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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 183, jueves 24 de septiembre de 2026


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
3999

RESOLUCIÓN 1503/2026, de 8 de septiembre, de la directora de Personas y Talento de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de subdirector/a de Enfermería Hospital en la Escuela Universitaria de Enfermería de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Estando prevista la vacante del puesto de subdirector/a de Enfermería Hospital en la Escuela Universitaria de Enfermería de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza-Servicio vasco de salud y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, esta Dirección de Personas y Talento acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera.– Adscripción del puesto.

Adscripción: Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, Escuela Universitaria de Enfermería (Vitoria-Gasteiz).

Jornada: partida.

Perfil lingüístico: PL3 (fecha de preceptividad: 03-12-2027).

Segunda.– Funciones del puesto.

– Planificar, junto con la directora de la Escuela de Enfermería, el desarrollo de la titulación del Grado de Enfermería en el centro.

– Supervisar y coordinar el sistema de gestión interna de calidad, promoviendo la mejora continua en la gestión de la Escuela.

– Proponer a la Dirección de la Escuela la programación anual del curso (cronograma anual) en coordinación con la Secretaría Académica.

– Desarrollar las funciones de coordinación de la titulación de Grado en Enfermería.

– Gestionar la coherencia de la docencia teórica y práctica.

– Organizar, coordinar y gestionar el programa de prácticas externas.

– Revisar y dar visto bueno, junto con la Secretaria Académica, a las guías docentes y a las memorias anuales de las asignaturas y actividades docentes de la EUE.

– Gestionar la organización del profesorado de la titulación a tiempo completo, colaborador y de las instructoras docentes.

– Supervisar la gestión de aulas y espacios de la EUE.

– Planificar la formación continua del PDI e instructores/as docentes.

– Aprobar permisos para la formación del PDI y PTGAS en base a las condiciones del Acuerdo del personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud y comprobar que los permisos no interfieren con las obligaciones académicas.

– Expedir certificados de impartición de docencia del PDI y solicitar a la EHU la Venia Docenci para la docencia práctica y teórica.

– Impulsar y supervisar las actividades de los coordinadores de curso, de practicum y trabajo final de grado.

– Cursar las retribuciones del profesorado colaborador.

– Gestionar la capacidad docente y la relación del personal instructor de prácticas proporcionada por las direcciones o responsables de prácticas de los centros de prácticas externas, y dar conformidad a los/as tutores/as docentes (instructor/a) seleccionados/as por dicha entidad.

– Dirigir la coordinación de la capacidad docente con los/as responsables de prácticas de los centros.

– Informar a las direcciones de los centros colaboradores de la planificación de los practicum al inicio del curso.

– Enviar los listados con la previsión de estudiantado en prácticas para el curso académico.

– Distribución de encargo docente teórico y práctico entre el PDI.

– Velar por el adecuado desarrollo competencial del estudiantado a lo largo de los cursos del Grado.

– Supervisar académicamente la realización de prácticas externas y los intercambios de estudiantes de otras universidades.

– Supervisar la actualización de la página web de la EUE.

– Asistir a las reuniones del Equipo de Dirección y a todas aquellas comisiones en las que, por razón de su cargo, deba ejercer la condición de secretario o secretaria, y redactar y custodiar las actas de las sesiones.

– Ejercer de secretaria del patronato.

– Dar fe de los actos y acuerdos de los órganos colegiados de gobierno, representación y administración de la Escuela y librar las certificaciones oportunas de los acuerdos y de cuantos actos o hechos presencie o consten en la documentación oficial del centro.

– Sustituir a la directora y a la secretaria académica en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

– Asumir las competencias que le sean delegadas por la Dirección.

Tercera.– Requisitos de participación.

Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser estatutario/a, funcionario/a o laboral fijo/a en cualquier organización de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud y tener plaza en propiedad en cualquiera de las categorías del grupo profesional B1.

b) Experiencia profesional en la Administración Pública mínima de 5 años en el grupo profesional B1.

c) Resto de requisitos del Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza-Servicio vasco de salud y del Plan de Euskera de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Cuarta.– Méritos a valorar.

a) Méritos académicos:

– Doctorado/a universitario.

– Máster oficial universitario.

– Especialidad en Enfermería: centro hospitalario/unidad docente.

b) Actividad investigadora y producción científica:

– Publicaciones científicas: artículos en revistas indexadas (con factor de impacto o JCR/SJR), libros y capítulos de libros.

– Proyectos de I+D+i: participación en proyectos de investigación.

– Comunicaciones y ponencias: trabajos presentados en congresos y jornadas científicas (orales o tipo póster).

c) Formación continua y títulos propios:

– Cursos de formación continua.

– Títulos propios universitarios: diplomas de especialización, expertos universitarios, etc.

d) Experiencia profesional:

– Actividad asistencial: servicios prestados.

– Cargos de gestión y dirección: puestos de supervisión, direcciones de enfermería o subdirecciones.

Asimismo, se podrán aportar cuantos méritos se consideren de interés y añadan valor al desempeño de este puesto de trabajo.

Quinta.– Conocimientos de euskera.

Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en sus normas de desarrollo.

Sexta.– Plazo y presentación de solicitudes.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Dirección de Personas y Talento de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las personas interesadas deberán dirigir la solicitud, con todos sus datos personales, acompañada de currículum vitae documentado a la Dirección de Personas y Talento de la Dirección General (c/ Álava 45, 01006 Vitoria-Gasteiz).

La documentación deberá tener la siguiente forma:

– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.

– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.

– Fotocopia compulsada de la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos.

– Fotocopia compulsada de todos los méritos a considerar.

No será preciso acreditar, en la forma indicada en el párrafo anterior, aquellos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice la persona aspirante.

Séptima.– Comisión de Valoración.

Se constituirá una Comisión de Valoración que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, estará presidida por el subdirector de Selección y Provisión o persona en quien delegue, e integrado además por el subdirector de Atención Primaria y un/a técnico/a superior de la Dirección General, quien actuará como secretario/a con voz y voto.

La Comisión podrá acordar, tras la valoración de las solicitudes, realizar diligencias complementarias que se comunicarán a las personas aspirantes.

Efectuada la valoración de las personas aspirantes, y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar el oportuno nombramiento. El tribunal podrá, previo informe motivado, proponer la declaración de desierta en caso de que las personas aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.

Se levantará acta de cada sesión de la Comisión. En la misma constarán las personas aspirantes presentadas, las diligencias complementarias realizadas (si las hubiera), así como los motivos tenidos en cuenta para la asignación del puesto a una de ellas o, en su caso, para declarar desierta la convocatoria.

Octava.– Procedimiento de selección.

En ningún caso podrán considerarse los méritos que no se ostenten a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPV, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Novena.– Resolución que pone fin al procedimiento.

La finalización del procedimiento que aquí se inicia (asignación del puesto o declaración de desierta) se llevará a cabo mediante resolución de la directora de Personas y Talento de Osakidetza-Servicio de salud. Dicha resolución surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOPV, salvo que en ella se disponga otra cosa.

Décima.– Recursos contra la presente Resolución.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de septiembre de 2026.

La directora de Personas y Talento de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

JOSUNE RETEGI ORMAZABAL.


Análisis documental