
N.º 195, martes 13 de octubre de 2026
- Otros formatos:
- PDF (826 KB - 101 Pág.)
- EPUB (333 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
4202
ORDEN de 21 de septiembre de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos de acceso a los cuerpos y escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban sus bases específicas.
Los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 13 de diciembre de 2023, de 17 de diciembre de 2024 y de 16 de diciembre de 2025 aprobaron las ofertas de empleo público de personal funcionario de carrera de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para los años 2023, 2024 y 2025.
La orden de 23 de abril de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno que aprueba las bases generales que han de regir los procesos selectivos de acceso a los cuerpos y escalas de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en su base 1.3 que las peculiaridades de cada proceso selectivo serán objeto de regulación en las bases específicas de las respectivas convocatorias, estableciendo el contenido necesario de las mismas, tales como el número de plazas convocadas y su distribución por perfiles lingüísticos, por modalidad de acceso y, en su caso, por turno, el plazo de presentación de solicitudes, el importe de la tasa por inscripción en las convocatorias para la selección de personal, la titulación de acceso, los méritos valorables y su baremo, los requisitos específicos de los puestos convocados, la parte específica del temario y la previsión sobre la aplicación o no de la cláusula de prioridad de las mujeres.
Por la presente Orden se convocan los procesos selectivos de acceso a los cuerpos y escalas de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se procede, así mismo, a la aprobación de sus bases específicas.
A tal fin, de conformidad con lo establecido en el Titulo VI de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 18.2.q) de la citada Ley, en relación con lo dispuesto en el artículo 3.3.f) del Decreto 317/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
RESUELVO:
Artículo primero.– Convocar los siguientes procesos selectivos, indicándose el número de plazas y el anexo correspondiente para cada uno de ellos.
(Véase el .PDF)
Los procesos selectivos que se convocan mediante la presente Orden, se regirán por lo previsto en la Orden 23 de abril de 2026, de la consejera de Gobernanza Administración Digital y Autogobierno, por la que se aprueban las bases generales de los procesos selectivos de acceso a los cuerpos y escalas de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Artículo segundo.– Aprobar las bases específicas que figuran como anexos I a XV de la presente Orden.
Artículo tercero.– Establecer como plazo para presentar la solicitud desde el día 14 de octubre de 2026 hasta las 14:00 horas del día 10 de noviembre de 2026.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de septiembre de 2026.
La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN DEL CUERPO SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 86 plazas de la Escala de Administración del Cuerpo Superior de Administración de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, por el turno libre, de acuerdo con la siguiente distribución:
a) Modalidad de acceso general: 82.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 5.
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 59.
Con exigencia de perfil lingüístico 4: 18.
b) Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad: 4.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 1.
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– Las personas que concurran por la modalidad reservada para personas con discapacidad deberán, además, cumplir lo indicado en el apartado 4.2 de las bases generales.
2.3.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior de Administración es de 20,68 euros.
2.4.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Administración del Cuerpo Superior de Administración son las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería de todos los campos de estudio.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 2, 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Certificado negativo de acuerdo al artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
– Formación de 600 horas para el desempeño de las funciones de prevención de riesgos laborales de nivel superior o certificación de formación o título habilitante para ejercer de técnico/a superior de prevención de riesgos laborales con las 3 especialidades.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable y la aportación de la copia simple del documento acreditativo en el trámite de alegación de méritos.
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
– Postgrado certificado por una universidad o administración pública de al menos 250 horas en temas relacionados con la gestión de contenidos web y marketing/comunicación en internet.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable y la aportación de la copia simple del documento acreditativo en el trámite de alegación de méritos.
– Inglés, francés o alemán C1.
Únicamente serán válidos a estos efectos, los títulos y certificados que, para cada nivel e idioma, se recogen en el anexo del Decreto 117/2015, de 30 de junio, de equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos, así como en el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, que, con carácter básico, establece las equivalencias entre las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudio y las del Real Decreto.
Títulos y certificaciones expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, deberán ser alegados en el plazo de alegación de méritos.
Títulos y certificaciones expedidos por otras entidades. Además de su declaración deberá aportarse copia simple del documento acreditativo.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Administración del Cuerpo Superior de Administración en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Administración del Cuerpo Superior de Administración o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo Superior de Administración correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala de Administración del Cuerpo Superior de Administración.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, diplomatura e ingeniería de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Administración del Cuerpo Superior de Administración, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Constitución: derechos y deberes fundamentales, derechos y deberes de los ciudadanos, principios rectores de la política social y económica. Las garantías de las libertades y derechos fundamentales.
2.– Organización política y administrativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi: Competencias del Estado y de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Competencias de las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma y de los órganos forales de sus territorios históricos. Competencias municipales.
3.– Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Administración Institucional. El Gobierno Vasco: composición, competencia y funcionamiento, vicepresidentes y vicepresidentas, consejeros y consejeras y altos cargos de la Administración del País Vasco. Potestad reglamentaria del Gobierno y de los consejeros y consejeras y resoluciones administrativas.
4.– Fuentes del derecho administrativo: ley y reglamento. Jerarquía normativa. Principio de legalidad de la administración pública. Autotutela de la administración pública.
5.– La organización administrativa: los órganos administrativos. Órganos colegiados. Competencia. Delegación de competencias y delegación de firma. Avocación.
6.– Encomienda de gestión. Convenios interadministrativos.
7.– Capacidad de obrar y personas interesadas. Representación. Derechos de las personas en sus relaciones con las administraciones públicas. Derecho de acceso a archivos y registros públicos.
8.– El acto administrativo: producción, contenido, motivación y forma. La eficacia del acto administrativo. Notificación y publicación del acto administrativo.
9.– El acto administrativo: nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Limites. Conversión. Conservación. Convalidación.
10.– Revisión de los actos administrativos: recursos administrativos, revisión de oficio y revocación. Rectificación de errores materiales y errores de hecho.
11.– Procedimiento administrativo: obligación de resolver. Suspensión y ampliación de plazos para resolver. Silencio administrativo y falta de resolución expresa. Términos y plazos.
12.– Procedimiento administrativo: principios generales. Concepto de personas interesadas. Derechos de las personas interesadas en el procedimiento administrativo. Abstención y recusación.
13.– Fases del procedimiento administrativo. Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización. Ejecución de actos administrativos. Tramitación simplificada.
14.– Responsabilidad patrimonial de la administración pública: principios y procedimiento de exigencia de la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas, sus autoridades y personal al servicio de la administración pública.
15.– La estructuración de las organizaciones. Funcionamiento de la organización: mecanismos de coordinación, partes de la organización y sistemas de flujos internos. El diseño organizacional: parámetros de diseño organizacional y factores de contingencia. Diseño de la estructura: jerarquía de las organizaciones. Criterios para la agrupación de unidades. Elementos de las organizaciones públicas. Características diferenciadoras de la administración pública como organización.
16.– La cultura de la organización. Concepto y niveles. Factores internos y externos que afectan a la cultura de una organización. Diagnóstico de la cultura de una organización. El esquema conceptual de Mintzberg. El cambio organizativo: el ciclo vital de las organizaciones públicas. Estrategias de mejora. La cultura organizativa de la administración pública: características y elementos. La cultura del personal empleado público. Disfunciones. Mejora y modernización administrativa: superación de las resistencias al cambio.
17.– La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Estructura y organización de la administración general e institucional. Funcionamiento del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi al servicio de la ciudadanía. Regulación de la estructura orgánica y funcional de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Dimensionamiento de plantilla. Metodologías de medición de cargas de trabajo. Valoración de puestos de trabajo.
18.– Gobernanza pública. Conceptos y relaciones: gobernanza pública, innovación pública y transformación y gobierno digital. Atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos en el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi: concepto de ciudadanía y de atención a la ciudadanía. Principios generales de la atención a la ciudadanía. Deber general de atención a la ciudadanía. Derechos y deberes de la ciudadanía y obligación de relacionarse a través de medios electrónicos. Funciones, modalidades y niveles de atención a la ciudadanía. Modelo de presencia en internet. Servicios y procedimientos electrónicos. Tramitación electrónica. La gobernanza de la atención a la ciudadanía y los servicios electrónicos.
19.– El expediente administrativo electrónico. Documentos administrativos. La expedición de copias y certificaciones de documentos. Legalización de firmas. La validación en la administración electrónica. La identificación y firma electrónica. El certificado electrónico. El archivo electrónico.
20.– Servicio público. Las formas de gestión de los servicios públicos, especialmente la gestión directa y la concesión.
21.– Contratos del sector público: tipos contractuales. Regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Contenido y perfección del contrato. Invalidez del contrato. Recurso especial en materia de contratación. Preparación y adjudicación de contratos. Efectos, cumplimiento y extinción de contratos.
22.– Autorizaciones y licencias administrativas. Potestad sancionadora: principios y procedimiento.
23.– Personal al servicio de las administraciones públicas vascas. Clases de empleados públicos y su regulación. Estructura y organización de la función pública: plantillas presupuestarias, relaciones de puestos de trabajo y oferta de empleo público. Cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi: tipos, requisitos de acceso de la ley y especialidades. Negociación colectiva del personal funcionario (criterios generales).
24.– Adquisición y pérdida de la condición de personal empleado público. Principios y requisitos de acceso al empleo público. Procesos y sistemas de selección de personal empleado en el sector público vasco. Selección temporal en la administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi: bolsas de trabajo.
25.– Procesos de provisión definitiva y temporal (concurso, libre designación, comisión de servicios, etc.). Causas de pérdida de la adscripción al puesto y adscripción provisional.
26.– Derechos y deberes del personal empleado público de las administraciones públicas vascas. Incompatibilidades. Retribuciones. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario: principios generales y procedimiento disciplinario del régimen disciplinario. Faltas, sanciones y prescripción.
27.– El personal laboral al servicio de las administraciones públicas. Selección. Derechos y deberes. El contrato laboral: su contenido, duración, suspensión y extinción. Modalidades de contratación laboral. Provisión y movilidad.
28.– Seguridad social. Régimen general. Afiliación y cotización. Acción protectora. Contingencias y prestaciones.
29.– El perfil lingüístico y su acreditación. Requisito y mérito del euskera en procesos de selección y provisión de carácter definitivo y temporal, equivalencias, perfiles asimétricos y parciales.
30.– Hacienda General del País Vasco (HGPV): concepto, normativa reguladora, actuación pública, prerrogativas. Los presupuestos generales de Euskadi y las leyes de presupuestos generales de Euskadi. Competencias del departamento responsable en materia de hacienda y finanzas. Competencias de los departamentos.
31.– Presupuestos generales de la comunidad autónoma de Euskadi. Configuración y contenido: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y vigencia. Estados de ingresos y estados de gastos. Estructura presupuestaria: estructura funcional por programas, estructura orgánica y estructura económica. Clasificación territorial.
32.– Presupuestos generales de la comunidad autónoma de Euskadi. Procedimiento de elaboración: directrices, anteproyectos, documentación, y calendario. Régimen de modificaciones de los presupuestos: normas generales, transferencias de créditos, variación en el nivel de competencias y/o servicios, habilitación de créditos, incorporación de créditos, reposición de créditos, créditos adicionales.
33.– Presupuestos generales de la comunidad autónoma de Euskadi. Ejecución de los presupuestos: ejecución del ingreso y ejecución del gasto.
34.– Contabilidad pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Marco conceptual: imagen de las cuentas anuales. Requisitos de la información a incluir. Principios contables. Elementos de las cuentas anuales. Criterios de registro (reconocimiento contable). Criterios de valoración.
35.– Régimen de ayudas y subvenciones de la administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Normas reguladoras. Competencia para el otorgamiento de subvenciones.
36.– Objeto y definición de subvención. Requisitos y principios generales. Beneficiarios y sus obligaciones. Procedimientos de concesión de subvenciones. Reintegro de subvenciones y ayudas públicas.
37.– Gestión pública avanzada. Los sistemas de gestión pública avanzada. Elementos de la gestión avanzada. Tipos de contraste: diagnóstico de gestión y contraste externo. Evaluación del grado de avance en la gestión y su utilización.
38.– Los procesos y la administración pública. Concepto de proceso. Diseño de procesos. Tipos de procesos. Gestión por procesos: mapa y descripción de procesos; representación gráfica y soporte documental. Seguimiento, medición y mejora de procesos. La mejora continua y la reingeniería de procesos.
39.– Gestión por objetivos basada en datos. Establecimiento de objetivos e indicadores. Implantación del sistema de indicadores. Capacidades analíticas y gobernanza de datos en la administración pública. Estrategia de gobernanza de los datos del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
40.– Planificación y gestión de proyectos. Marco teórico: concepto y ciclo de vida del proyecto. Roles e interesados en un proyecto. La estructura y cultura de la organización como condicionante. La dirección de proyectos: objetivos. Funciones y actividades de la dirección de proyectos. Habilidades y destrezas de la dirección de proyectos. Estilos de dirección y gestión de proyectos. Gestión del cambio de proyectos. Planificación y gestión de riesgos del proyecto. Planificación y gestión de la calidad. Seguimiento, control y evaluación de proyectos.
41.– La satisfacción de la ciudadanía y la calidad de los servicios. La identificación de las expectativas de la ciudadanía y los estudios de satisfacción de las personas usuarias. Técnicas de investigación social aplicadas al análisis de la percepción de la ciudadanía.
42.– Gobierno abierto: concepto y principios informadores. Transparencia: publicidad activa y acceso a la información pública. Protección de datos de carácter personal. Buen gobierno. Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública.
43.– Igualdad: organización y coordinación institucional. Medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de los poderes y las administraciones públicas. Evaluación previa del impacto en función del género (concepto y contenido, elaboración del informe de impacto en función del género). Medidas para promover la igualdad en la normativa y actividad administrativa (procesos de personal, contratación pública y subvenciones).
44.– Protección de datos personales: ejercicio de los derechos (derecho de acceso, de rectificación, de supresión, de limitación del tratamiento, de portabilidad y de oposición). El Registro de Actividades de Tratamiento (RAT). Delegado/Delegada de Protección de Datos. Naturaleza y funciones. Autoridad Vasca de Protección de Datos. Naturaleza y funciones.
45.– Estructura, funciones y áreas de actuación de los departamentos del Gobierno Vasco con competencia en materia de políticas educativas (enseñanzas no superiores, superiores y formación profesional).
46.– Estructura, funciones y áreas de actuación de los departamentos del Gobierno Vasco con competencia en materia de comercio y consumo. Objetivos, competencias y funciones del organismo autónomo Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.
47.– Docencia y formación en materia de salud. Acreditación de tutores y tutoras de formación especializada. Acreditación de actividades de formación continuada. Reconocimiento de interés sanitario-científico.
ANEXO II
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE ATENCIÓN SOCIOLABORAL DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 21 plazas de la Escala de Atención Sociolaboral del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 13.
Con exigencia de perfil lingüístico 4: 7.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Atención Sociolaboral del Cuerpo Superior Facultativo son las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería de todos los campos de estudio.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Atención Sociolaboral del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Atención Sociolaboral del Cuerpo Superior Facultativo o con contrato laboral de categoría asimilable.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala de Atención Sociolaboral del Cuerpo Superior Facultativo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura y diplomatura de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Atención Sociolaboral del Cuerpo Superior Facultativo, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Competencia de las comunidades autónomas en la ejecución de las medidas judiciales aplicadas a las personas menores infractoras. La entidad pública. Las juezas y los jueces de menores. El equipo psicosocial.
2.– Medidas susceptibles de ser impuestas a las personas menores infractoras. Principios inspiradores de la ejecución de las medidas. Derechos de las personas menores infractoras.
3.– Reglas generales de determinación y aplicación de las medidas judiciales. Duración de las medidas. Pluralidad de medidas. Implicaciones de la mayoría de edad de la persona menor condenada.
4.– Expediente personal en la ejecución de la medida. Limitaciones de acceso. Informes durante la ejecución de la medida.
5.– Reglas específicas para la ejecución de medidas no privativas de libertad y para la ejecución de las medidas privativas de libertad.
6.– Regulación de los centros educativos de cumplimiento de medidas privativas de libertad en Euskadi. Áreas de atención e intervención. Características, tipología y organización de los centros.
7.– Régimen disciplinario de los centros. Utilización de medios de contención.
8.– Ordenación de las entidades colaboradoras de atención socioeducativa a personas infractoras menores de edad de Euskadi. Autorización, homologación e inspección.
9.– Derecho subjetivo a los servicios sociales. El Sistema Vasco de Servicios Sociales: finalidad y principios. Derechos de las personas usuarias.
10.– Modelo de atención e intervención del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Cartera de servicios sociales: finalidad y contenido. Servicios y prestaciones competencia del Gobierno Vasco.
11.– Requisitos y criterios de acceso a los servicios y prestaciones económicas: requisitos generales, administrativos específicos y de necesidad. Idoneidad de los recursos. Prescripción técnica.
12.– Intervención de la iniciativa privada en la prestación de servicios sociales de responsabilidad pública. Autorización y homologación de servicios y centros.
13.– Proceso ordinario de acceso: servicios sociales de base. Atención primaria y secundaria. Valoración y diagnóstico social en atención primaria. Diagnóstico especializado en atención secundaria. Protocolos de derivación entre ambos niveles. Plan de atención personalizada y seguimiento de la intervención.
14.– Servicio de teleasistencia. Objetivos. Requisitos de acceso. Copago.
15.– Servicio de información social a la infancia y a la adolescencia en situación de desprotección.
16.– Servicio de información y atención a mujeres víctimas de violencia doméstica o por razón de sexo. Prestación económica de pago único.
17.– Puntos de Encuentro Familiar por derivación judicial. Personas destinatarias. Principios. Objetivos. Tipos de servicios prestados.
18.– Servicio integral de mediación familiar. Objetivos. Tipos de conflictos atendidos.
19.– Tercer sector social en Euskadi. Principios de actuación de las organizaciones. Estrategia de promoción del tercer sector social. Cooperación público social. Mesa de diálogo civil. La acción voluntaria y las organizaciones y agencias del voluntariado.
20.– Subvenciones públicas: procedimientos de concesión, gestión de subvenciones. Tramitación anticipada. Subvenciones plurianuales. Subvenciones nominativas. Cumplimiento de obligaciones tributarias.
21.– Plan estratégico de subvenciones: contenido y seguimiento. Convenios y conciertos entre administraciones públicas.
22.– Contratos del sector público. Clasificación de los contratos. Plazos de duración de los contratos. Contenido mínimo de los contratos.
23.– Concepto de integración. Modelos existentes y sus repercusiones: asimilación, multiculturalidad e interculturalidad.
24.– Instrumentos de la política vasca de acogida. Plan de ciudadanía, interculturalidad e inmigración del Gobierno Vasco: introducción, bases y objetivos; Pacto Social Vasco para la Migración: principios y compromisos; Foro Vasco de Migración y Asilo: objeto funciones y composición.
25.– Instrumentos del Gobierno Vasco para generar conocimiento sobre las migraciones y la diversidad: estadística de la Población de Origen Extranjero (EPOE): objetivos; Encuesta anual sobre actitudes, creencias y percepciones de la población vasca ante la inmigración (Barómetro): conclusiones; Encuesta de Percepciones y Actitudes en torno a la Discriminación en Euskadi (EPADE): conclusiones; Panorámicas: población de origen extranjero en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
26.– Integración, derechos y libertades de las personas extranjeras. Residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones de arraigo: tipos y requisitos. El informe de esfuerzo de integración.
27.– Itinerario del sistema de acogida de protección internacional: fase de autonomía. Funciones que asume la Comunidad Autónoma de Euskadi.
28.– Derecho a la igualdad de trato y no discriminación: disposiciones generales. Derecho a la no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas trans: disposiciones generales y bases para una política pública. Diversidad religiosa en la Comunidad Autónoma de Euskadi: principios y derechos.
29.– Directrices de empleo de la Unión Europea: orientaciones de políticas de empleo en los estados miembros.
30.– Marco normativo básico en empleo en España. Políticas activas de empleo y las políticas de protección frente al desempleo. Estrategia española de apoyo activo al empleo: objetivos, ejes e indicadores.
31.– Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo. Servicios dirigidos a personas, empresas y entidades usuarias.
32.– Marco normativo básico de empleo en Euskadi. Gobernanza y planificación de la política pública de empleo. Colectivos de atención prioritaria; Agentes de las políticas públicas de empleo. Red Vasca de Empleo: cartera de servicios y su gestión.
33.– Estrategias y políticas vascas de empleo. Estrategia Vasca de Empleo: contexto y tendencias relevantes en el mercado de trabajo para una estrategia a largo plazo; Objetivos, claves estratégicas y proyectos tractores. Plan Trienal de Empleo: marco interdepartamental e interinstitucional.
34.– Planes de empleo y desarrollo local.
35.– Mercado laboral en Euskadi: oferta y demanda, tendencias, retos, indicadores, evolución y mercados inclusivos.
36.– Modalidades de contratos laborales y contratos formativos. Bonificaciones y reducciones a la contratación laboral. Aspectos básicos.
37.– Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo: naturaleza jurídica, estructura organizativa y funciones.
38.– Orientación sociolaboral, acompañamiento personalizado y gestión de la carrera profesional. Motivación, técnicas de orientación, desarrollo y gestión de competencias, búsqueda de empleo. Modelos de empleabilidad y barreras a la empleabilidad.
39.– Servicios de intermediación laboral, colocación y asesoramiento a empresas.
40.– Sistema de formación profesional para el trabajo. Iniciativas y programas de formación desde el ámbito educativo y laboral. Acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales.
41.– Catálogo de especialidades formativas. Diseño y elaboración de nuevas especialidades formativas.
42.– Procesos de regularización laboral y formación para el empleo.
43.– Sistema de garantía de ingresos y para la inclusión social. Instrumentos y servicios orientados a la Inclusión laboral. Prestaciones que conforman el sistema de garantía de ingresos.
44.– Marco conceptual de la inclusión. Planificación y gobernanza de la política pública vasca para la inclusión.
45.– Inclusión sociolaboral: programas integrales de empleo, formación y acompañamiento para la inclusión; programas de acompañamiento en itinerarios mixtos; Programas específicos para la inclusión sociolaboral de personas en riesgo de inclusión (empresas de inserción) y/o para personas con discapacidad (centros especiales de empleo).
46.– Diseño, gestión y evaluación de proyectos de innovación social.
47.– Evaluación de programas y políticas públicas en los ámbitos de empleo e inclusión. Aspectos básicos de metodologías cuantitativas y cualitativas. Evaluación de diseño, de la implementación y de resultados e impacto.
48.– Las adicciones: definición de adicción, tipos (con sustancia y sin sustancia), drogas legales e ilegales, principales sustancias adictivas.
49.– Prevención de las adicciones: niveles de intervención (universal, selectiva, indicada y ambiental).
50.– Prevención de las adicciones: tipos de intervenciones preventivas (escolar, familiar, comunitaria, laboral, en ocio y tiempo libre).
51.– Marco europeo e internacional de las adicciones: EUDA (Agencia de la Unión Europea sobre Drogas), UNODC (Naciones Unidas), OMS/WHO (Drogas y Adicciones sin sustancia o comportamentales), Observatorio.
52.– Principales encuestas sobre drogas y otras adicciones en Europa, España y Euskadi: ESPAD, EDADES, ESTUDES, Encuesta sobre Adicciones de Euskadi.
ANEXO III
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE ECONOMÍA Y EMPRESA DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 49 plazas de la Escala de Economía y Empresa del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, por el turno libre, de acuerdo con la siguiente distribución:
a) Modalidad de acceso general: 47.
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 35.
Con exigencia de perfil lingüístico 4: 2.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 10.
b) Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad: 2.
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– Las personas que concurran por la modalidad reservada para personas con discapacidad deberán, además, cumplir lo indicado en el apartado 4.2 de las bases generales.
2.3.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.4.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Economía y Empresa del Cuerpo Superior Facultativo son las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo III del Decreto 115/2026, de 7 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 2, 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– 3 años de experiencia en auditoría de cuentas en firmas de auditoría u órganos de control interno de las administraciones públicas o estar inscrito en el registro oficial de auditores de cuentas.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
– Inglés o francés B1.
Únicamente serán válidos a estos efectos, los títulos y certificados que, para cada nivel e idioma, se recogen en el anexo del Decreto 117/2015, de 30 de junio, de equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos, así como en el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, que, con carácter básico, establece las equivalencias entre las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudio y las del Real Decreto.
Títulos y certificaciones expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, deberán ser alegados en el plazo de alegación de méritos.
Títulos y certificaciones expedidos por otras entidades. Además de su declaración deberá aportarse copia simple del documento acreditativo.
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Economía y Empresa del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Economía y Empresa del Cuerpo Superior Facultativo o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo Superior Facultativo, opción licenciatura en administración y dirección de empresas; opción licenciatura en ciencias actuariales y financieras y opción licenciatura en economía correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala de Economía y Empresa del Cuerpo Superior Facultativo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura y diplomatura de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Economía y Empresa del Cuerpo Superior Facultativo, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Variables macroeconómicas relevantes: PIB, tasa de inflación, tasa de desempleo, tipos de interés, tipo de cambio, gasto público, deuda pública y privada, la balanza de pagos y la inversión.
2.– Magnitudes macroeconómicas básicas: producto nacional. Consumo e inversión. Gasto nacional. Producto nacional bruto y producto nacional neto. Renta nacional. Renta disponible. Consumo y ahorro. Cálculo del PIB.
3.– Crecimiento económico. Acumulación de capital y progreso técnico exógeno. El modelo de Solow. El modelo de Solow aumentado con acumulación de capital humano. El modelo de Ramsey-Cass-Koopmans. Modelos de crecimiento endógeno: rendimientos crecientes, capital humano e innovación tecnológica.
4.– El análisis de la competitividad a través de los indicadores de productividad, costes laborales unitarios nominales y reales.
5.– Teoría de la producción. La función de producción. Curvas isocuantas e isocostes. Función de producción homogénea. La ley de rendimientos decrecientes. La función de producción de Cobb-Douglas.
6.– Teoría de la demanda y de la utilidad. El comportamiento de la persona consumidora. Efecto renta y efecto sustitución. Hábitos de consumo.
7.– La política monetaria y su instrumentalización. Mecanismos de transmisión de la política monetaria convencional. Rigideces de precios, rigideces de salarios y fricciones financieras. Operaciones no convencionales de política monetaria.
8.– La Unión Bancaria: pilares y código normativo único. La Unión de Mercados de Capitales. El Banco Central Europeo. El Mecanismo Europeo de Estabilidad.
9.– Las finanzas de la Unión Europea y el presupuesto comunitario. El marco financiero plurianual actual. La Cohesión económica: política regional e instrumentos presupuestarios y financieros.
10.– El mercado único de la Unión Europea. El principio de libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales. La política de competencia. La política comercial de la Unión Europea.
11.– Fuentes estadísticas para el análisis de la economía vasca. Las principales estadísticas estructurales y coyunturales del Instituto Vasco de Estadística, Eustat. Principales estadísticas del Instituto Nacional de Estadística (INE) para la economía vasca. Comparaciones internacionales a través de Eurostat.
12.– La economía vasca en el contexto estatal y de la Unión Económica y Monetaria. Estructura y evolución del producto interior bruto del País Vasco.
13.– Análisis coyuntural de la economía vasca. El análisis a través de tasas. La desestacionalización de series temporales. Principales indicadores de actividad, demanda, precios y salarios, mercado de trabajo, sector exterior, sector público y sistema financiero.
14.– Análisis del crecimiento de la economía vasca. El crecimiento de los factores y la productividad total de los factores (PTF). Significado del crecimiento potencial. La determinación del Output Gap o brecha de producción.
15.– Sectores económicos vascos y competitividad. Clasificación de sectores económicos: política de clústeres. La industria en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Competitividad e innovación. Competitividad regional. Competitividad europea. Política científico-tecnológica. Investigación y desarrollo.
16.– Internacionalización empresarial. Planificación estratégica y gestión empresarial. Instrumentos de apoyo a la internacionalización en Euskadi.
17.– Población y mercado de trabajo en Euskadi. Evolución de la población vasca y proyecciones a futuro. Evolución de la actividad, la ocupación y el paro y sus implicaciones sectoriales y de género.
18.– El comercio exterior de la economía vasca. Origen, destino y especialización del comercio internacional vasco, principales países, áreas, grupos de productos y su nivel tecnológico. Flujos comerciales.
19.– Políticas y estrategias comerciales en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Plan Estratégico de Turismo y Comercio. Normativa de ayudas al sector comercial.
20.– La actividad económica del sector público. La adecuación coyuntural del sector público vasco y su impacto en la economía.
21.– Competencias económicas y regulación financiera contenida en el Estatuto de Autonomía, el Concierto Económico y Ley de Territorios Históricos. Modelo de organización institucional de la Administración Pública de Euskadi.
22.– Relaciones financieras interinstitucionales. Cupo. Aportaciones. Sistema Tributario. Principales impuestos. Impuestos directos. Impuestos indirectos. La armonización fiscal en el marco de la Unión Europea.
23.– Aportaciones de las Diputaciones Forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Determinación de los recursos a distribuir. Modelo de distribución vertical. Modelo de distribución horizontal. Fondo General de Ajuste. Participación de las entidades locales en los tributos concertados.
24.– La Hacienda General del País Vasco: concepto, normativa reguladora, actuación pública, prerrogativas. Los Presupuestos Generales de Euskadi y las leyes de Presupuestos Generales de Euskadi. Competencias del departamento responsable en materia de hacienda y finanzas. Competencias de los departamentos.
25.– Contenido de la Hacienda General del País Vasco: derechos y obligaciones. Protección de los derechos (garantías y responsabilidades).
26.– El Sector Público Vasco: la organización institucional del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi: tipología y clasificación de entidades. La composición del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
27.– Estructura, funciones y áreas de actuación de los departamentos del Gobierno Vasco con competencia en materia de hacienda y finanzas, política económica, política industrial y comercial. Entidades del sector público adscritas a dichos departamentos.
28.– Las Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi: el Régimen de la Tesorería General del País Vasco. Gestión de cajas y cuentas. Ingresos: principales ingresos de la Hacienda General del País Vasco. Pagos: modalidades de pago. Transferencias a entidades públicas distintas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
29.– Financiación a Entes integrantes de la Administración Institucional. Registro de Depósitos y Garantías a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El régimen de endeudamiento de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El régimen de prestación de garantías.
30.– Recaudación de la Hacienda General del País Vasco. Gestión recaudatoria: concepto, ámbito y órganos de recaudación.
31.– Recaudación de la Hacienda General del País Vasco. Formas de extinción de la obligación. Pago: legitimación, lugar, plazo y modalidades de pago. Efecto del pago, imputación y justificante de pago. Excesos de recaudación: devolución de ingresos.
32.– Recaudación de la Hacienda General del País Vasco. Aplazamiento y fraccionamiento del pago: competencia, solicitud y efectos. Garantías exigibles. Resolución del procedimiento: inadmisión, archivo, denegación o estimación. Seguimiento del aplazamiento / fraccionamiento.
33.– Recaudación de la Hacienda General del País Vasco. Compensación: deudas compensables, competencia, modalidades y efectos.
34.– Otras formas de extinción de la obligación. Recaudación en período voluntario. Recaudación en período ejecutivo. Procedimiento de apremio.
35.– Los Presupuestos Generales de Euskadi: normativa reguladora. Disposiciones generales Configuración y contenido: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y vigencia. Estados de ingresos y estados de gastos.
36.– Estructura presupuestaria: estructura funcional por programas, estructura orgánica y estructura económica. Clasificación territorial.
37.– Procedimiento de elaboración. Directrices económicas y directrices Técnicas. Anteproyectos, documentación y calendario. Régimen de convenios. Publicación de la Ley de los Presupuestos Generales en boletines oficiales y su divulgación en la página web de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
38.– Régimen de modificaciones de los presupuestos: normas generales, transferencias de créditos, variación en el nivel de competencias y/o servicios, habilitación de créditos, incorporación de créditos, reposición de créditos, créditos adicionales. Documentación y tramitación de los expedientes de modificaciones presupuestarias: normativa reguladora.
39.– Ejecución de los presupuestos: normativa reguladora. Ejecución del ingreso y ejecución del gasto. Liquidación de los presupuestos.
40.– Régimen de prórroga: régimen de los presupuestos generales prorrogados.
41.– Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (capacidad/necesidad financiación, regla de gasto y deuda pública): normativa reguladora. Medidas preventivas, correctivas y coercitivas. Transparencia.
42.– Concepto de contabilidad. Plan general de contabilidad. Principios contables y normas de valoración. Las cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria.
43.– Análisis de estados financieros. Análisis de la rentabilidad. La rentabilidad económica y la financiera. El punto muerto. Ratios de rentabilidad. Los estados financieros de la empresa. Análisis de la situación financiera: solvencia y liquidez. Fondo de maniobra y capital de trabajo.
44.– Matemática financiera. Interés simple y compuesto. Capitalización y descuento. Tipos de interés efectivos y nominales. Valores actuales y finales de rentas. Amortización de préstamos y empréstitos. Conceptos básicos de gestión de carteras de renta fija.
45.– La estructura financiera de la empresa. Financiación propia y financiación externa. Autofinanciación. El Cash-flow. Planes y proyectos de inversión. Criterios de decisión y priorización.
46.– Financiación de empresas. Normativa de ayudas de Estado y de la Unión Europea. Reglamento de minimis. Reglamento de exención por categorías (Sección 2 y 3). Características generales. Programas de ayudas a Pymes de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
47.– Contabilidad Pública: el Plan de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Marco conceptual: imagen de las cuentas anuales. Requisitos de la información a incluir. Principios contables, criterios de registro y criterios de valoración. Las cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria.
48.– Normas de reconocimiento y valoración: inmovilizado material. Inmovilizado intangible. Arrendamientos. Activos construidos o adquiridos por otras entidades. Ingresos con contraprestación. Ingresos sin contraprestación. Transferencias y subvenciones. Adscripciones y otras cesiones gratuitas de bienes y derechos.
49.– Contabilidad presupuestaria. Fases de ejecución del gasto e ingreso presupuestario. Liquidación del presupuesto, resultado presupuestario y remanente de tesorería. Procedimientos especiales de pagos: régimen de fondos anticipados.
50.– Resultado presupuestario y remanente de tesorería. Resultado en términos SEC (capacidad/necesidad de financiación).
51.– Evaluación de las políticas públicas. Técnicas de evaluación de impacto. Análisis coste-beneficio, análisis coste-eficacia y otras técnicas de evaluación.
52.– Auditoría. La Ley de Auditoría. Conceptos básicos. Metodología. Informes y opiniones. Principios y normas de auditoría del sector público.
53.– El control económico interno de la Comunidad Autónoma de Euskadi: la Oficina de Control Económico. La contabilidad y el control contable. El control económico-financiero y de gestión El control económico-administrativo.
54.– El control económico interno de la Comunidad Autónoma de Euskadi: el control interventor y sus modalidades. El control económico-fiscal. El control económico-normativo.
55.– El control económico externo de la Comunidad Autónoma de Euskadi: el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. Composición, ámbito y extensión del control que ejerce, funciones y materias objeto de fiscalización.
56.– El régimen de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Euskadi: disposiciones generales. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Procedimiento de justificación y gestión presupuestaria. Revisión de los actos de concesión. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones. Recuperación de ayudas en caso de deslocalizaciones empresariales.
57.– Ley de Contratos del Sector Público: los contratos de las administraciones públicas. Disposiciones generales.
58.– Entidades de Previsión Social Voluntaria. Modalidades. Planes de Previsión Social. Modalidades. Personas socias y personas beneficiarias. Contingencias y prestaciones. Régimen económico.
ANEXO IV
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE RECURSOS HUMANOS Y FORMACIÓN DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 3 plazas de la Escala de Recursos Humanos y Formación del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 1.
Con exigencia de perfil lingüístico 4: 1.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Recursos Humanos y Formación del Cuerpo Superior Facultativo son las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo III del Decreto 115/2026, de 7 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Recursos Humanos y Formación del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Recursos Humanos y Formación del Cuerpo Superior Facultativo o con contrato laboral de categoría asimilable.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala de Recursos Humanos y Formación del Cuerpo Superior Facultativo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura y diplomatura de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Recursos Humanos y Formación del Cuerpo Superior Facultativo, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Principios y modelos de planificación de recursos humanos en el sector público. Herramientas de planificación de recursos humanos y gestión por competencias: workforce planning-gestión planificada de vacantes, people analytics, cuadros de mando, indicadores KPI, dirección por objetivos, diseño de proyectos de recursos humanos.
2.– Concepto de competencia. Componentes. Objetivos. Características y tipos. Aplicación en recursos humanos.
3.– Instrumentos de ordenación del empleo público: el puesto de trabajo, agrupación de puestos y áreas funcionales, las relaciones de puestos de trabajo, contenido de las relaciones de puestos de trabajo, análisis funcionales.
4.– Instrumentos de planificación del empleo público. Planes de ordenación de empleo público, readscripciones de dotaciones de puestos, plantillas presupuestarias, ofertas de empleo público, registro de personal y gestión integrada de recursos humanos.
5.– El sistema de organización, recursos humanos y personal. Los recursos humanos como gestión de la diferencia.
6.– Valoración de puestos de trabajo. Objeto. Aplicaciones. La valoración de puestos en la legislación sobre empleo público. Métodos de valoración. Procedimientos de revisión.
7.– Evolución de los puestos y nuevos perfiles profesionales de la administración.
8.– La dirección pública profesional. Una perspectiva desde los recursos humanos.
9.– Análisis y diseño de puestos de trabajo. Concepto, características, metodologías, estrategias y aplicaciones de intervención en recursos humanos.
10.– Identificación de criterios de desempeño y perfil del puesto desde el análisis de tareas.
11.– Evaluación del desempeño. Criterio, diseño y métodos. Concepto. Objetivos. Beneficios. Dimensiones y tipos. Actores del proceso. Enfoques y metodologías. Implantación y desarrollo. Sesgos. Relación con productividad y rendimiento. La entrevista de feedback.
12.– El teletrabajo desde los recursos humanos: cómo comprometer actuaciones en tiempo de teletrabajo.
13.– Diseño y evaluación de la carrera profesional. Concepto y modalidades de carrera profesional. La carrera profesional horizontal. Promoción interna.
14.– Diseño y evaluación de sistemas de selección y provisión de personal.
15.– Transformación digital en recursos humanos: automatización, robotización de tareas administrativas, firma y expediente electrónico. La inteligencia artificial generativa en el ámbito de los recursos humanos.
16.– Interoperabilidad y datos de recursos humanos: instrumentos, calidad de datos, integraciones, estándares y analítica avanzada.
17.– Selección de personal. Los procesos selectivos en la administración pública y su conexión con la oferta de empleo público. Principios constitucionales y legales. Sistemas y tipos de selección. Requisitos. El procedimiento selectivo. Procedimiento administrativo común y selección: derechos, recursos y reclamaciones, procedimiento contencioso-administrativo y doctrina jurisprudencial.
18.– Clases de personal al servicio de la administración pública. Selección y provisión de personal funcionario de carrera o interino, laboral fijo o temporal.
19.– Normativa de selección de personal en la administración Local y normativa estatal de aplicación en el conjunto del sector público.
20.– Provisión de puestos de trabajo en empleo público. Modalidades de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario: concurso y libre designación. Movilidad del personal funcionario.
21.– Situaciones administrativas y régimen disciplinario del personal empleado público.
22.– Información, transparencia y protección de datos en los procesos selectivos.
23.– La igualdad de género en la selección.
24.– Acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
25.– Tribunales de selección y comisiones de valoración. Concepto, composición y funcionamiento. Motivos de abstención y recusación.
26.– Selección por competencias. La identificación de predictores desde el análisis de puestos de trabajo. Taxonomías de predictores.
27.– Diseño, aplicación y evaluación de instrumentos selectivos: test de conocimientos, resolución de casos prácticos, pruebas de proyecto.
28.– Diseño y gestión de convocatorias de procesos selectivos. Evaluación y baremos de méritos. Evaluación del euskera en procesos selectivos.
29.– Entrevistas de selección de personal. Entrevista conductual estructurada.
30.– Tipos de formación: (de entrada, para la mejora del desempeño, para la carrera, en procesos selectivos).
31.– Modalidades formativas: presencial, e-learning, blended, microlearning y aprendizaje social.
32.– Diagnóstico e identificación de necesidades formativas. Enfoque y herramientas principales. Interdependencia con el análisis y descripción de puestos: estrategias y métodos.
33.– Diseño del plan de formación (objetivos, destinatarios, metodología, modalidades de formación y programación).
34.– Los planes de formación continua: definición, características. Los acuerdos de formación continua en las administraciones públicas.
35.– La transferencia de la formación. Concepto. La adquisición, uso y generalización de las destrezas.
36.– Evaluación de la formación. Métodos de medida del impacto de la formación en la organización. Elaboración de sistemas de indicadores de resultados en formación.
37.– Los nuevos sistemas formativos y las tecnologías de la información y la comunicación. Nuevos modelos de aprendizaje: colaborativo, basado en proyectos y problemas.
38.– La formación y la carrera profesional. Diseño de itinerarios formativos.
39.– Formación por competencias. Sistema de acreditación y certificación de competencias profesionales.
40.– Gestión del conocimiento. Mentoring. Coaching. Conceptos, aplicaciones y marco teórico.
41.– Didáctica general y especial.
42.– Diseño curricular y elaboración de planes y programas de formación.
43.– Diseño instruccional: análisis de tareas, objetivos de aprendizaje, metodologías activas y evaluación formativa.
44.– Normativa sobre formación en la administración pública.
45.– Normativa en materia de organización de las enseñanzas universitarias y no universitarias. Titulaciones de acceso al empleo público.
46.– Fiabilidad: concepto y métodos de estimación.
47.– La validez en selección: validez de constructo, validez de criterio y validez añadida.
48.– Conceptos básicos de estadística descriptiva, inferencial y correlacional.
49.– Construcción y adaptación de instrumentos de evaluación psicométrica y de competencias.
50.– Criterios de elección y aplicación de instrumentos de evaluación psicométrica: pruebas de personalidad, cuestionarios de aptitudes, entrevistas, Assessment Center.
51.– Técnicas de análisis estadístico y uso de aplicaciones informáticas (SPSS, Excel, JASP, JAMOVI, etc.).
52.– La formación de formadores en seguridad vial.
53.– Seguridad vial: accidentalidad. Grupos y factores de riesgo.
ANEXO V
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 15 plazas de la Escala de Sistemas de Información del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 11.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 4.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Sistemas de Información del Cuerpo Superior Facultativo son las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo III del Decreto 115/2026, de 7 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 2, 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– 3 años de experiencia en gestión de proyectos SAP en administraciones públicas.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Sistemas de Información del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Sistemas de Información del Cuerpo Superior Facultativo o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Sistemas y Tecnologías de la Información correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala de Sistemas de Información del Cuerpo Superior Facultativo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, diplomatura e ingeniería técnica los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Sistemas de Información del Cuerpo Superior Facultativo, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Sistemas operativos y virtualización: definición, fundamentos, administración y evolución.
2.– Introducción a la virtualización ligera mediante contenedores (Docker) y su orquestación con Kubernetes.
3.– Automatización, monitorización y despliegue continuo en entornos mixtos Linux y Windows Server.
4.– Bases de datos: fundamentos del modelo relacional y no relacional (NoSQL, grafos, documentales y clave-valor).
5.– Arquitecturas de almacenamiento modernas: data lake, data warehouse y lakehouse.
6.– Gobierno del dato, calidad y seguridad de la información.
7.– Tecnologías emergentes: Inteligencia Artificial generativa, Edge Computing, 5G/6G, computación cuántica, sostenibilidad digital (Green IT) y su impacto en los servicios públicos.
8.– Redes de comunicación y seguridad perimetral: conceptos, topologías y protocolos.
9.– Redes definidas por software (SDN), Zero Trust Network Architecture (ZTNA), segmentación dinámica, 5G y nuevas tecnologías de conectividad segura.
10.– Internet y servicios web: evolución hacia la Web 3.0, APIs REST y GraphQL, microservicios, desarrollo cloud-native y servicios distribuidos.
11.– Protocolos de comunicación y transferencia de datos.
12.– Desarrollo web y experiencia de usuario: HTML5, CSS3, JavaScript, frameworks modernos (React, Angular, Vue), diseño accesible (WCAG 2.2), usabilidad, SEO semántico y experiencia de usuario.
13.– Difusión y analítica web: gestión de contenidos, accesibilidad avanzada, analítica predictiva mediante IA y estrategias de comunicación en línea.
14.– Integración de servicios de datos abiertos y participación ciudadana.
15.– Procesos y metodologías de desarrollo: ciclo de vida del software, integración continua (CI/CD), DevOps, DevSecOps, testing automatizado e inteligencia artificial en el desarrollo y mantenimiento de aplicaciones.
16.– Modelado y análisis: UML, BPMN 2.0, Domain-Driven Design (DDD) y Metodología METRICA 3.
17.– Metodologías ágiles (Scrum, Kanban, SAFe, Lean) y su aplicación en la Administración Pública.
18.– Gestión de proyectos TIC: planificación, ejecución y control bajo los estándares PMBOK 7, PRINCE2, y metodologías híbridas.
19.– Herramientas colaborativas (Jira, GitHub, Notion) y control de entregables.
20.– Control de calidad y métricas: calidad del software y servicios (ISO/IEC 25010, CMMI), auditoría de sistemas y métricas de desempeño. Modelos de madurez y mejora continua.
21.– Cloud Computing y virtualización: fundamentos, modelos de servicio (IaaS, PaaS, SaaS), FinOps, nube híbrida, nube soberana europea y edge computing.
22.– Despliegue y gestión de entornos virtualizados.
23.– Automatización y observabilidad: gestión de infraestructuras mediante Infrastructure as Code (Terraform, Ansible) y AIOps.
24.– Supervisión predictiva de sistemas y respuesta automatizada ante incidencias.
25.– Administración electrónica: Ley 11/2023, eIDAS 2.0, interoperabilidad (ENS, ENI), identidad digital, firma y sello electrónico, archivo digital y tramitación electrónica integral.
26.– Ciberseguridad integral: marco normativo del Esquema Nacional de Seguridad (RD 311/2022), guías CCN-STIC, Zero Trust, EDR/XDR, seguridad en la nube (CSPM, CWPP) y resiliencia cibernética.
27.– Criptografía moderna y blockchain: fundamentos de cifrado simétrico y asimétrico, algoritmos post-cuánticos (NIST PQC 2024), blockchain, smart contracts e identidad digital descentralizada.
28.– Gestión de incidentes y continuidad: planes de contingencia, copias inmutables, estrategias 3-2-1-1-0, recuperación ante ransomware y sistemas de monitorización avanzada.
29.– Auditoría y gestión de riesgos: metodologías MAGERIT, ISO 27005, NIST RMF y auditoría de modelos de IA.
30.– Evaluación y mitigación de vulnerabilidades en entornos públicos.
31.– Protección de datos personales: RGPD, LOPDGDD, guías AEPD, privacidad diferencial, seguridad en IA y cumplimiento ético en el tratamiento de datos.
32.– Gobernanza del dato: estrategia Europea de Datos, Data Governance Act, Data Act, arquitecturas de datos (data mesh, data fabric) y datos abiertos en la Administración Pública.
33.– Inteligencia artificial en la administración: Reglamento Europeo de IA (AI Act), ética y transparencia algorítmica, automatización administrativa, copilotos de IA y chatbots públicos.
34.– Evaluación y calidad del servicio: cuadro de mando integral, analítica avanzada y predictiva con IA, indicadores de desempeño y creación de valor público.
35.– Gobierno abierto y participación digital: OGP Euskadi, transparencia, acceso a la información.
36.– Evaluación de procesos participativos e innovación pública basada en datos.
37.– Gestión del cambio y competencias digitales: cultura digital, formación continua.
38.– Sostenibilidad tecnológica y liderazgo en la transformación digital de la Administración.
39.– Organización y funcionamiento de un centro de sistemas de información.
40.– Definición, estructura, y dimensionamiento eficiente de los sistemas de información.
ANEXO VI
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE EDIFICACIÓN, URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 10 plazas de la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 9.
Con exigencia de perfil lingüístico 3 en 2027: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Superior Facultativo son las titulaciones habilitantes para el ejercicio de la profesión regulada de arquitectura.
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo III del Decreto 115/2026, de 7 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 2, 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
– La colegiación en el correspondiente colegio profesional que, de conformidad con lo dispuesto en la base general 9.1, deberá acreditarse en el momento de la toma de posesión.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Superior Facultativo o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo Superior Facultativo, opción de arquitectura correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Superior Facultativo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Superior Facultativo, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Estructura y organización de la Administración Pública e Institucional. Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de los Territorios Históricos en materia de edificación, urbanismo y ordenación del territorio.
2.– Contratación administrativa: contratos de las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. Solvencia y clasificación de empresas. Registros o listas oficiales de contratistas. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado y precio del contrato. Preparación de los contratos de las Administraciones Públicas. Adjudicación de contratos. Normas generales. Procedimiento abierto. Normas especiales aplicables a los concursos de proyectos. Efectos, cumplimiento y extinción de contratos. Normas especiales para contratos de obras y servicios. Registros oficiales.
3.– Ordenación del territorio del País Vasco: directrices de ordenación territorial. Objeto, función, determinaciones mínimas, documentación, naturaleza vinculante y procedimiento de aprobación.
4.– Ordenación del territorio del País Vasco: planes territoriales parciales y sectoriales. Objeto, contenido, naturaleza vinculante y procedimiento de aprobación. Integración de los planes territoriales sectoriales con las directrices de ordenación territorial y los planes territoriales parciales.
5.– Ordenación del territorio del País Vasco: proyectos de interés público superior.
6.– Directrices de ordenación territorial. Bases y principios rectores del modelo territorial. Elementos definitorios.
7.– Directrices de ordenación territorial. Modelo territorial y directrices del medio físico e infraestructura verde. Hábitat rural.
8.– Plan Territorial Sectorial Agroforestal de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Disposiciones y directrices generales. Definición de los usos del suelo y actividades. Categorías de ordenación y condicionantes superpuestos. Normas de aplicación.
9.– Directrices de ordenación territorial. Modelo territorial y directrices del hábitat urbano. Sistema urbano, regeneración urbana, perímetro de crecimiento urbano, suelo de actividades económicas y compatibilización de planeamientos.
10.– Directrices de ordenación territorial. Modelo territorial y directrices del hábitat urbano. Cuantificación residencial.
11.– Directrices de ordenación territorial. Modelo territorial y directrices del paisaje, patrimonio cultural y natural y recursos turísticos. Gobernanza.
12.– Directrices de ordenación territorial. Modelo territorial y directrices de la gestión sostenible de los recursos y la movilidad y logística.
13.– Directrices de ordenación territorial. Cuestiones transversales.
14.– Planeamiento territorial sectorial: Plan general de Carreteras del País Vasco. Planes territoriales. Zonas de protección. Plan territorial sectorial de la red ferroviaria de Euskadi. Dominio público, zonas de protección, línea de edificación. Plan Territorial Sectorial de ordenación de los ríos y arroyos de la Comunidad autónoma de Euskadi. Zona de servidumbre, Zona de policía de aguas. Plan territorial sectorial de protección y ordenación del litoral de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Protección del dominio público marítimo-terrestre.
15.– Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco (COTPV). Funciones, composición y régimen de funcionamiento.
16.– Consejo Asesor de Política Territorial. Funciones, composición y régimen de funcionamiento.
17.– El suelo y la rehabilitación urbana. Condiciones básicas de la igualdad en los derechos y deberes constitucionales de la ciudadanía.
18.– Bases del régimen del suelo. Informe de Evaluación de los edificios. Valoraciones.
19.– Expropiación forzosa y responsabilidad patrimonial. Función social de la propiedad y gestión del suelo.
20.– Ley de Vivienda de Euskadi. Disposiciones generales. Competencias, planificación y programación. Patrimonio público de suelo. Derecho subjetivo de acceso a la ocupación legal de una vivienda digna y adecuada.
21.– Ley de Vivienda de Euskadi. Sistema residencial de protección pública. Régimen jurídico de las viviendas de protección pública y los alojamientos dotacionales.
22.– Decreto de régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo. Régimen jurídico básico de la vivienda de protección oficial. Medidas financieras.
23.– Intervención en la edificación y en los conjuntos urbanos y rurales.
24.– Actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado. Disposiciones generales. Condiciones generales que debe reunir una edificación para que se encuentre adecuada estructural y constructivamente. Condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas.
25.– Régimen jurídico de las áreas de rehabilitación integrada y áreas degradadas.
26.– Suelo y urbanismo (legislación). Clasificación, Calificación y régimen del suelo.
27.– La ordenación urbanística y su relación con la ordenación del territorio. Planes y restantes instrumentos de ordenación urbanística.
28.– Tramitación y aprobación del planeamiento y de los restantes instrumentos de ordenación urbanística.
29.– Regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística. Planes de Ordenación Urbanística.
30.– Cuantías y estándares urbanísticos.
31.– Intervención administrativa en el mercado de suelo. Patrimonios públicos de suelo. Derechos de superficie.
32.– Ejecución de la ordenación urbanística. Disposiciones generales.
33.– Régimen de ejecución de programas de actuación para el desarrollo de actuaciones integradas.
34.– Ejecución de las dotaciones públicas de la red de sistemas generales y locales. Edificación de parcelas y solares. Conservación de obras y construcciones.
35.– Condiciones mínimas de habitabilidad y criterios de diseño en viviendas y alojamientos dotacionales.
36.– El patrimonio cultural vasco: modelo de protección. Procedimiento de declaración. Régimen común y específico de Protección del patrimonio. Patrimonio arqueológico y paleontológico.
37.– Registro del Patrimonio Cultural Vasco.
38.– Declaración de ruina de los bienes culturales.
39.– Zonas de presunción arqueológica: régimen de determinación y delimitación.
40.– Ordenación y protección del paisaje. Convenio Europeo del Paisaje. Normativa y figuras de ordenación y protección del paisaje.
41.– Sistemas de Información Geográfica en la Ordenación del Territorio, el Urbanismo y el Medio Ambiente (Udalplan, Indicadores territoriales de sostenibilidad, etc.). Infraestructuras de Datos Espaciales (IDE) Geoeuskadi.
42.– Ley de Ordenación de la Edificación. Disposiciones generales. Agentes de la edificación. Responsabilidades y garantías.
43.– Normativa técnica básica. Código Técnico de la Edificación (CTE) y sus documentos básicos.
44.– Código Técnico de la Edificación: Parte I.
45.– Documentos básicos. DB-SE: seguridad estructural. Generalidades. Documentación. DB-SE-AE: acciones en la edificación. Generalidades. Acciones permanentes. Acciones variables. Acciones accidentales. DB-SE-C: cimientos. Generalidades. Bases de cálculo, generalidades. Estudio geotécnico, generalidades, contenido, confirmación.
46.– Documentos básicos. DB-HE: ahorro de energía. Objeto y ámbito de aplicación. HE 0, 1, 4, 5 y 6.
47.– Documentos básicos. DB-HS: salubridad: objeto y ámbito de aplicación. Protección frente a la humedad; Calidad del aire interior. HS 1, 2.
48.– Documentos básicos. DB-HR: protección contra el ruido. Objeto. Ámbito de Aplicación. Criterios generales de aplicación. Terminología.
49.– Documentos básicos. DB-SI: seguridad en caso de incendio. Objeto. Ámbito de aplicación. Criterios generales de aplicación. Condiciones particulares para el cumplimiento. Condiciones de comportamiento ante el fuego de los productos de construcción y de los elementos constructivos. Propagación interior y exterior. Evacuación de ocupantes. Instalaciones de protección contra incendios. SI 1, 2, 3, 4 y 5.
50.– Documentos básicos. DB-SUA: seguridad de utilización y accesibilidad. Seguridad frente al riesgo de caídas, impacto o de atrapamiento, aprisionamiento, riesgo causado por situaciones con alta ocupación y por vehículos en movimiento. SUA 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.
51.– Ley de accesibilidad vasca y normas técnicas de desarrollo.
52.– Inspección Técnica de Edificios (ITE).
53.– Libro del edificio y manual de uso y mantenimiento.
54.– Ley de evaluación ambiental. Principios y disposiciones generales. Evaluación ambiental.
55.– La Administración Ambiental de Euskadi. Definiciones. Evaluación ambiental. Procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas.
56.– Sostenibilidad. Certificación energética de edificios.
57.– Procedimiento de certificación energética de edificios. Procedimiento de control y registro de los certificados de eficiencia energética.
58.– Condiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
59.– Control de calidad en la construcción.
60.– Gestión de residuos de construcción.
ANEXO VII
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE ESTADÍSTICA Y ANÁLISIS DE DATOS DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 12 plazas de la Escala de Estadística y Análisis de Datos del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 6.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 6.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Estadística y Análisis de Datos del Cuerpo Superior Facultativo son las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería de todos los campos de estudio.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 2, 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Postgrado certificado por una universidad o administración pública de al menos 150 horas en estudios feministas o de género.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable y la aportación de la copia simple del documento acreditativo en el trámite de alegación de méritos.
– Titulación de grado o licenciatura en los siguientes campos de estudio: sociología.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Estadística y Análisis de Datos del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Estadística y Análisis de Datos del Cuerpo Superior Facultativo o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo Superior Facultativo, escala de estadística correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala de Estadística y Análisis de Datos del Cuerpo Superior Facultativo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, diplomatura, e ingeniería técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Estadística y Análisis de Datos del Cuerpo Superior Facultativo, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Legislación y normativa estadística: leyes. Planes. Programas. Organizaciones estadísticas.
2.– Marco legislativo del secreto estadístico. Protección de datos de carácter personal. Confidencialidad.
3.– Deontología y ética de la investigación. Código de buenas prácticas.
4.– Diseño muestral. Técnicas de muestreo. Inferencia estadística y representatividad.
5.– Fuentes de error en operaciones estadísticas. Errores de muestreo. Errores ajenos al muestreo.
6.– Calibración de pesos muestrales. Software de calibración. Métodos de calibración.
7.– Estadística descriptiva e inferencial. Tipos de variables. Medidas. Estimaciones.
8.– Modelos estadísticos. Inferencia y modelización estadísticas.
9.– Análisis de correlación y regresión. Coeficiente de correlación lineal. Coeficiente de determinación. Análisis de la covarianza.
10.– Pruebas de hipótesis. Concepto. Pruebas paramétricas y no paramétricas.
11.– Técnicas de reducción y clasificación de la información. Análisis factorial y de clusters. Conceptos. Métodos. Interpretación de resultados.
12.– Probabilidad. Concepto. Propiedades. Distribuciones de probabilidad. Propiedades de las distribuciones Binomial, Poisson, Normal.
13.– Análisis de la varianza. Concepto general. Modelos con uno y dos atributos.
14.– Análisis de series temporales. Tipos de procesos: autorregresivos. De media móvil. ARMA Y ARIMA.
15.– Análisis de correspondencias. Relaciones con tablas de contingencias. Obtención e interpretación de resultados.
16.– Análisis discriminante. Concepto general. Relación con la regresión. Métodos de obtención. Interpretación de resultados.
17.– Fenómenos demográficos. El reto demográfico en Euskadi.
18.– Sistema Europeo de Cuentas (SEC), contabilidad nacional, cuentas satélites y marco input-output.
19.– Contabilidad pública y contabilidad de empresa. Plan General de Contabilidad Pública. Contabilidad financiera. Análisis contable.
20.– Indicadores y números índices. Concepto. Tipos. Año base. Índices estadísticos.
21.– Estadísticas e indicadores coyunturales y estructurales. Concepto. Clasificaciones por operaciones.
22.– Callejero de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Ubicaciones geográficas. Reutilización de información.
23.– Diseño general de operaciones estadísticas oficiales. Proyectos técnicos. Ficha metodológica. Ficha de calidad.
24.– Desarrollo de trabajos de campo en operaciones estadísticas. Especificidades. Modalidades y técnicas en procesos de encuesta.
25.– Sistemas de metadatos de referencia. Estándares. Normas y métodos de clasificaciones estadísticas. Códigos y nomenclaturas.
26.– Recogida de información. Fuentes. Métodos de recogida. Monitorización de la calidad de la respuesta. Evaluación del proceso de campo.
27.– Uso de fuentes administrativas con fines estadísticos. Recogida normalizada de datos. Integración de fuentes. Inventario de fuentes de información administrativa.
28.– Bases de datos. Tipos de origen de datos. Fusión de ficheros.
29.– Depuración e imputación de datos. Métodos. Estrategias. Criterios de cumplimiento. Validación y control de la calidad de los resultados.
30.– Calidad de la información en la estadística oficial. Fichas de calidad. Indicadores de calidad.
31.– Difusión estadística. Uso de Internet y bancos de datos o sistemas de información. Visualización de datos. Georreferenciación.
32.– Reutilización de datos estadísticos. APIs de los Institutos de estadística. Portales de datos abiertos. Fuentes privadas.
33.– Herramientas informáticas de producción, análisis y difusión estadística: SAS, SPSS, BLAISE, PC-AXIS, Lenguaje R, Excel, PowerBI, Phyton.
34.– La investigación social. Tipos y métodos. Recogida de la información. Análisis de datos. Fiabilidad y validez.
35.– Investigación cualitativa: el diseño de la investigación cualitativa. La obtención de datos en la investigación cualitativa. Muestreo cualitativo, criterios de validez.
36.– Técnicas de investigación cualitativa: la entrevista en profundidad, el grupo de discusión, la observación participante, la técnica Delphi, las historias de vida.
37.– La investigación social participativa. La IAP (Investigación-Acción-Participativa). Fases y técnicas de investigación participativa.
38.– Enfoque de género en la investigación y en su difusión.
39.– Elaboración de planes estratégicos de políticas públicas.
40.– La evaluación de políticas públicas: definición y caracterización.
41.– La institucionalización de la evaluación de políticas públicas.
42.– Pasos para el diseño y realización de una evaluación de política pública.
43.– El uso de indicadores para la evaluación de políticas, planes y programas.
44.– La metodología cualitativa en la evaluación de políticas públicas.
45.– El proceso electoral. Los sistemas electorales. La participación electoral. Modelos de explicación del voto. Ley de D´Hondt.
46.– Previsiones electorales. Dificultades y posibilidades.
47.– Marco normativo vigente en la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre juventud. Planificación de las políticas públicas de juventud en el Gobierno Vasco.
48.– Marco normativo vigente en la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre infancia y adolescencia. Planes y Estrategias del Gobierno Vasco en vigor en materia de infancia y adolescencia.
49.– La investigación sobre infancia, adolescencia y juventud en el Gobierno Vasco. Observatorios. Estudios e indicadores.
50.– Marco normativo vigente en la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre servicios sociales. Plan Estratégico en vigor de servicios sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La cartera de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
51.– La investigación sobre servicios sociales en el Gobierno Vasco. Observatorios. Estudios e indicadores.
52.– El espacio sociosanitario en Euskadi. La gobernanza sociosanitaria de Euskadi.
53.– La estrategia de atención sociosanitaria de Euskadi en vigor.
54.– Plan Estratégico en vigor de cultura.
55.– La investigación sobre la cultura en el Gobierno Vasco. Observatorios. Estudios e indicadores.
56.– Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030. Indicadores y metas. Medición del progreso de los objetivos.
57.– Nuevas tecnologías y herramientas en la estadística oficial. Big data. Inteligencia artificial. Data Mining. Web scraping. Aplicación a las ciencias sociales.
58.– Gobernanza de los datos. Plan Estratégico de Gobernanza e Innovación Pública. Estrategia de gobierno digital.
59.– Transferencia de datos. Interoperabilidad. Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI).
ANEXO VIII
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA INDUSTRIAL DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 11 plazas de la Escala Industrial del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 10.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala Industrial del Cuerpo Superior Facultativo son las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Así como la titulación habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniería Industrial.
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo III del Decreto 115/2026, de 7 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
– Titulación habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de ingeniería industrial.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
– La colegiación en el correspondiente colegio profesional que, de conformidad con lo dispuesto en la base general 9.1, deberá acreditarse en el momento de la toma de posesión.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala Industrial del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala Industrial del Cuerpo Superior Facultativo o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo Superior Facultativo, opción ingeniería industrial correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala Industrial del Cuerpo Superior Facultativo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, sí se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en la Escala Industrial del Cuerpo Superior Facultativo, dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Leyes de industria (estatal y autonómica). La seguridad y la calidad industriales. El régimen general de inicio, puesta en servicio, funcionamiento y control de las actividades e instalaciones de seguridad industrial.
2.– El Registro Industrial Integrado: ámbito.
3.– Instalaciones industriales. Objeto / ámbito de aplicación material, diseño, ejecución o construcción, puesta en servicio, funcionamiento, mantenimiento e inspección periódica de las instalaciones y establecimientos industriales sometidos a reglamentación en materia de seguridad industrial.
4.– Instalaciones en edificios. Objeto / ámbito de aplicación material, diseño, ejecución o construcción, puesta en servicio, funcionamiento, mantenimiento e inspección periódica de las instalaciones y establecimientos en edificios de uso residencial, comercial, administrativo y de servicios, sometidos a reglamentación en materia de seguridad en las instalaciones.
5.– Reglamento electrotécnico para baja tensión.
6.– Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
7.– Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
8.– Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y apartado de protección contra incendios del código técnico.
9.– Reglamento de instalaciones térmicas.
10.– Reglamento de instalaciones de gas.
11.– Reglamento de equipos a presión. Instrucción Técnica de Calderas.
12.– Criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis en edificios.
13.– Productos industriales. Objeto / ámbito de aplicación material, puesta en servicio, mantenimiento, control e inspección de aparatos elevadores. Definición de máquina, cuasi máquina y equipo intercambiable. Obligaciones del fabricante en la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Reglamento de aparatos elevadores.
14.– Marco normativo del sector eléctrico. El régimen jurídico aplicable a las actividades de transporte, distribución, comercialización y suministro de energía eléctrica y a las relaciones entre los distintos sujetos que las desarrollan.
15.– Procedimientos de autorización para la construcción, modificación, ampliación y explotación de instalaciones eléctricas. Régimen jurídico de las modalidades de autoconsumo, requisitos de medida y gestión de la energía eléctrica consumida y producida.
16.– Marco normativo del sector de hidrocarburos. El régimen jurídico aplicable a las actividades de transporte, distribución, comercialización y suministro.
17.– Procedimientos de autorización de las instalaciones de almacenamiento, regasificación, transporte y distribución de gas natural.
18.– Marco normativo sobre residuos y suelos contaminados.
19.– Marco normativo de la accesibilidad. El régimen jurídico aplicable a las condiciones de accesibilidad en edificios, espacios públicos e infraestructuras.
20.– Procedimiento de control de las actuaciones para garantizar la accesibilidad universal.
21.– Código Técnico de la Edificación (CTE). Documento básico de salubridad. Calidad del aire interior. Diseño, dimensionado, mantenimiento y conservación.
22.– Sistemas de gestión y control de las instalaciones.
23.– Seguridad y salud laboral.
24.– Gestión de proyectos. Dirección de obras. Seguimiento de obras. Licencias.
25.– Metrología. Fases y ejecución del control metrológico del Estado. Obligaciones de los agentes económicos.
26.– Sostenibilidad, transición y eficiencia energéticas. Principios, objetivos y acciones generales de la Ley de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca. Finalidades, principios e instrumentos de planificación de la Ley de Transición Energética y Cambio Climático.
27.– Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios: ámbito de aplicación. Modalidades de certificados de eficiencia energética. La etiqueta de eficiencia energética.
28.– Vehículos. Tipos de inspecciones técnicas. Frecuencia de las inspecciones técnicas periódicas.
29.– Movilidad sostenible: normativa sobre movilidad sostenible. Normativa sobre planes de movilidad sostenible. Estrategia de movilidad sostenible e inteligente de la UE. Plan de Movilidad Sostenible de Euskadi.
30.– Transporte público de personas viajeras en automóviles de turismo: normas generales, régimen competencial, régimen jurídico para el desempeño de la actividad, régimen tarifario.
31.– Transporte de personas viajeras por carretera: disposiciones generales, régimen competencial, planificación y coordinación, régimen jurídico para el desempeño de la actividad de transporte público, estaciones de viajeros.
32.– Transporte de mercancías por carretera: condiciones para el ejercicio del transporte y de las actividades auxiliares y complementarias del mismo, clasificación.
33.– Transporte de mercancías peligrosas por carretera. Capacitación profesional de consejeros y consejeras de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.
34.– Transporte ferroviario. Normativa del sector ferroviario: infraestructura ferroviaria (disposiciones generales), transporte ferroviario, régimen sancionador y de inspección.
35.– Euskal Trenbide Sarea: naturaleza, principios de actuación, objeto y funciones. Eusko Trenbideak: régimen jurídico y objeto.
36.– Transporte por cable. Normativa europea sobre transporte por cable: disposiciones generales. Normativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi sobre transporte por cable. Instalaciones de transporte por cable de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
37.– Transporte marítimo y aéreo. Registro de empresas operadoras del transporte marítimo. Sociedades de promoción aérea: objeto e integrantes.
38.– Autoridades y consorcios de transporte. Autoridad de Transporte de Euskadi. Autoridades y consorcios territoriales del transporte: objeto, ámbito, funciones e integrantes.
39.– Red transeuropea de transporte y logística. Red transeuropea de transporte: principios generales, disposiciones generales, disposiciones específicas, nodos de la red TEN-T en la CAPV.
40.– Red transeuropea de transporte y logística. Centros logísticos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
41.– Observatorio del Transporte de Euskadi (OTEUS). Panorámica del transporte en Euskadi: evolución general, indicadores clave.
42.– Estudio de movilidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi: conclusiones del informe de resultados, diseño metodológico. Imagen de la Demanda de Transportes en la Comunidad Autónoma de Euskadi: resumen y conclusiones del transporte de personas y mercancías, metodología. Costes externos del transporte de la Comunidad Autónoma de Euskadi: síntesis de costes totales y medios.
43.– Digitalización del transporte. Implantación de los sistemas inteligentes de transporte (SIT) en el sector del transporte. Servicios de información sobre desplazamientos multimodales en la Unión Europea. Títulos de transporte de la Comunidad Autónoma de Euskadi: operadores e interoperabilidad de tarjetas de transporte.
44.– Gestión del tráfico: implantación de los sistemas de transporte inteligentes en el sector de transporte por carretera y para las interfaces con otros modos de transporte.
45.– Régimen jurídico de las carreteras del Estado: planificación, proyección, construcción, puesta en servicio y explotación.
46.– Centro de Gestión de Tráfico de Euskadi.
47.– Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Procedimiento sancionador.
48.– Transportes especiales: criterios para emitir los informes preceptivos y vinculantes relativos a las autorizaciones de transportes especiales.
49.– Equipamiento vial: instrucciones de carreteras sobre señalización vertical, marcas viales, trazado y señalización móvil de obras.
50.– Seguridad vial: guía para el proyecto y ejecución de obras de señalización horizontal. Cartelería de instalaciones, equipamiento de los vehículos de conservación y explotación y elementos de balizamiento en la Red de Carreteras del Estado.
51.– Comisión de Seguridad Vial de Euskadi. Planes de seguridad vial.
52.– La industria en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Política de clústeres. Competitividad e innovación. Plan de industria Euskadi. Programas de Ayuda del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
53.– Investigación y política científico-tecnológica. Normativa sobre investigación, desarrollo e innovación. Red vasca de ciencia, tecnología e innovación.
ANEXO IX
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA JURÍDICA DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 85 plazas de la Escala Jurídica del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, por el turno libre, de acuerdo con la siguiente distribución:
a) Modalidad de acceso general: 81.
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 23.
Con exigencia de perfil lingüístico 3 en 2027: 3.
Con exigencia de perfil lingüístico 4: 31.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 24.
b) Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad: 4.
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 1.
Con exigencia de perfil lingüístico 4: 1.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– Las personas que concurran por la modalidad reservada para personas con discapacidad deberán, además, cumplir lo indicado en el apartado 4.2 de las bases generales.
2.3.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.4.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala Jurídica del Cuerpo Superior Facultativo son las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo III del Decreto 115/2026, de 7 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Formación de 600 horas para el desempeño de las funciones de prevención de riesgos laborales de nivel superior o certificación de formación o título habilitante para ejercer de técnico/a superior de prevención de riesgos laborales con las 3 especialidades.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable y la aportación de la copia simple del documento acreditativo en el trámite de alegación de méritos.
– Ingles B2.
Únicamente serán válidos a estos efectos, los títulos y certificados que, para cada nivel e idioma, se recogen en el anexo del Decreto 117/2015, de 30 de junio, de equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos, así como en el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, que, con carácter básico, establece las equivalencias entre las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudio y las del Real Decreto.
Títulos y certificaciones expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, deberán ser alegados en el plazo de alegación de méritos.
Títulos y certificaciones expedidos por otras entidades. Además de su declaración deberá aportarse copia simple del documento acreditativo.
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala Jurídica del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala Jurídica del Cuerpo Superior Facultativo o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo Superior Facultativo, opción licenciatura en derecho correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala Jurídica del Cuerpo Superior Facultativo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura y diplomatura de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala Jurídica del Cuerpo Superior Facultativo, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– La Unión Europea como ordenamiento jurídico supranacional: evolución histórica, naturaleza jurídica y objetivos de integración. Análisis sistemático del marco institucional de la Unión Europea. Funciones y equilibrio interinstitucional.
2.– El Derecho de la Unión Europea como sistema normativo autónomo: principios estructurales (primacía, efecto directo, responsabilidad del Estado). Relaciones entre el Derecho de la Unión y el ordenamiento interno: aplicación judicial, impacto sobre la potestad legislativa y reglamentaria. Participación del Estado y de las Comunidades Autónomas en la formación y ejecución del Derecho de la Unión.
3.– La Constitución española como norma jurídica suprema: estructura, valores superiores y principios constitucionales. Derechos fundamentales: contenido esencial, límites, garantías jurisdiccionales y constitucionales.
4.– El Tribunal Constitucional: composición, organización y funciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. Conflictos constitucionales.
5.– El Poder Judicial: la regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial: organización y competencias. El Tribunal Supremo.
6.– El Estado Autonómico I: antecedentes. Principios. Proceso de acceso a la autonomía de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El modelo de distribución competencial en la Constitución española. Normas atributivas extraestatutarias. La interpretación del Tribunal Constitucional.
7.– El Estado Autonómico II: la potestad legislativa. La ley autonómica: sus límites. La competencia legislativa compartida: bases estatales y desarrollo autonómico. La potestad reglamentaria. Las competencias ejecutivas: la ejecución de la legislación estatal. Las facultades estatales de vigilancia y alta inspección.
8.– Los derechos históricos de los Territorios Forales: origen y fundamento jurídico. Aplicación y alcance del régimen foral actual.
9.– Estatuto de Autonomía del País Vasco: naturaleza y fundamento constitucional. Principios básicos. Estructura y contenido. Competencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi: exclusivas, compartidas, de ejecución. Límites y principios de ejercicio. Conflictos competenciales y mecanismos de resolución.
10.– El euskera: régimen jurídico en el marco autonómico y estatal. Derechos lingüísticos de la ciudadanía. El euskera en las administraciones públicas vascas.
11.– Instituciones comunes de Euskadi. El Parlamento vasco: composición y sistema electoral. Funciones legislativas y de control. Organización interna. El lehendakari: elección y nombramiento. Atribuciones y responsabilidad política. El Gobierno Vasco: estructura y organización. Funciones y competencias.
12.– La administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi: principios de organización. Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas. La organización institucional del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi: tipología y clasificación de entidades. Estructura y organización de la Administración general e institucional.
13.– Órganos e instituciones de control y garantía en Euskadi. El Ararteko: ámbito de actuación y relación con los organismos y entidades sometidos a control. El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas: función fiscalizadora. El Consejo Económico y Social del País Vasco: funciones y naturaleza. La Autoridad Vasca de Protección de Datos: naturaleza y potestad de investigación.
14.– La organización territorial de Euskadi: estructura institucional. Distribución competencial en el Estatuto y en la Ley de Territorios Históricos. Clases de competencias. Instituciones locales de Euskadi: regulación constitucional, estatal y autonómica. Estructura organizativa: municipios, concejos y entidades locales menores.
15.– Sistema electoral vasco: normativa aplicable y principios del sistema electoral. Organización y procedimiento electoral.
16.– Relaciones entre el Parlamento Vasco y el Gobierno Vasco: control parlamentario. Moción de censura y cuestión de confianza. Procedimientos de interpelación y preguntas. Comparecencias y comisiones de investigación.
17.– Relaciones entre instituciones comunes y forales: marco jurídico y principios de coordinación institucional. Mecanismos de cooperación y resolución de conflictos.
18.– Relaciones institucionales con el Estado: mecanismos de cooperación. Participación en órganos estatales.
19.– Relaciones institucionales con la Unión Europea: Delegación de Euskadi en Bruselas y funciones. Participación en el Comité de las Regiones.
20.– El sector público vasco: composición. Principios de actuación.
21.– Régimen jurídico del medio ambiente en el País Vasco: competencias medioambientales y coordinación de la política Ambiental. Información y participación pública en materia Ambiental.
22.– Urbanismo y ordenación del territorio en Euskadi: legislación urbanística vasca. Planes territoriales y urbanísticos. Competencias y procedimientos.
23.– Industria, comercio y consumo. Competencias en materia de industria y régimen general de inicio y funcionamiento de las actividades industriales. Vigilancia y control. Inspección de consumo, potestad sancionadora. Infracciones y sanciones en materia de ordenación de la actividad comercial.
24.– Sanidad y Salud Pública. El Sistema sanitario de Euskadi: ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud. El Sistema de Salud Pública de Euskadi. Coordinación, cooperación e interacción entre el Sistema de Salud Pública de Euskadi y el Sistema Sanitario de Euskadi.
25.– Educación. Competencias autonómicas. Gobernanza, planificación y contrato programa. La Inspección del Sistema educativo.
26.– Seguridad pública y policía en el País Vasco. Sistema de seguridad pública: autoridades, órganos y planificación. Organización de la Policía del País Vasco. La Ertzaintza o Cuerpo de la Policía Autónoma Vasca.
27.– Protección de datos personales en la Administración Vasca: marco normativo. Derechos: acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación.
28.– La Administración Pública: concepto jurídico de Administración pública. Pluralidad de Administraciones Públicas. El principio de legalidad administrativa.
29.– Las potestades administrativas: concepto, clases y límites. La autotutela administrativa, declarativa y ejecutiva. La discrecionalidad administrativa y la discrecionalidad técnica. Límites jurídicos: interdicción de la arbitrariedad y desviación de poder. Control de las potestades administrativas.
30.– Fuentes del derecho administrativo. La Constitución, los tratados internacionales y el Derecho de la Unión Europea. La costumbre, la jurisprudencia y los principios generales del derecho. La ley y sus clases. Normas gubernamentales, del Gobierno central y del Gobierno Vasco, con valor de ley. El reglamento: concepto, clases y límites. La potestad reglamentaria en la Administración general de la Comunidad autónoma.
31.– Procedimiento administrativo común: principios generales. Iniciación, ordenación e instrucción. Terminación del procedimiento. El silencio administrativo. Derechos de las personas interesadas.
32.– Actos administrativos: concepto y clases de actos administrativos. Requisitos de validez y eficacia. Nulidad y anulabilidad.
33.– Elaboración de disposiciones de carácter general por la Administración de la Comunidad Autónoma: preparación e iniciación del procedimiento. Instrucción del procedimiento. Finalización y aprobación. Normas sobre el procedimiento administrativo común: iniciación del procedimiento. Ordenación e instrucción. Terminación: resolución, desistimiento y caducidad.
34.– La asistencia jurídica a la Administración General de la Comunidad Autónoma: órganos de provisión de la asistencia jurídica pública. Función de asesoramiento jurídico a través de informes.
35.– La función consultiva en la actividad de la Comunidad Autónoma. La Comisión jurídica asesora de Euskadi: competencia. Procedimiento de consulta.
36.– La técnica normativa en la Administración de la Comunidad Autónoma: principios y objetivos de las directrices normativas. Estructura y técnica normativa en la elaboración de disposiciones.
37.– El expediente administrativo: concepto y derecho de acceso al expediente. La lengua de los expedientes. El expediente en el proceso contencioso-administrativo.
38.– Control de la potestad reglamentaria. En vía administrativa: revisión de oficio. En vía judicial: recurso contencioso-administrativo. Procedimientos ordinario y abreviado. Medidas cautelares. Recursos.
39.– Control de los actos administrativos. Control interno: revisión de oficio y recursos administrativos. Control externo: jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión. Órganos y competencias. La función contenciosa del Servicio Jurídico Central del Gobierno Vasco.
40.– Organización administrativa y relaciones interorgánicas. Principios de organización administrativa. Órganos administrativos: órganos superiores, directivos y periféricos Relaciones interorgánicas: jerarquía, coordinación y dirección. Órdenes, instrucciones y circulares: concepto y eficacia jurídica. Órganos colegiados: régimen jurídico y funcionamiento básico.
41.– La competencia en el sector público vasco: desconcentración, delegación, delegación de firma. Suplencia, avocación, encomienda de gestión intrasubjetiva.
42.– Colaboración y coordinación interadministrativa en el sector público vasco: cooperación económica, técnica y administrativa. Convenios de colaboración y planes de actuación conjunta. Delegación interadministrativa y delegación intersubjetiva de funciones.
43.– Administración electrónica en el sector público vasco: principios de la actuación administrativa electrónica. Derechos de la ciudadanía. Simplificación de procedimientos administrativos mediante servicios y canales electrónicos.
44.– Responsabilidad de las administraciones públicas: principios de responsabilidad patrimonial. Procedimiento de reclamación. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio de la Administración.
45.– La expropiación forzosa: concepto y fundamento constitucional. Elementos del procedimiento expropiatorio. Garantías del expropiado. Los jurados de expropiación forzosa en Euskadi.
46.– La potestad sancionadora de la Administración de la Comunidad Autónoma: principios de la potestad sancionadora. Procedimiento sancionador. Garantías de la ciudadanía.
47.– El dominio público y el patrimonio de Euskadi: régimen jurídico del dominio público. Gestión y protección del patrimonio vasco. Régimen de conservación del dominio público portuario.
48.– Contratación pública: marco normativo europeo: relación jerárquica y principio de primacía del Derecho de la UE. Marco normativo español: normativa básica estatal. Marco normativo de Euskadi. Principios generales de la contratación pública.
49.– Ley de contratos del sector público: ámbito de aplicación. Ámbito objetivo: el concepto de «contratos del sector público» y su delimitación. Ámbito subjetivo. Negocios y contratos excluidos. Objeto del contrato. Tipos de contratos. Partes del contrato. Preparación, adjudicación y ejecución del contrato.
50.– Régimen de invalidez. Recurso especial en materia de contratación. El Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Órganos de contratación. Órganos de asistencia. Órganos consultivos. Órganos fiscalizadores (Tribunal de Cuentas/Comisión Europea).
51.– Registros oficiales. Gestión de la publicidad contractual por medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
52.– Infracciones en el orden social: competencia de la Comunidad Autónoma en la función inspectora. Instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores por incumplimientos de la normativa laboral.
53.– Empleo público en las administraciones vascas: marco normativo y sistemas de acceso. Principios del empleo público en Euskadi. Acceso, carrera profesional y provisión del personal al servicio de las administraciones públicas vascas: sistemas de acceso y selección.
54.– Estatuto jurídico del personal al servicio de las administraciones vascas: carrera profesional y promoción interna. Provisión de puestos y movilidad. Derechos y deberes del personal de la Administración: derechos individuales y ejercidos colectivamente. Responsabilidad y régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario.
55.– Principios ordenadores de la Hacienda General del País Vasco: principios rectores y normativa básica. Potestades de armonización, coordinación y colaboración fiscal. Órgano de coordinación tributaria.
56.– El concierto económico: naturaleza y características. Relaciones tributarias entre Euskadi y el Estado. Competencias normativas y gestión tributaria. Relaciones financieras y el cupo: concepto y fundamento jurídico. Metodología para su determinación. Relaciones económico-financieras internas: instituciones comunes y Territorios históricos. El Consejo Vasco de finanzas públicas. Criterios de reparto y coeficientes.
57.– Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi: principios presupuestarios y normativa aplicable. Contenido y estructura.
58.– Régimen de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: principios generales y requisitos para otorgamiento. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Revisión de actos de concesión de subvenciones.
59.– El control económico externo. El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas: composición y elección de sus miembros, ámbito y extensión del control que ejerce, funciones y materias objeto de fiscalización.
60.– El control económico interno. Principios del control económico interno. La Oficina de Control Económico. El control contable. El control económico-financiero y de gestión: alcance y finalidad. Modo de ejercicio. Informes de control financiero y actas de control financiero. El control económico-administrativo: objeto y ámbito de aplicación, modo de ejercicio. El control interventor: definición e integración. Objetivos, finalidades y modalidades. El control económico-fiscal: objeto y ámbito de aplicación. Alcance y extensión, modos de ejercicio, los informes de fiscalización y sus efectos, la omisión de la fiscalización previa. El control económico-normativo: objeto y ámbito de aplicación, modo de ejercicio.
ANEXO X
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA NAVAL DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza de la Escala Naval del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre, modalidad de acceso general y con exigencia de perfil lingüístico 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala Naval del Cuerpo Superior Facultativo son las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo III del Decreto 115/2026, de 7 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala Naval del Cuerpo Superior Facultativo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala Naval del Cuerpo Superior Facultativo o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo Superior Facultativo, opción licenciatura en máquinas navales, opción licenciatura en náutica y transporte marítimo y opción ingeniería naval y oceánica correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala Naval del Cuerpo Superior Facultativo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, diplomatura e ingeniería técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, sí se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en la Escala Naval del Cuerpo Superior Facultativo, dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Pesca marítima: Ley 6/1998, de 13 de marzo, de pesca marítima. Ley 3/2001, de 26 de marzo, de pesca marítima del Estado.
2.– Competencias en materia de pesca, marisqueo y acuicultura: distribución de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía. Líneas base.
3.– Marisqueo y recogida y comercialización de algas y sargazos. Ordenación del marisqueo en el País Vasco.
4.– Marisqueo y zonas protegidas.
5.– Percebes. Planes de Gestión en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
6.– Pesca turismo.
7.– Pesca marítima recreativa.
8.– Pesca de la angula en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
9.– Organización internacional de la pesca. ICCAT, ICES / CIEM.
10.– Política Pesquera Común. Reglamento. (UE) No 1380/2013 del Parlamento europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2013.
11.– Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.
12.– RD 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales. Modificado por el RD 146/2023, de 28 de febrero.
13.– Pesca con artes menores en el litoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Legislación.
14.– El ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales. Legislación.
15.– Reglamento CE 1224/2009 del Consejo de 20 de noviembre de 2009 por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política común modificado por el Reglamento UE 2023/2842 de 22 de noviembre de 2023.
16.– Reglamento de Ejecución (UE) No 404/2011 de la Comisión de 8 de abril de 2011 que establece las normas de desarrollo del Reglamento (CE) no 1224/2009 del Consejo por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común.
17.– Reglamento UE 1379/2013 del parlamento europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de pesca y de la acuicultura.
18.– Programa nacional de control de la trazabilidad y de la transmisión de la información al consumidor de los productos de la pesca y de la acuicultura en el ámbito del Reglamento (CE) 1224/2009.
19.– La primera venta de los productos pesqueros. Legislación.
20.– Especies principales, distribución, modos de pesca, importancia económica, tallas mínimas.
21.– La flota pesquera vasca. Clasificación, modalidades de pesca, distribución geográfica, tramos de arqueo.
22.– Ordenación pesquera y cambio de puertos base. Legislación.
23.– Líneas de base. Aguas interiores marítimas. Mar territorial. Zona contigua. Zona económica exclusiva.
24.– Dominio público marítimo terrestre.
25.– Puerto. Concepto. Tipos de puertos: pesquero, comercial, náutico-recreativo, industrial, mixto. Zonificación de los puertos.
26.– Dominio público portuario de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
27.– Tasas portuarias por servicios generales y específicos.
28.– Competencias de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de puertos.
29.– Servicios portuarios generales y específicos. Régimen de prestación.
30.– Procedimiento de escala en puerto.
31.– Cierre de puerto, prohibición de la navegación y restricción de la navegación.
32.– Utilización privativa del dominio público portuario. Concesiones y autorizaciones.
33.– Abanderamiento y Registro de buques.
34.– Titulaciones de recreo. Atribuciones. Convalidaciones. Listas sexta y séptima.
35.– Alquiler de embarcaciones. Arrendamiento náutico con y sin dotación.
36.– Ente público de derecho privado Euskadiko Kirol Portuak.
37.– Practicaje. Habilitación. Nombramiento. Obligatoriedad de prestación del servicio. Responsabilidad del práctico. Exenciones.
38.– Contaminación marina. Sistema Nacional de Respuesta ante la contaminación marina. Subsistemas. Planes Interiores Marítimos.
39.– Residuos marinos. Planes de recepción de residuos procedentes de los buques y residuos de carga. Desechos pescados de manera no intencionada. Tipos de residuos. Instalaciones receptoras. Procedimientos de recepción y gestión de desechos. Trazabilidad del residuo.
40.– Planes de Emergencia Interior.
41.– Planes de Protección de Instalaciones Portuarias. Evaluación de la Protección. Planes de protección. Niveles de protección. Sistema de inspecciones.
42.– Programas subvencionales. Gestión de subvenciones. Subvenciones nominativas.
43.– Capitanías y distritos marítimos.
44.– Titulaciones profesionales de marina mercante. Convenio STCW.
45.– Transporte marítimo. Competencias de Euskadi en transporte marítimo. Navegación de cabotaje. Reserva de bandera. Registro de empresas operadoras del transporte marítimo en Euskadi.
46.– Organización Marítima Internacional (OMI).
47.– EUROSTAT. Transmisión de datos estadísticos tráfico marítimo.
48.– Política Marítima Integrada de la Unión Europea.
49.– Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA). Seguimiento del tráfico marítimo.
50.– Estrategias marinas. Protección del medio marino.
51.– Ordenación del espacio marítimo.
52.– Servicios portuarios UE. Transparencia financiera de los puertos.
ANEXO XI
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE TÉCNICO/TÉCNICA EN MATERIA DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN DEL CUERPO SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 15 plazas de Técnico/Técnica en materia de igualdad entre mujeres y hombres de la Escala de Administración del Cuerpo Superior de Administración de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre, modalidad de acceso general y exigencia de perfil lingüístico 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para los puestos de Técnico/Técnica en materia de igualdad entre mujeres y hombres de la Escala de Administración del Cuerpo Superior de Administración es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a los puestos de Técnico/Técnica en materia de igualdad entre mujeres y hombres de la Escala de Administración del Cuerpo Superior de Administración son las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería de todos los campos de estudio.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 3. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, todos los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria tienen asignado el requisito específico de especialidad en igualdad entre mujeres y hombres.
En este sentido y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 57/2022, de 3 de mayo, por el que se establecen las funciones de las escalas de los cuerpos especiales de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, se regulan las especialidades y se crea la Especialidad en Igualdad de Mujeres y Hombres, adquirirán la especialidad de igualdad entre mujeres y hombres aquellas personas aspirantes que superen la fase oposición.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional en puestos adscritos a la especialidad en igualdad de mujeres y hombres en la relación de puestos de trabajo vigente.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados en puestos con funciones asimilables y misma titulación de acceso que los puestos de Técnico/Técnica en materia de igualdad entre mujeres y hombres de la Escala de Administración del Cuerpo Superior de Administración.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería y diplomatura de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación en los puestos de Técnico/Técnica en materia de igualdad entre mujeres y hombres, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– El sistema sexo-género y la socialización de género: incidencia en la construcción de la identidad personal y la organización social.
2.– Principales desigualdades entre mujeres y hombres en Euskadi en diversos ámbitos: demografía, cultura, deporte, educación, trabajo productivo y reproductivo, recursos económicos y sociales, salud, juventud, empoderamiento, participación, usos del tiempo y violencia machista.
3.– Estrategia dual para la igualdad de mujeres y hombres: la acción positiva y el mainstreaming de género.
4.– Principio de igualdad en el ámbito internacional: elementos principales de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
5.– Principio de igualdad en la Unión Europea. Elementos principales en los tratados de la Unión Europea y en la Estrategia para la Igualdad de Género.
6.– Principio constitucional de igualdad y el derecho fundamental a no sufrir discriminación por razón de sexo. Tipos de discriminación: directa e indirecta.
7.– Principios de actuación de los Poderes Públicos del Estado, derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, así como medidas destinadas a eliminar y corregir, en los sectores público y privado, toda forma de discriminación por razón de sexo.
8.– Principios generales de la actuación de los Poderes Públicos de Euskadi en materia de igualdad de mujeres y hombres, así como medidas dirigidas a promover y garantizar la igualdad de oportunidades y trato de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida.
9.– Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer: fines, objetivos y funciones principales.
10.– Unidades Administrativas para el impulso y coordinación de las políticas de igualdad en los departamentos, organismos autónomos y entes públicos del Gobierno Vasco.
11.– Órganos de coordinación interinstitucional e interdepartamental para la igualdad de mujeres y hombres.
12.– Planificación estratégica para la Igualdad de mujeres y hombres en Euskadi: orientaciones para la actuación de los poderes públicos vascos.
13.– Evaluaciones recientes de políticas públicas para la igualdad de mujeres y hombres en Euskadi: plan vigente y Ley para la igualdad.
14.– Los procesos de empoderamiento de las mujeres: concepto legal, dimensiones e instrumentos de implementación.
15.– Comisión Consultiva de Emakunde: aspectos principales de la interlocución del asociacionismo de mujeres de Euskadi.
16.– Reconocimiento de Emakunde a entidades de Euskadi con trayectoria en la implementación de políticas de igualdad de mujeres y hombres en sus organizaciones.
17.– Medios de comunicación social y publicidad no sexistas en la Comunidad Autónoma de Euskadi: órgano de asesoramiento y control, así como código de autorregulación.
18.– Violencia contra las mujeres: origen, concepto, tipología y principales medidas previstas en la legislación de la Comunidad Autónoma de Euskadi para vidas libres de violencia machista contra las mujeres.
19.– Coordinación y cooperación interinstitucional para la atención a víctimas de violencia machista contra las mujeres en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
20.– Principales medidas preventivas, educativas, sociales, asistenciales y penales para la protección integral contra la violencia de género a nivel estatal.
21.– Implicación de los hombres a favor de la igualdad y contra la violencia machista: previsiones legales, dimensiones e instrumentos de implementación.
22.– La importancia del lenguaje en la construcción de la identidad personal y social: recomendaciones y pautas para un uso no sexista del lenguaje.
23.– Evaluación previa de impacto en función del género en el Gobierno Vasco: directrices y aplicación práctica.
24.– Presupuestos Públicos con perspectiva de género de la administración general de Euskadi.
25.– Cláusulas para la igualdad de mujeres y hombres en contratos, subvenciones y convenios de la administración general de Euskadi.
26.– Planes sectoriales o estratégico de la administración general de Euskadi: incorporación práctica de la perspectiva de género.
27.– Estándares de calidad en las políticas públicas de igualdad.
ANEXO XII
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL CUERPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 48 plazas de la Escala de Gestión Administrativa del Cuerpo de Gestión Administrativa de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, por el turno libre, de acuerdo con la siguiente distribución:
a) Modalidad de acceso general: 46.
Con exigencia de perfil lingüístico 2: 1.
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 38.
Con exigencia de perfil lingüístico 4: 1.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 6.
b) Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad: 2.
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– Las personas que concurran por la modalidad reservada para personas con discapacidad deberán, además, cumplir lo indicado en el apartado 4.2 de las bases generales.
2.3.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo de Gestión Administrativa es de 20,68 euros.
2.4.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Gestión Administrativa del Cuerpo de Gestión Administrativa son las titulaciones de grado, licenciatura, diplomatura, arquitectura, arquitectura técnica, ingeniería o ingeniería técnica de todos los campos de estudio.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 2, 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
– Titulación de grado o diplomatura en los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
– Titulación de grado o diplomatura en los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Gestión Administrativa del Cuerpo de Gestión Administrativa en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Gestión Administrativa del Cuerpo de Gestión Administrativa o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo de Gestión Administrativa correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala de Gestión Administrativa del Cuerpo de Gestión Administrativa.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura y diplomatura de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Gestión Administrativa del Cuerpo de Gestión Administrativa, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Constitución: derechos y deberes fundamentales, derechos y deberes de los ciudadanos, principios rectores de la política social y económica. Las garantías de las libertades y derechos fundamentales.
2.– Organización política y administrativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi: competencias del Estado y de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Administración Institucional. El Gobierno Vasco: composición, competencia y funcionamiento. Vicepresidentes/as, consejeros/as y altos cargos de la Administración del País Vasco.
4.– Fuentes del derecho administrativo: ley y reglamento. Jerarquía normativa. Principio de legalidad de la administración pública. Autotutela de la Administración Pública.
5.– La organización administrativa: los órganos administrativos. Órganos colegiados. Competencia. Delegación de competencias y delegación de firma. Avocación.
6.– Encomienda de gestión. Convenios interadministrativos.
7.– Capacidad de obrar y personas interesadas. Representación. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho de acceso a archivos y registros públicos.
8.– El acto administrativo: producción, contenido, motivación y forma. La eficacia del acto administrativo. Notificación y publicación del acto administrativo.
9.– El acto administrativo: nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Limites. Conversión. Conservación. Convalidación.
10.– Revisión de los actos administrativos: recursos administrativos, revisión de oficio y revocación. Rectificación de errores materiales y errores de hecho.
11.– Procedimiento administrativo: obligación de resolver. Suspensión y ampliación de plazos para resolver. Silencio administrativo y falta de resolución expresa. Términos y plazos.
12.– Procedimiento administrativo: principios generales. Concepto de personas interesadas. Derechos de las personas interesadas en el procedimiento administrativo. Abstención y recusación.
13.– Fases del procedimiento administrativo. Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización. Ejecución de actos administrativos. Tramitación simplificada.
14.– Responsabilidad patrimonial de la administración pública: principios y procedimiento de exigencia de la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas, sus autoridades y personal al servicio de la administración pública.
15.– La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Estructura y organización de la administración general e institucional. Funcionamiento del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi al servicio de la ciudadanía. Regulación de la estructura orgánica y funcional de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
16.– Gobernanza pública. Conceptos y relaciones: gobernanza pública, innovación pública y transformación y gobierno digital. Atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos en el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi: concepto de ciudadanía y de atención a la ciudadanía. Principios generales de la atención a la ciudadanía. Deber general de atención a la ciudadanía. Derechos y deberes de la ciudadanía y obligación de relacionarse a través de medios electrónicos. Funciones, modalidades y niveles de atención a la ciudadanía. Modelo de presencia en internet. Servicios y procedimientos electrónicos. Tramitación electrónica. La gobernanza de la atención a la ciudadanía y los servicios electrónicos.
17.– El expediente administrativo electrónico. Documentos administrativos. La expedición de copias y certificaciones de documentos. Legalización de firmas. La validación en la administración electrónica. La identificación y firma electrónica. El certificado electrónico. El archivo electrónico.
18.– Servicio público. Las formas de gestión de los servicios públicos, especialmente la gestión directa y la concesión.
19.– Contratos del Sector Público: tipos contractuales. Regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Contenido y perfección del contrato. Invalidez del contrato. Recurso especial en materia de contratación. Preparación y adjudicación de contratos. Efectos, cumplimiento y extinción de contratos.
20.– Autorizaciones y licencias administrativas. Potestad sancionadora: principios y procedimiento.
21.– Personal al servicio de las administraciones públicas vascas. Clases de empleados públicos y su regulación. Estructura y organización de la función pública: plantillas presupuestarias, relaciones de puestos de trabajo y Oferta de Empleo Público. Cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi: tipos y requisitos de acceso.
22.– Adquisición y pérdida de la condición de personal empleado público. Principios y requisitos de acceso al empleo público.
23.– Procesos de provisión definitiva y temporal (concursos, libre designación, comisiones de servicios, etc.). Selección temporal en la administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi: bolsas de trabajo.
24.– Derechos y deberes del personal empleado público de las administraciones públicas vascas. Retribuciones. Situaciones administrativas.
25.– El personal laboral al servicio de las Administraciones públicas. El contrato laboral: su contenido, duración, suspensión y extinción. Modalidades de contratación laboral. Provisión y movilidad.
26.– Seguridad social. Régimen general. Afiliación y cotización. Acción protectora. Contingencias y prestaciones.
27.– El perfil lingüístico y su acreditación. Requisito y mérito del euskera en procesos de selección y provisión de carácter definitivo y temporal, equivalencias, perfiles asimétricos y parciales.
28.– Hacienda General del País Vasco (HGPV): concepto, normativa reguladora, actuación pública, prerrogativas. Los Presupuestos Generales de Euskadi y las Leyes de Presupuestos Generales de Euskadi. Competencias del Departamento responsable en materia de hacienda y finanzas, competencias de los Departamentos.
29.– Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Configuración y contenido: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y vigencia. Estados de ingresos y Estados de gastos. Estructura presupuestaria: estructura funcional por programas, estructura orgánica y estructura económica. Clasificación territorial.
30.– Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Procedimiento de elaboración: directrices, anteproyectos, documentación, y calendario. Régimen de modificaciones de los presupuestos: normas generales, transferencias de créditos, variación en el nivel de competencias y/o servicios, habilitación de créditos, incorporación de créditos, reposición de créditos, créditos adicionales.
31.– Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Ejecución de los presupuestos: Ejecución del ingreso y Ejecución del gasto.
32.– Contabilidad pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Marco conceptual: imagen de las cuentas anuales. Requisitos de la información a incluir. Principios contables. Elementos de las cuentas anuales. Criterios de registro (reconocimiento contable). Criterios de valoración.
33.– Régimen de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Normas reguladoras. Competencia para el otorgamiento de subvenciones.
34.– Objeto y definición de subvención. Requisitos y principios generales. Beneficiarios y sus obligaciones. Procedimientos de concesión de subvenciones. Reintegro de subvenciones y ayudas públicas.
35.– La satisfacción de la ciudadanía y la calidad de los servicios. La identificación de las expectativas de la ciudadanía y los estudios de satisfacción de las personas usuarias. Técnicas de investigación social aplicadas al análisis de la percepción de la ciudadanía.
36.– Gobierno Abierto: concepto y principios informadores. Transparencia: publicidad activa y acceso a la información pública. Protección de datos de carácter personal. Buen Gobierno. Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública.
37.– Igualdad: organización y coordinación institucional. Medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de los poderes y las administraciones públicas. Evaluación previa del impacto en función del género (concepto y contenido, elaboración del informe de impacto en función del género). Medidas para promover la igualdad en la normativa y actividad administrativa (procesos de personal, contratación pública y subvenciones).
38.– Protección de datos personales: ejercicio de los derechos (derecho de acceso, de rectificación, de supresión, de limitación del tratamiento, de portabilidad y de oposición). El Registro de Actividades de Tratamiento (RAT). Delegado/a de Protección de Datos. Naturaleza y funciones. Autoridad Vasca de Protección de Datos. Naturaleza y funciones.
39.– Estructura, funciones y áreas de actuación de los departamentos del Gobierno Vasco con competencia en materia de turismo, comercio y consumo. Objetivos, competencias y funciones del Organismo autónomo Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.
40.– Inspección turística. Objeto y funciones. Técnicas de inspección en materia de turismo y comercio. Instrumentos de inspección. Las actas de inspección.
41.– Actividad turística. Definición y características de las actividades turísticas. Actividad clandestina e intrusismo profesional. Derechos y obligaciones del usuario turístico. Derechos y obligaciones de las empresas turísticas.
42.– Potestad sancionadora. Tipos de infracciones en materia turística. Clasificación de las sanciones. Sujetos responsables de las sanciones turísticas.
43.– Inspección de consumo: principios de actuación, identificación y condición de autoridad. Deberes, funciones y facultades. Colaboración y auxilio. Modalidades de actuación y su documentación. La actas de inspección y las diligencias.
44.– Definición de persona consumidora y usuaria. Persona empresaria. Entidad productora. Entidad proveedora o distribuidora. Relación de consumo. Reclamación. Denuncia. Queja. La garantía de los bienes de las personas consumidoras y usuarias: plazo para la manifestación de la falta de conformidad y la carga de la prueba. Régimen jurídico de la puesta en conformidad. Régimen jurídico de la reducción del precio y resolución del contrato.
ANEXO XIII
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE INFRAESTRUCTURAS DEL CUERPO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas de la Escala de Infraestructuras del Cuerpo Técnico de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el por el turno libre, modalidad de acceso general y con exigencia de perfil lingüístico 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Técnico es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Infraestructuras del Cuerpo Técnico son las titulaciones habilitantes para el ejercicio de la profesión regulada de ingeniería técnica de obras públicas.
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo III del Decreto 115/2026, de 7 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
– La colegiación en el correspondiente colegio profesional que, de conformidad con lo dispuesto en la base general 9.1, deberá acreditarse en el momento de la toma de posesión.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Infraestructuras del Cuerpo Técnico en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Infraestructuras del Cuerpo Técnico o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción ingeniería técnica de obras públicas especialidad en construcciones civiles; opción ingeniería técnica de obras públicas especialidad en hidrología y opción ingeniería técnica de obras públicas especialidad en transporte y servicio urbano correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala de Infraestructuras del Cuerpo Técnico.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, ingeniería, arquitectura, ingeniería técnica y arquitectura técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, sí se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Infraestructuras del Cuerpo Técnico, dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– El contrato de obras, el contrato de servicios y los contratos menores. Definición, especificaciones y ejecución.
2.– Inspección de obra pública, obligación legal (replanteo, ejecución, certificaciones, recepción, garantía, responsabilidad por vicios ocultos, en concesiones: control del cumplimiento y comprobación de la obra conforme).
3.– Tasas y precios públicos de la administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Tasa por realización de trabajos facultativos de dirección e inspección de obras públicas. Tasas portuarias.
4.– Expropiaciones.
5.– Marco legal de los puertos en España y en el País Vasco. Ámbitos de aplicación y definiciones básicas. Clasificación de puertos y usos portuarios. Régimen competencial del País Vasco en materia portuaria.
6.– Planificación, ordenación, construcción y mantenimiento de puertos. Servicios portuarios. Gestión del dominio público portuario.
7.– Costas. El Dominio Público Marítimo Terrestre. Servidumbres. Utilización del Dominio Público. Reservas, adscripciones, autorizaciones y concesiones. Competencias autonómicas de Euskadi.
8.– Planificación del Sistema de Infraestructuras de Transporte. Plan Director del Transporte Sostenible de Euskadi 2030. Los Planes Sectoriales de Transporte y su coordinación con la planificación territorial.
9.– Movilidad Sostenible de Euskadi.
10.– Libro Blanco de la Comisión Europea por una política de transportes competitiva y sostenible. La Red Transeuropea de Transportes (RTE-T), orientaciones de la Unión Europea para su desarrollo. El corredor Atlántico. Plan de recuperación para Europa Next Generation UE.
11.– Carreteras. El catálogo de la Red Objeto del Plan de Carreteras del País Vasco.
12.– Planificación estratégica y Planeamiento de carreteras. Selección de la solución óptima: criterios para seleccionar entre varias opciones, análisis coste-beneficio, análisis multicriterio. Plan General de Carreteras del País Vasco en vigor: objetivos, criterios y principales propuestas del plan.
13.– La investigación, desarrollo e innovación en transportes y movilidad. Los Programas Marco de la Unión Europea. Horizonte Europa 2021-2027: pilares y programas horizontales, elementos principales, asociaciones.
14.– Digitalización, nuevos servicios y formas de movilidad. Aplicación de la tecnología a la gestión de infraestructuras y de Servicios de Transporte. Moveuskadi. Los Sistemas Inteligentes de Transporte (ITS). La movilidad como servicio (MaaS). Movilidad conectada.
15.– Proyecto de construcción. Documentos del proyecto de construcción: memoria y anejos, pliego de prescripciones técnicas particulares, mediciones y presupuestos. Dirección del proyecto. Supervisión y aprobación del proyecto.
16.– Hidráulica marítima aplicada a puertos y dinámica litoral. Oleaje, mareas, corrientes, agitación en dársenas. Los fenómenos de Refracción, Difracción y Reflexión del oleaje. Olas en zona de rompientes: transformaciones, rotura y velocidades de oleaje. Evolución de la línea de costa y del perfil de playa. Impactos en la Costa por el efecto del Cambio Climático.
17.– Diseño y construcción de obras marítimas. Tipos de diques, muelles y espigones. Criterios de dimensionamiento estructural y funcional.
18.– Geotecnia y cimentación en infraestructuras portuarias. Investigación geotécnica. Aspectos geotécnicos particulares de las distintas tipologías de obras marítimas y portuarias.
19.– Instalaciones portuarias y redes de servicios. Pavimentación, saneamiento, abastecimientos, energía e iluminación. Ayudas a la navegación. Diseño de sistemas de gestión de residuos y sostenibilidad energética.
20.– Dragados. Marco legal y normativa. Permisos y autorizaciones necesarias. Caracterización del sedimento. Aspectos técnicos del Proyecto del dragado. Gestión del material del dragado.
21.– El Proyecto y Obra portuaria. Aspectos técnicos y contenidos del Proyecto. Dirección de una Obra Marítima, controles y seguimientos.
22.– Mantenimiento y conservación de infraestructuras portuarias. Protocolos de inspección, planes de mantenimiento preventivo. Uso de tecnologías de digitalización y gestión del ciclo de vida.
23.– Estudios de carreteras. Cartografía y topografía. Estudios geológicos, geotécnicos y de procedencia de materiales. Estudios climatológicos e hidrológicos. Normativa sísmica. Estudios de tráfico. Toma de datos: sistemas convencionales y nuevas tecnologías. Modelización del tráfico. Prognosis de tráfico. Plan de aforos.
24.– Trazado de carreteras. Trazado en planta y en alzado. Sección transversal. Nudos, enlaces e intersecciones. Diseño de carreteras 2+1. Norma 3.1-IC de trazado.
25.– Firmes. Conceptos generales. La explanada: capacidad de soporte y materiales. Materiales de los firmes: zahorras, suelocemento, gravacemento y mezclas bituminosas. Clasificaciones de las mezclas bituminosas. Pavimentos de hormigón.
26.– Características superficiales y estructurales de los firmes. Auscultación, estrategias de conservación y rehabilitación de los firmes. Consideraciones ambientales: carencia de materiales y huella energética. Capas de rodadura de sonoridad reducida.
27.– Norma para el dimensionamiento de firmes de la Red de Carreteras del País Vasco, texto revisado y ampliado de abril de 2022. Recomendaciones para la rehabilitación superficial de Firmes.
28.– Seguridad y Salud en el trabajo de la construcción de obras públicas: estudios y planes. El coordinador de seguridad y Salud.
29.– Instrumentos de planificación: directrices de Ordenación del Territorio, planes territoriales sectoriales, planes especiales y de utilización.
30.– Evaluación del Impacto Ambiental. Metodología de evaluación. Sistemas de evaluación. Los estudios de impacto ambiental (EIA). Estructura y contenido de los EIA. La Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental.
ANEXO XIV
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE EDIFICACIÓN, URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DEL CUERPO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 5 plazas de la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Técnico de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre, modalidad de acceso general, y con exigencia de perfil lingüístico 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Técnico es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Técnico son las titulaciones habilitantes para el ejercicio de la profesión regulada de arquitectura técnica.
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo III del Decreto 115/2026, de 7 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
– La colegiación en el correspondiente colegio profesional que, de conformidad con lo dispuesto en la base general 9.1, deberá acreditarse en el momento de la toma de posesión.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Técnico en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Técnico o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Arquitectura Técnica correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Técnico.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio del Cuerpo Técnico, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Contratación administrativa: disposiciones generales. Solvencia y clasificación de Empresas. Registros o listas oficiales de contratistas. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado y precio del contrato.
2.– Procedimiento de contratación administrativa: adjudicación, ejecución y extinción de contratos. Procedimiento de elaboración de Pliegos de Condiciones de Contratos. Procedimiento abierto. Normas especiales aplicables a los concursos de proyectos. Normas especiales para contratos de obras. Normas especiales para contratos de servicios.
3.– Subcontratación en el sector de la construcción.
4.– Procedimiento de inicio de obra.
5.– Procedimiento documental de cierre de obra y entrega documentación final de obra.
6.– Ley de Ordenación de la Edificación. Disposiciones generales. Agentes de la edificación. Responsabilidades y garantías.
7.– Normativa Técnica Básica. Código Técnico de la Edificación CTE y sus Documentos Básicos.
8.– Código Técnico de la Edificación: parte I.
9.– Documentos básicos. DB-SE: seguridad estructural. Generalidades. Documentación. DB-SE-AE: acciones en la edificación. Generalidades. Acciones permanentes. Acciones variables. Acciones accidentales. DB-SE-C: cimientos. Generalidades. Bases de cálculo, generalidades. Estudio geotécnico, generalidades, contenido, confirmación.
10.– Documentos básicos. DB-HE: ahorro de energía. Objeto y ámbito de aplicación. HE 0, 1, 4, 5 y 6.
11.– Documentos básicos. DB-HS: salubridad: objeto y ámbito de aplicación. Protección frente a la humedad; Calidad del aire interior. HS 1, 2, 3.
12.– Documentos básicos. DB-HR: protección contra el ruido. Objeto. Ámbito de aplicación. Criterios generales de aplicación. Terminología.
13.– Documentos básicos. DB-SI: seguridad en caso de incendio. Objeto. Ámbito de aplicación. Criterios generales de aplicación. Condiciones particulares para el cumplimiento. Condiciones de comportamiento ante el fuego de los productos de construcción y de los elementos constructivos. Propagación interior y exterior. Evacuación de ocupantes. Instalaciones de protección contra incendios. SI 1, 2, 3, 4 y 5.
14.– Documentos básicos. DB-SUA: seguridad de utilización y accesibilidad. Seguridad frente al riesgo de caídas, impacto o de atrapamiento, aprisionamiento, riesgo causado por situaciones con alta ocupación y por vehículos en movimiento. SUA 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.
15.– Ley de accesibilidad vasca y normas técnicas de desarrollo.
16.– Condiciones mínimas de habitabilidad y criterios de diseños en viviendas y alojamientos dotacionales.
17.– Régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo. Medidas financieras: actuaciones protegibles, tipos de medidas financieras y supuestos de reversión de las ayudas económicas directas percibidas.
18.– Actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado. Disposiciones generales. Condiciones generales que debe reunir una edificación para que se encuentre adecuada estructural y constructivamente. Condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas.
19.– Normativa reguladora de las medidas financieras para rehabilitación residencial.
20.– Inspección de ejecución de obras: control correcta ejecución; Control presupuestario; Cumplimiento de seguridad y salud.
21.– Inspección Técnica de Edificios ITE.
22.– Libro del Edificio y manual de uso y mantenimiento.
23.– Sostenibilidad. Certificación energética de edificios.
24.– Procedimiento de certificación energética de edificios. Procedimiento de control y registro de los certificados de eficiencia energética.
25.– Normativa específica sobre Prevención de Riesgos Laborales en el sector construcción: disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
26.– Seguridad y salud en las obras de construcción: procedimiento, contenido del Plan de Seguridad, documentos, nombramientos de actores y su formación y relación con la empresa.
27.– El recurso preventivo.
28.– Coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de obras de construcción. Estrategia vasca de seguridad y salud en el trabajo.
29.– Normativa sobre amianto: disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
30.– Suelo y urbanismo (Legislación). Clasificación, calificación y régimen del suelo.
31.– Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo. Valoraciones en situación de suelo rural. Criterios generales.
32.– Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo. Valoraciones en situación de suelo urbanizado. Criterios generales.
33.– La ordenación urbanística y su relación con la ordenación del territorio. Planes y restantes instrumentos de ordenación urbanística.
34.– Tramitación y aprobación del planeamiento y de los restantes Instrumentos de ordenación urbanística.
35.– Garantía y protección de la ordenación urbanística. Procedimientos de tramitación de licencias y expedientes de obra.
36.– Proyectos de obra de edificación.
37.– Control de proyectos: memorias técnicas; Mediciones y presupuestos; Interpretación de planos.
38.– Gestión de residuos de construcción.
39.– Control de calidad en la construcción: programa y libro de control (materiales y obra ejecutada).
40.– Control acústico de la edificación.
41.– Control térmico y calidad del aire del edificio.
42.– Control de calidad en la recepción de obra.
ANEXO XV
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA INDUSTRIAL DEL CUERPO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 4 plazas de la Escala Industrial del Cuerpo Técnico de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 3.
Sin exigencia de perfil lingüístico: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Técnico es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala Industrial del Cuerpo Técnico son las titulaciones de grado, licenciatura, diplomatura, arquitectura, arquitectura técnica, ingeniería o ingeniería técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo III del Decreto 115/2026, de 7 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 2 y 3. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración responsable en el trámite de alegación de méritos.
– La colegiación en el correspondiente colegio profesional que, de conformidad con lo dispuesto en la base general 9.1, deberá acreditarse en el momento de la toma de posesión.
– Titulación habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de ingeniería técnica industrial.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso–oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala Industrial del Cuerpo Técnico en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala Industrial del Cuerpo Técnico o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción ingeniería técnica industrial especialidad química industrial; opción ingeniería técnica industrial especialidad electricidad; opción ingeniería técnica industrial especialidad electrónica industrial; opción ingeniería técnica industrial especialidad mecánica; u opción ingeniería técnica industrial especialidad textil correspondiente según lo establecido en el anexo de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o con contrato en categoría laboral con funciones asimilables y misma titulación de acceso, a la de la Escala Industrial del Cuerpo Técnico.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial.
– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.
En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, sí se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en la Escala Industrial del Cuerpo Técnico, dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Leyes de industria (estatal y autonómica).
2.– La seguridad y la calidad industriales. El régimen general de inicio, puesta en servicio, funcionamiento y control de las actividades e instalaciones de seguridad industrial.
3.– El Registro Industrial Integrado: ámbito.
4.– Instalaciones industriales. Objeto / ámbito de aplicación material, diseño, ejecución o construcción, puesta en servicio, funcionamiento, mantenimiento e inspección periódica de las instalaciones y establecimientos industriales sometidos a reglamentación en materia de seguridad industrial.
5.– Control y supervisión de actividades e instalaciones industriales: inspecciones, auditorías, sanciones y mecanismos de vigilancia administrativa.
6.– Productos industriales. Objeto / ámbito de aplicación material, definición de máquina, cuasi máquina y equipo intercambiable.
7.– Obligaciones del fabricante en la comercialización y puesta en servicio de máquinas: requisitos legales, marcado CE y documentación técnica.
8.– Marco normativo del sector eléctrico. El régimen jurídico aplicable a las actividades de transporte, distribución, comercialización y suministro de energía eléctrica y a las relaciones entre los distintos sujetos que las desarrollan.
9.– Procedimientos de autorización para la construcción, modificación, ampliación y explotación de instalaciones eléctricas.
10.– Régimen jurídico de las modalidades de autoconsumo, requisitos de medida y gestión de la energía eléctrica consumida y producida.
11.– Marco normativo del sector de hidrocarburos. El régimen jurídico aplicable a las actividades de transporte, distribución, comercialización y suministro.
12.– Procedimientos de autorización de las instalaciones de almacenamiento, regasificación, transporte y distribución de gas natural.
13.– Metrología. Fases y ejecución del control metrológico del Estado. Obligaciones de los agentes económicos.
14.– Instalaciones en edificios. Objeto / ámbito de aplicación material.
15.– Diseño, ejecución o construcción, puesta en servicio, funcionamiento, mantenimiento e inspección periódica de las instalaciones y establecimientos en edificios de uso residencial, comercial, administrativo y de servicios, sometidos a reglamentación en materia de seguridad en las instalaciones.
16.– Sostenibilidad, transición y eficiencia energéticas. Principios, objetivos y acciones generales de la Ley de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca. Finalidades, principios e instrumentos de planificación de la Ley de Transición Energética y Cambio Climático.
17.– Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios: ámbito de aplicación.
18.– Modalidades de certificados de eficiencia energética.
19.– La etiqueta de eficiencia energética.
20.– Reglamento electrotécnico para baja tensión.
21.– Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias
22.– Reglamento de instalaciones térmicas.
23.– Código Técnico de la Edificación (CTE). Documento básico de salubridad. Calidad del aire interior. Diseño, dimensionado, mantenimiento y conservación.
24.– Criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis en edificios.
25.– Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
26.– Reglamento de instalaciones de gas.
27.– Reglamento de equipos a presión. Instrucción Técnica de Calderas.
28.– Reglamento de aparatos elevadores.
29.– Puesta en servicio, mantenimiento, control e inspección de aparatos elevadores.
30.– Reglamento de instalaciones químicas.
31.– Reglamento de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
32.– Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y apartado de protección contra incendios del código técnico.
33.– Marco normativo sobre residuos y suelos contaminados.
34.– Marco normativo de la accesibilidad. El régimen jurídico aplicable a las condiciones de accesibilidad en edificios, espacios públicos e infraestructuras.
35.– Procedimiento de control de las actuaciones para garantizar la accesibilidad universal.
36.– Sistemas de gestión y control de las instalaciones.
37.– Seguridad y salud laboral.
38.– Dirección de obras.
39.– Seguimiento de obras.
RSS