
N.º 208, viernes 30 de octubre de 2026
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
4584
RESOLUCIÓN 1686/2026, de 1 de octubre, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de microbiólogo/a-parasitólogo/a (puesto funcional de facultativo/a especialista médico/a-técnico/a microbiología y parasitología) del grupo profesional de facultativos/as médicos/as y técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 120/2026, de 28 de enero, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud convocados en los años 2023-2024-2025. Dicha resolución es modificada por Resolución 443/2026, de 27 de febrero, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha 12 de marzo de 2026.
Para la materialización de cada proceso selectivo es necesaria la publicación de las bases específicas que han de regir la convocatoria de destinos de cada categoría.
Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y demás disposiciones de vigente aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Convocar el proceso selectivo que es objeto de las presentes bases.
Segundo.– Aprobar las bases específicas, que figuran como Anexo I, que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de microbiólogo/a-parasitólogo/a (puesto funcional de facultativo/a especialista médico/a-técnico/a microbiología y parasitología) del grupo profesional de facultativos/as médicos/as y técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Tercero.– Aprobar la relación de destinos ofertados mediante el Anexo II que acompaña a la presente Resolución.
Cuarto.– Aprobar el baremo de méritos que figura como Anexo III de la presente Resolución.
Quinto.– Aprobar el temario correspondiente que figura como Anexo IV de la presente Resolución.
Sexto.– Establecer como plazo para presentar la solicitud de participación en la presente convocatoria desde el día 2 de noviembre hasta las 14:00 horas del día 27 de noviembre de 2026, de acuerdo con lo previsto en la base 10.3 de la Resolución 120/2026, de 28 de enero, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases generales.
Séptimo.– De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Vitoria-Gasteiz, a 1 de octubre de 2026.
La directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
MIREN LOREA BILBAO ARTECHE.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE MICROBIÓLOGO/A-PARASITÓLOGO/A (PUESTO FUNCIONAL DE FACULTATIVO/A ESPECIALISTA MÉDICO/A-TÉCNICO/A MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA) DEL GRUPO PROFESIONAL DE FACULTATIVOS/AS MÉDICOS/AS Y TÉCNICOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1.– Destinos objeto de convocatoria.
1.1.– Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de microbiólogo/a-parasitólogo/a (puesto funcional de facultativo/a especialista médico/a-técnico/a microbiología y parasitología) del grupo profesional de facultativos/as médicos/as y técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el Anexo II.
1.2.– De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 7 %, de conformidad con la distribución establecida en la base 5 de las bases generales, recogidos en el Anexo II.
2.– Requisitos de las personas aspirantes.
Para participar en el proceso que aquí se regula, las personas aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:
a) Estar en posesión, conforme a lo dispuesto en el apartado 8.2.c) de las bases generales, de la titulación de licenciado/a en medicina, farmacia, biología, química, bioquímica o titulación equivalente y de la especialidad de microbiología y parasitología, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte establecidos por lo dispuesto en la normativa vigente.
c) Haber satisfecho los siguientes derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme al grupo de titulación al que pertenezcan los destinos ofertados:
Grupo A1: 25 euros.
3.– Desarrollo del concurso oposición.
3.1.– Alegación de requisitos y de méritos. Presentación de documentación.
Tras la publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas prevista en el apartado 12.2 de las bases generales, las personas que figuren en la relación definitiva de personas admitidas y aquellas que, figurando como excluidas, hayan interpuesto o vayan a interponer recurso de alzada dentro del plazo previsto para ello, deberán alegar y adjuntar, en la forma y plazo establecidos en el apartado 12.3 de las bases generales, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos para participar en la convocatoria, así como de los méritos valorables.
La titulación exigida para el acceso a la categoría de microbiólogo/a-parasitólogo/a (puesto funcional de facultativo/a especialista médico/a-técnico/a microbiología y parasitología) es la titulación de licenciado/a en medicina, farmacia, biología, química, bioquímica o titulación equivalente y de la especialidad de microbiología y parasitología, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
3.2.– Fase de oposición.
Al tribunal calificador le corresponde la determinación del contenido de la prueba y su calificación, adoptando cuantas medidas estime necesarias para el correcto desarrollo del proceso selectivo garantizando la transparencia y objetividad del mismo.
El tribunal podrá solicitar a Osakidetza-Servicio vasco de salud la participación de personas asesoras que colaboren con sus miembros en el desarrollo del proceso selectivo en sus diferentes fases. Dichas personas deberán reunir el requisito de titulación exigido a las personas integrantes del tribunal.
La fase de oposición estará constituida por la realización, dentro de una misma prueba, de los ejercicios que se indican a continuación:
a) Primer ejercicio teórico: consistirá en la contestación de preguntas con respuestas alternativas que versarán sobre las materias del programa que se contiene en el Anexo IV.
b) Segundo ejercicio práctico: consistirá en la contestación de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas tras la exposición de uno o varios casos prácticos.
Las preguntas de ambos ejercicios se extraerán de la batería que se facilitará con una antelación de al menos 12 semanas en la página web de Osakidetza y se incluirán en el mismo cuestionario, de tal forma que la prueba de la fase de oposición será única.
Las respuestas incorrectas no conllevarán penalización.
La puntuación final de la prueba vendrá dada por la media ponderada entre los dos ejercicios, correspondiendo el 65 % a la prueba teórica y el 35 % al ejercicio práctico.
A estos efectos, la media ponderada se obtendrá conforme a la siguiente fórmula:
(Véase el .PDF)
Para considerar como aprobada la fase de oposición la media ponderada de los dos ejercicios tendrá que dar un resultado como mínimo de 50 puntos sobre 100.
3.3.– Fase de concurso.
Se valorarán los méritos alegados y acreditados en la forma y plazo establecidos en el apartado 12.3 de las bases generales, según el baremo de méritos que se acompaña como Anexo III, conforme a los criterios establecidos en las bases generales.
3.4.– Toma de posesión.
Además de la documentación mencionada en el apartado 20 de las bases generales, quienes tomen posesión de alguno de los destinos de la presente convocatoria deberán aportar en el acto de la toma de posesión la siguiente:
– Certificado de colegiación.
ANEXO II
RELACIÓN DE DESTINOS. CATEGORÍA: MICROBIÓLOGO/A-PARASITÓLOGO/A, PUESTO FUNCIONAL: FACULTATIVO/A ESPECIALISTA MÉDICO/A-TÉCNICO/A MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA
Conforme a lo previsto en la base 5 de las bases generales aprobadas por Resolución 120/2026, de 28 de enero, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocan los siguientes destinos:
a) Convocatoria de turno libre: 5 destinos.
Acceso general: 5.
Cupo de reserva para personas con discapacidad: 0.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 6 de las bases generales, la identificación de los destinos objeto de esta convocatoria se realizará tras la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la resolución de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud de adjudicación definitiva de destinos del ciclo correspondiente del concurso de traslados abierto y permanente de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
ANEXO III
BAREMO DE MÉRITOS DE LA CATEGORÍA DE MICROBIÓLOGO/A-PARASITÓLOGO/A (PUESTO FUNCIONAL DE FACULTATIVO/A ESPECIALISTA MÉDICO/A-TÉCNICO/A MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA) DEL GRUPO PROFESIONAL DE FACULTATIVOS/AS MÉDICOS/AS Y TÉCNICOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1) Experiencia profesional (máximo 60 puntos).
Se computará el tiempo de servicios que las personas aspirantes tuvieran reconocidos al último día del plazo de presentación de solicitudes, con un máximo de 20 años.
El cómputo de servicios prestados derivados de un nombramiento eventual de atención continuada de la especialidad correspondiente, se realizará aplicándose un porcentaje del 50 % respecto del cómputo ordinario de servicios prestados.
Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.
La antigüedad como especialista de quienes hayan accedido al título al amparo del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, valorará, según lo dispuesto en la Ley 62/2003, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y en los términos previstos en la convocatoria, la totalidad del ejercicio profesional efectivo del interesado dentro del campo propio y específico de la especialidad, descontando de tal ejercicio y en el periodo inicial del mismo el 170 % del periodo de formación establecido para dicha especialidad en España. El indicado descuento no se producirá respecto de quienes hubieran obtenido el título de especialista de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1497/1999.
1.– Por cada mes de servicios prestados como facultativo/a especialista médico/a-técnico/a microbiología y parasitología en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de la Seguridad Social o de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en cualquier Administración Pública, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,30 puntos.
Asimismo, dicho cómputo será de aplicación en el caso de desempeño de puestos de responsabilidad en la planificación y gestión del ámbito que le corresponde al puesto funcional convocado en el proceso selectivo en el que se participa.
2.– Por cada mes de servicios prestados como médico/a de cupo y zona en la especialidad de que se trate en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud o de cualquier Administración Pública, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,12 puntos.
3.– Por cada mes de servicios prestados como médico/a general o como médico/a en otras especialidades o como personal investigador en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de la Seguridad Social, de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o de cualquier Administración Pública o en Centros Oficiales de Investigación u Organizaciones adscritas al Sistema Nacional de Salud, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,055 puntos.
4.– Por cada mes de servicios prestados en el desempeño de puestos de gestión de nivel superior en el área de gestión y servicios generales en Instituciones Sanitarias Públicas: 0,05 puntos.
Los servicios prestados en comisión de servicios o desempeño de funciones de superior categoría se computarán en el puesto efectivamente desempeñado.
Asimismo, se computarán en el puesto de origen los servicios prestados en situación de servicios especiales.
2) Formación, docencia e investigación (máximo, 20 puntos).
A) Se valorará dentro de este apartado la formación que resulte acreditada conforme a lo siguiente:
a) Formación pregrado:
La valoración del expediente académico se obtendrá en estos supuestos de la siguiente forma:
(Véase el .PDF)
No se evaluarán y por ello tampoco estarán comprendidas en el divisor, las asignaturas que hayan sido objeto de convalidación oficial ni las calificaciones correspondientes a las asignaturas de religión, formación política, educación física, idiomas u otras asignaturas que no guarden una relación sustancial con el contenido esencial de los estudios de la titulación exigida para el acceso al puesto funcional convocado.
b) Formación postgrado:
– Doctor/a cum laude: 10 puntos.
– Doctor/a: 9 puntos.
– Master postgrado: 6 puntos.
– Experto/a/Especialista universitario/a: 5 puntos.
– Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados: 4 puntos.
– Grado de licenciatura (sobresaliente o matrícula de honor): 3 puntos.
– Curso de doctorado, por cada curso, con un máximo de 10 cursos: 0,25 puntos.
– Otra titulación universitaria relacionada: 2,5 puntos.
En el caso de asignarse la puntuación como Doctor/a cum laude, no se asignará puntuación como Doctor/a. No se valorarán los cursos de doctorado de los programas que hayan servido para la obtención del título de Doctor/a, Doctor/a cum laude o Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados.
c) Formación especializada:
1.– Aspirantes que se encuentren en posesión de otro u otros títulos de alguna o algunas de las especialidades legalmente reconocidas distinto del requerido para el acceso a la categoría, siempre que hubieran sido obtenidos previo cumplimiento como residentes del programa de formación especializada para facultativos/as reconocido oficialmente: 2 puntos.
2.– Aspirantes que se encuentren en posesión de otro u otros títulos de especialista distinto del requerido para el acceso a la categoría vía no MIR: 1 punto.
d) Idiomas (máximo, 3 puntos): Se valorarán los conocimientos de inglés, francés y alemán en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia, pudiendo obtenerse 1,5 puntos por idioma, con un máximo total de 3 puntos.
Este mérito se acreditará mediante la presentación del título o certificado correspondiente de la escuela oficial de idiomas o entidad correspondiente.
Se valorarán con 1,5 puntos los títulos del nivel C-2 y C-1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
Se valorarán con 1 punto los títulos del nivel B-2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
Se valorarán con 0,5 puntos los títulos del nivel B-1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
Las licenciaturas en filología inglesa, francesa y alemana se valorarán con la máxima puntuación asignada al idioma correspondiente.
Únicamente, serán valorados los títulos y certificados que, para cada nivel e idioma, se recogen en la aplicación del currículum vitae de Osakidetza.
En caso de que se acrediten varios títulos correspondientes a un mismo idioma solo se valorará el de mayor nivel.
e) Conocimientos de informática (máximo 2 puntos).
La acreditación de un determinado nivel de conocimientos informáticos se valorará como mérito, mediante la superación de la prueba destinada a la obtención de los módulos que el Plan Euskadi en la Sociedad de la Información pone a su disposición en los centros públicos KZgunea, de la siguiente forma:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 nivel básico: 0,25 puntos.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 nivel avanzado: 0,50 puntos.
– Microsoft Power Point 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único: 0,50 puntos.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 nivel básico: 0,25 puntos.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 nivel avanzado: 0,50 puntos.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 nivel básico: 0,25 puntos.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 nivel avanzado: 0,50 puntos.
– Microsoft Access 2010 nivel único: 0,50 puntos.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010 nivel único: 0,50 puntos.
– Internet Básico: 0,25 puntos.
– Internet Avanzado: 0,50 puntos.
La superación de estos módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela.
En el caso en que se acrediten diferentes versiones y/o diferentes niveles de un mismo módulo solo se puntuará uno de ellos, el de mayor puntuación.
Igualmente, serán válidas como acreditación de este mérito las certificaciones emitidas por Organismos Oficiales y Centros de Enseñanza Públicos de cursos que versen sobre esas mismas aplicaciones, conforme al siguiente baremo:
– Cursos de 20 a 29 horas: 0,10 puntos.
– Cursos de 30 a 49 horas: 0,15 puntos.
– Cursos de más de 50 horas: 0,25 puntos.
B) Se valorará dentro de este apartado la formación, que hubiese finalizado dentro del plazo de los 10 años anteriores al último día de presentación de solicitudes y después de la obtención de la titulación requerida para el acceso en la categoría y puesto funcional de que se trate, que resulte acreditada conforme a lo siguiente:
a) Formación continuada:
Por la asistencia a cursos relacionados con el puesto funcional del destino solicitado:
– Hasta 9 horas: 0,25 puntos.
– 10 a 19 horas: 0,75 puntos.
– 20 a 29 horas: 1,25 puntos.
– 30 a 49 horas: 2 puntos.
– 50 a 99 horas: 3 puntos.
– 100 a 249 horas: 4 puntos.
– 250 a 599 horas: 5 puntos.
– 600 o más horas: 6 puntos.
Cuando en las certificaciones de los cursos conste únicamente el número de créditos, para la asignación de la puntuación se efectuará la siguiente equivalencia:
– 1 crédito del Sistema Europeo de Créditos (ECTS): 25 horas.
– 1 crédito de la Comisión de Formación Continuada: 10 horas.
En aquellas certificaciones en las que no conste el número de horas de duración del curso ni se asignen créditos, o disponiendo de créditos, estos sean diferentes a los especificados en el párrafo anterior, o se establezca otra equivalencia de los créditos en horas, el tribunal, a la vista de la certificación aportada y del contenido del curso, asignará la puntuación correspondiente sin que en ningún caso pueda otorgar una puntuación inferior a 0,25 puntos.
Se valorarán los cursos acreditados/certificados por Organismos Oficiales, Universidades, Instituciones Sanitarias y, en su caso, Colegios Profesionales y Sociedades Científicas, así como los cursos acreditados/certificados en virtud de los Acuerdos de Formación Continua suscritos por cualquier Administración Pública, siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.
b) Actividades docentes:
– Catedrático/a de Facultad/Escuela Universitaria (por año): 1 punto.
– Profesor/a titular o asociado/a de Facultad/Escuela Universitaria (por año): 0,50 puntos.
– Tutor/a acreditado/a para la docencia de residentes, en su caso, de la especialidad de que se trate (por año): 0,750 puntos.
– Docencia en programas oficiales de formación continuada (por hora): 0,050 puntos.
c) Actividades científicas y de difusión del conocimiento:
Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias, comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con el puesto funcional del destino solicitado:
– Por cada ponencia regional: 0,50 puntos.
– Por cada ponencia nacional: 2 puntos.
– Por cada ponencia internacional: 3 puntos.
– Por cada comunicación oral/póster regional: 0,30 puntos.
– Por cada comunicación oral/póster nacional: 1,20 puntos.
– Por cada comunicación oral/póster internacional: 2 puntos.
– Por cada mesa redonda regional: 0,40 puntos.
– Por cada mesa redonda nacional: 1,50 puntos.
– Por cada mesa redonda internacional: 2,50 puntos.
– Por cada publicación (primer/a autor/a): 2 puntos.
– Por cada publicación (otros/as autores/as): 1 punto.
– Por cada libro (primer/a autor/a): 4 puntos.
– Por cada libro (otros/as autores/as): 2 puntos.
– Por cada capítulo (primer/a autor/a): 2 puntos.
– Por cada capítulo (otros/as autores/as): 1 punto.
– Por tesina: 3 puntos.
No se valorarán otros méritos no especificados en este apartado.
3) Euskera:
– PL2: 18 puntos.
– PL1: 9 puntos.
ANEXO IV
FACULTATIVO/A ESPECIALISTA MÉDICO/A-TÉCNICO/A MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA
I.– TEMARIO COMÚN DEL GRUPO PROFESIONAL DE FACULTATIVOS/AS MÉDICOS/AS Y TÉCNICOS/AS.
1.– Ordenación de las profesiones sanitarias: Normas Generales. Del ejercicio de las profesiones sanitarias. De la formación de las profesiones sanitarias. Del desarrollo profesional y su reconocimiento.
2.– Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: Disposiciones generales. De las prestaciones. De los profesionales. De la investigación. Del sistema de información sanitaria. De la calidad.
3.– Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario. Derechos y deberes. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo. Movilidad del personal. Carrera profesional. Situaciones del personal estatutario.
4.– De la Ordenación Sanitaria de Euskadi: Sistema sanitario de Euskadi-Ordenación. Organización de las estructuras públicas de provisión de servicios sanitarios-Configuración. Régimen de personal.
5.– Estatutos Sociales del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud». Organización Rectora. Organización central.
6.– Las organizaciones sanitarias integradas del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
7.– Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi: Disposiciones generales. Derechos y Deberes. Servicios de atención a pacientes y personas usuarias.
8.– Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: Principios generales. Derecho de información sanitaria. Derecho a la intimidad. Respeto a la autonomía del paciente.
9.– Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad. Objeto. Contenido del derecho a la expresión anticipada de voluntades en el ámbito de la sanidad. Documento de voluntades anticipadas. Modificación, sustitución y revocación.
10.– Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Disposiciones generales. Principios de protección de datos. Derechos de las personas. Autoridades autonómicas de protección de datos. Régimen sancionador.
11.– Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
12.– Plan de Salud de Euskadi 2030: Principios rectores. Retos estratégicos. Objetivos y Líneas Estratégicas.
13.– Pacto Vasco de Salud de Euskadi: Objetivos. Valores y principios. Líneas estratégicas.
14.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza 2030. Objetivos. Líneas de acción corporativas.
15.– II Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Osakidetza 2025-2028: Objetivos. Líneas Estratégicas.
16.– III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza: Fundamentos. Objetivos. Áreas de actuación.
17.– Plan Oncológico Integral de Euskadi 2025-2030.
18.– Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.
19.– Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
II.– TEMARIO ESPECÍFICO.
1.– Introducción a la Microbiología Clínica.
1.1.– Concepto y contenido.
1.2.– Biología general de los microorganismos.
1.3.– Patogenicidad microbiana.
1.4.– Taxonomía microbiana: criterios, métodos y clasificación de microorganismos.
2.– Relaciones huésped-parásito.
2.1.– Microbiota normal de aparatos y sistemas y sus funciones.
2.2.– Infección y enfermedad infecciosa.
2.3.– Mecanismos microbianos de colonización y agresión. Factores de virulencia. Toxinas.
2.4.– Antígenos microbianos.
2.5.– Respuesta del huésped frente a las infecciones bacterianas, víricas, fúngicas y parasitarias.
2.6.– Resistencia inespecífica a la infección.
2.7.– Respuesta inmunitaria.
2.8.– Inmunodepresión.
3.– Diagnóstico microbiológico directo (I).
3.1.– Muestras clínicas: indicaciones, recolección, transporte y conservación.
3.2.– Criterios de aceptación y rechazo de muestras.
3.3.– Microscopía: concepto, métodos y aplicaciones.
3.4.– Cultivo y aislamiento de microorganismos a partir de muestras clínicas.
3.5.– Microorganismos contaminantes de muestras clínicas.
3.6.– Medios de cultivo, tinciones y reactivos.
3.7.– Métodos de siembra e incubación manuales y automatizados.
3.8.– Conservación y archivo de microorganismos y muestras.
4.– Diagnóstico microbiológico directo (II).
4.1.– Detección de antígenos y metabolitos.
4.2.– Identificación de microorganismos por espectometría de masas.
4.3.– Técnicas rápidas de diagnóstico.
4.4.– Métodos moleculares de diagnóstico: Aspectos generales. Hibridación con sonda. Técnicas de Amplificación. Microarrays. Secuenciación.
4.5.– Aplicaciones de las nuevas técnicas de microbiología molecular y de la espectometría de masas en el diagnóstico, tratamiento y control epidemiológico de las enfermedades infecciosas.
5.– Diagnóstico microbiológico indirecto (inmunología microbiana).
5.1.– Bases, métodos y utilidad de los estudios inmunomicrobiológicos.
5.2.– Elección de una prueba serológica: sensibilidad, especificidad, valores predictivos y otros parámetros.
5.3.– Técnicas rápidas de diagnóstico.
5.4.– Automatización.
5.5.– Ensayos IGRA.
5.6.– Interpretación de los resultados.
5.7.– Perfiles serológicos.
6.– Microbiología ambiental: control microbiológico del aire, controles microbiológicos del agua y de superficies, instrumentos y objetos utilizados en el cuidado de los pacientes.
7.– Acción de los agentes físicos y químicos sobre los microorganismos.
7.1.– Esterilización: concepto, métodos, aplicaciones y controles.
7.2.– Antisépticos y desinfectantes: clasificación, mecanismos de acción, indicaciones, métodos de evaluación, mecanismos de resistencia, recomendaciones y control de su utilización.
8.– Bacteriología Clínica.
8.1.– Bacteriología general.
8.1.1.– Clasificación y taxonomía bacteriana.
8.1.2.– Morfología y estructura.
8.1.3.– Fisiología y metabolismo.
8.1.4.– Genética bacteriana.
8.1.5.– Variaciones fenotípicas y genotípicas. Mutaciones.
8.1.6.– Mecanismos de transferencia genética.
8.2.– Antibacterianos.
8.2.1.– Conceptos generales y clasificación.
8.2.2.– Mecanismos de acción.
8.2.3.– Farmacocinética y farmacodinamia.
8.2.4.– Resistencia a los antibacterianos: bases genéticas y bioquímicas. Importancia de las resistencias y situación actual. Mecanismos de resistencia.
8.2.5.– Impacto clínico del uso de los antibacterianos: evaluación y control del tratamiento antibacteriano, epidemiología de la resistencia, política de su utilización en el medio hospitalario y en la comunidad.
8.3.– Métodos básicos y especiales para el estudio de la sensibilidad a antimicrobianos.
8.3.1.– Antibiogramas: métodos de dilución y difusión en disco, métodos de microdilución en caldo, métodos de gradiente antibiótico en tira, otros métodos manuales, sistemas automáticos y semiautomáticos.
8.3.2.– Métodos fenotípicos y moleculares para la detección de resistencias.
8.3.3.– Interpretación clínica del antibiograma.
8.3.4.– Normativa EUCAST y CLSI.
8.4.– Género Staphylococcus y otros cocos Gram positivos catalasas-positivos.
8.5.– Streptococcus, Enterococcus y otros cocos Gram positivos catalasa negativos.
8.6.– Haemophilus, Neisseria y Moraxella.
8.7.– Bordetella, Legionella, Brucella, Pasteurella, Francisella, Bartonella y otros bacilos y cocobacilos Gram negativos nutricionalmente exigentes.
8.8.– Enterobacteriaceae. Enterobacterias oportunistas y enteropatógenas.
8.9.– Vibrio, Aeromonas y Plesiomonas.
8.10.– Campylobacter, Helicobacter y otros bacilos Gram negativos curvados.
8.11.– Pseudomonas y Acinetobacter y otros bacilos Gram negativos no fermentadores.
8.12.– Corynebacterium, Listeria y Erysipelothrix. Otros corineformes.
8.13.– Bacillus y otras bacterias aerobias productoras de esporas. Actinomicetales de interés clínico.
8.14.– Mycobacterium. Micobacterias patógenas primarias y oportunistas. Nocardia y géneros afines.
8.15.– Cocos y bacilos Gram positivos anaerobios. Clostridium difficile. Cocos y bacilos Gram negativos anaerobios.
8.16.– Orden Spirochaetales. Sífilis y trepanomatosis endémicas.
8.17.– Borrelia: fiebres recurrentes y enfermedad de Lyme. Leptospira: Ordenes Mycoplasmatales, Rickettsiales y Chlamydiales. Coxiella, Ehrlichia y otras bacterias intracelulares estrictas.
9.– Virología Clínica.
9.1.– Virología general.
9.1.1.– Taxonomía y clasificación de los virus.
9.1.2.– Características generales de las enfermedades virales.
9.1.3.– Métodos y técnicas de diagnóstico virológico.
9.1.4.– Algoritmos para la detección e identificación de los virus.
9.1.5.– Fármacos antivíricos: clasificación, mecanismos de acción y de resistencia a antivíricos.
9.1.6.– Métodos de estudio de sensibilidad y para la detección molecular de resistencias a antivirales.
9.2.– Familia Herpesviridae.
9.3.– Familias Poxviridae, Parvoviridae y Papovaviridae.
9.4.– Virus de la gripe, Virus respiratorio sincitial y otros virus respiratorios.
9.5.– Coronavirus causantes de síndromes respiratorios agudos graves (SARS y MERS).
9.6.– Virus de las enfermedades exantemáticas y virus de la parotiditis.
9.7.– Virus de las hepatitis.
9.8.– Virus causantes de infecciones gastrointestinales.
9.9.– Enterovirus y parechovirus.
9.10.– Familia Retroviridae.
9.11.– Familias Filoviridae, Arenaviridae, Bunyaviridae y otros virus ARN.
9.12.– Enfermedades producidas por priones.
10.– Micología Clínica.
10.1.– Micología general.
10.1.1.– Características y clasificación de los hongos.
10.1.2.– Características generales de las enfermedades micóticas.
10.1.3.– Métodos de diagnóstico micológico.
10.1.4.– Antifúngicos: clasificación y mecanismos de acción.
10.1.5.– Mecanismos de resistencia.
10.1.6.– Pruebas de sensibilidad a los antifúngicos.
10.2.– Micosis, superficiales, cutáneas y subcutáneas.
10.3.– Micosis sistémicas y oportunistas.
11.– Parasitología Clínica.
11.1.– Parasitología general.
11.1.1.– Características y clasificación de los parásitos de importancia médica.
11.1.2.– Características generales de las enfermedades parasitarias.
11.1.3.– Diagnóstico parasitológico.
11.1.4.– Antiparasitarios: clasificación, mecanismos de acción, mecanismos de resistencia y pruebas de sensibilidad.
11.2.– Protozoos hemáticos y tisulares.
11.3.– Protozoos intestinales, urogenitales y otros protozoos.
11.4.– Helmintos intestinales.
11.5.– Helmintos tisulares.
11.6.– Artrópodos de importancia médica.
12.– Conceptos generales de la terapéutica antimicrobiana.
12.1.– Tratamiento empírico.
12.2.– Tratamiento etiológico.
12.3.– Normas generales.
12.4.– Tratamientos de primera elección en los grandes síndromes en patología infecciosa.
13.– Enfermedades infecciosas.
13.1.– Fiebre de origen desconocido (FOD).
13.2.– Bacteriemia, sepsis y shock séptico.
13.3.– Endocarditis infecciosa. Miocarditis. Pericarditis. Otras infecciones intravasculares.
13.4.– Infecciones asociadas a dispositivos protésicos. Infecciones asociadas a catéteres intravasculares.
13.5.– Infecciones del sistema nervioso.
13.6.– Infecciones Oculares, perioculares, orbitarias y paraorbitarias.
13.7.– Infecciones de la cavidad oral.
13.8.– Infecciones de vías altas y de estructuras pararrespiratorias.
13.9.– Infecciones bronquiales y pleuropulmonares.
13.10.– Infecciones del tracto urinario.
13.11.– Infecciones gastrointestinales y toxoinfecciones alimentarias. Diarrea asociada a antibióticos.
13.12.– Infecciones de piel y tejidos blandos.
13.13.– Infecciones exantemáticas.
13.14.– Infecciones osteoarticulares. Infecciones asociadas a prótesis óseas y articulares.
13.15.– Infecciones de transmisión sexual (ITS).
13.16.– Infecciones obstétricas y perinatales. Control microbiológico durante el embarazo.
13.17.– Infección en pacientes inmunodeprimidos. Infecciones en pacientes neutropénicos, trasplantados y grandes quemados.
13.18.– Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida. Infecciones oportunistas asociadas.
13.19.– Infecciones importadas y del viajero.
14.– Epidemiología de las enfermedades infecciosas.
14.1.– Infecciones hospitalarias y comunitarias.
14.2.– Incidencia y prevalencia: concepto y aplicaciones.
14.3.– Tipos de estudios epidemiológicos y de análisis estadístico.
14.4.– Prevención y control de las enfermedades transmisibles: medidas sobre las fuentes de infección, mecanismos de transmisión y población susceptible.
14.5.– Vacunaciones.
14.6.– Epidemiología molecular.
14.7.– Sistema de vigilancia microbiológica. Enfermedades infecciosas de declaración obligatoria.
15.– Infecciones nosocomiales.
15.1.– Introducción y conceptos.
15.2.– Principales infecciones nosocomiales.
15.3.– Definiciones de tipos de infección.
15.4.– Epidemiología.
15.5.– Métodos de tipificación molecular.
15.6.– Sistemas de vigilancia e indicadores de las principales infecciones nosocomiales.
15.7.– Estructura y medios para el estudio y control de las infecciones nosocomiales.
15.8.– Estudio de brotes por microorganismos hospitalarios y control de resistencias hospitalarias.
15.9.– Comisión de Infecciones: composición y funciones.
16.– Bioseguridad.
16.1.– Disposiciones legislativas y reglamentarias.
16.2.– Objetivación del riesgo biológico.
16.3.– Principales agentes biológicos y su clasificación de riesgo.
16.4.– Niveles de bioseguridad.
16.5.– Diseño de las instalaciones y adecuación de materiales y productos sanitarios del laboratorio.
16.6.– Gestión de residuos.
16.7.– Transporte, almacenamiento y envío de muestras biológicas.
16.8.– Planes de emergencia.
17.– Bioterrorismo.
17.1.– Agentes biológicos potencialmente utilizables.
17.2.– Características clínicas y epidemiológicas.
17.3.– Obtención y procesamiento de muestras para su diagnóstico.
17.4.– Métodos y sistema de aislamiento de pacientes.
17.5.– Mecanismos de información, comunicación y actuación en caso de sospecha de actos de bioterrorismo.
17.6.– Tratamiento y quimioprofilaxis.
18.– Organización, gestión e información.
18.1.– Organigrama de un servicio.
18.2.– Cartera de servicios.
18.3.– Catálogo de productos.
18.4.– Medidas de control de la actividad y costes.
18.5.– Sistemas de información de laboratorios.
18.6.– Transmisión de la información.
18.7.– Tratamiento estadístico de la información.
19.– Sistema de gestión de la calidad.
19.1.– Metodología de la gestión de la calidad.
19.2.– Modelos de sistemas de calidad y normativas.
19.3.– Controles de calidad, certificación, acreditación.
19.4.– Gestión de la documentación del laboratorio de microbiología. Manual de procedimientos. Procedimientos normalizados de trabajo.
19.5.– Sistemas de registro, medición, percepción, cuadro de mando e indicadores.
19.6.– Sistemas de evaluación de la mejora continua.
20.– Ingeniería hospitalaria y diseño de un laboratorio de microbiología.
20.1.– Tipos de laboratorios de microbiología.
20.2.– Áreas generales y específicas. Superficies mínimas. Equipamiento.
20.3.– Automatización del laboratorio de microbiología.
20.4.– Planificación de las zonas de riesgo biológico.
20.5.– Climatización.
20.6.– Áreas experimentales y de investigación.
20.7.– Mantenimiento.
21.– Docencia en Microbiología y Parasitología Clínica. Plan de formación. Sesiones clínicas y bibliográficas.
22.– Investigación en Microbiología Clínica. Proyectos de investigación clínico-microbiológicos. Diseño de proyectos. Evaluación de la actividad investigadora.
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