre y cuando cumplan los requisitos de la presente convocatoria y obtengan la puntuación mínima requerida para conseguir la subvención:

Cantidades adicionales por Bikain
Nivel de certificaciónCantidad adicional
Nivel básico 1.000 €
Nivel medio 3.000 €
Nivel superior 5.000 €

No obstante, si los importes resultantes superan la dotación económica de la convocatoria, las cuantías a percibir se prorratearán en igual proporción, a fin de ajustar estas a las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria.

Forma de pago:

El pago de las subvenciones concedidas se realizará en dos plazos:

a) En el primer pago se abonará el sesenta y cinco por ciento (65 %) de la subvención total, en el plazo de dos (2) meses a partir del día en que se dé por aceptada la subvención.

b) En el segundo pago, si así procede, se abonará el treinta y cinco por ciento (35 %) restante en el plazo de un mes a partir del día que se reciba y se apruebe la documentación completa para la justificación de la subvención.

SOLICITUD Y OTROS TRÁMITES
Trámites específicos de la ayuda
Debe realizar estos trámites cuando la Administración así se lo solicita.
  • Alta / modificación de datos de Tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

    Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

    Documentación que debe presentar
  • Aceptación de la ayuda

    Si, en el plazo de diez (10) días hábiles a partir del siguiente a la recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la subvención a las personas o entidades beneficiarias, estas no renuncian expresamente por escrito a la misma, se entenderá que la subvención queda aceptada.

    En esta convocatoria no es obligatoria la aceptación expresa de la subvención. En caso de querer renunciar a la subvención, debe utilizarse el formulario correspondiente a renuncia que encontrará en el trámite del mismo nombre.

    Documentación que debe presentar
  • Justificación

    Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

     

    Documentación que debe presentar
Otros trámites
Estos trámites no son necesarios. Puede realizarlos por iniciativa propia o cuando la Administración le comunica que tiene esa opción.
RESOLUCIÓN Y RECURSOS
Organismo que convoca
  • Educación, Política Lingüística y Cultura / Viceconsejería de Política Lingüística > Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación
Organismo que resuelve
  • Educación, Política Lingüística y Cultura > Viceconsejería de Política Lingüística
Plazo de resolución
La Resolución será notificada a las personas y entidades interesadas en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Datos sobre la resolución
BOPV Nº 04229/2013 (PDF) [12/09/2013] BOPV Nº 03778/2013 (PDF) [24/07/2013]
Recursos
  • Recurso de Alzada

    El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él.

    ¿Contra qué actos se interpone?

    • Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
    • Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.

    ¿Ante qué órgano se interpone?

    • El mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.

    ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?

    • 1 mes si el acto recurrido es expreso .
    • 3 meses si el acto recurrido es presunto).

    ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?

    • 3 meses.

    Si en ese plazo no se le notifica la resolución:

    • El recurso se entenderá estimado si el acto recurrido es presunto.
    • El recurso se entenderá desestimado si el acto recurrido es expreso.

    ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

    • Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
    • Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VI. de la revisión de los actos en vía administrativa)

    Documentación que debe presentar
Datos de contacto

Para contactar con la Dirección de Investigación y Coordinación Lingüística:

Dirección de correo electrónico: lanhitz@ej-gv.es

Por teléfono: Natxo Mosteiro (945 018115), Itziar Gallastegi (945 018115) y Edurne Pérez de San Román (945 018105).