
N.º 157, miércoles 19 de agosto de 2026
- Otros formatos:
- PDF (432 KB - 44 Pág.)
- EPUB (221 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
3653
ORDEN de 30 de julio de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos de acceso a los cuerpos y escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban sus bases específicas.
Los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 13 de diciembre de 2023, de 17 de diciembre de 2024 y de 16 de diciembre de 2025 aprobaron las ofertas de empleo público de personal funcionario de carrera de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para los años 2023, 2024 y 2025.
La orden de 23 de abril de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno que aprueba las bases generales que han de regir los procesos selectivos de acceso a los cuerpos y escalas de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en su base 1.3 que las peculiaridades de cada proceso selectivo serán objeto de regulación en las bases específicas de las respectivas convocatorias, estableciendo el contenido necesario de las mismas, tales como el número de plazas convocadas y su distribución por perfiles lingüísticos, por modalidad de acceso y, en su caso, por turno, el plazo de presentación de solicitudes, el importe de la tasa por inscripción en las convocatorias para la selección de personal, la titulación de acceso, los méritos valorables y su baremo, los requisitos específicos de los puestos convocados, la parte específica del temario y la previsión sobre la aplicación o no de la cláusula de prioridad de las mujeres.
Por la presente Orden se convocan los procesos selectivos de acceso a los cuerpos y escalas de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se procede, así mismo, a la aprobación de sus bases específicas.
A tal fin, de conformidad con lo establecido en el Titulo VI de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 18.2.q) de la citada Ley, en relación con lo dispuesto en el artículo 3.3.f) del Decreto 317/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
RESUELVO:
Artículo primero.– Convocar los procesos selectivos de acceso a los siguientes cuerpos y escalas indicándose el número de plazas y el anexo correspondiente para cada uno de ellos.
(Véase el .PDF)
Los procesos selectivos que se convocan mediante la presente Orden, se regirán por lo previsto en la Orden 23 de abril de 2026, de la consejera de Gobernanza Administración Digital y Autogobierno, por la que se aprueban las bases generales de los procesos selectivos de acceso a los cuerpos y escalas de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Artículo segundo.– Aprobar las bases específicas que figuran como anexos I a VII de la presente Orden.
Artículo tercero.– Establecer como plazo para presentar la solicitud desde el día 20 de agosto de 2026 hasta las 14:00 horas del día 16 de septiembre de 2026.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de julio de 2026.
La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA AGRUPACIÓN PROFESIONAL DE PERSONAL DE APOYO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 117 plazas de la Agrupación Profesional de Personal de Apoyo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre, de acuerdo con la siguiente distribución:
a) Modalidad de acceso general: 112
Sin exigencia de perfil lingüístico: 5
Con exigencia de perfil lingüístico 1: 107
b) Modalidad de acceso para personas con discapacidad: 5
Sin exigencia de perfil lingüístico: 1
Con exigencia de perfil lingüístico 1: 4
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– Las personas que concurran por la modalidad reservada para personas con discapacidad deberán, además, cumplir lo indicado en el apartado 4.1 de las bases generales.
2.3.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para la Agrupación Profesional de Personal de Apoyo es de 8,18 euros.
2.4.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, no se exige titulación para el acceso a la Agrupación Profesional de Personal de Apoyo.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión los perfiles lingüísticos de euskera 1 y 2. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, determinados puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Certificado negativo de acuerdo al artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso-oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad pública, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Agrupación Profesional de Personal de Apoyo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Agrupación Profesional de Personal de Apoyo o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en el Cuerpo Subalterno, de conformidad con la tabla de correspondenciascontenida en la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: Servicios prestados con nombramiento en cuerpo/escala/opción o contrato en categoría laboral con funciones asimilables a las de la Agrupación Profesional de Personal de Apoyo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito.
– A razón de 10,80 puntos por título, los siguientes títulos de técnico/técnica en formación profesional:
Técnico/Técnica en gestión administrativa.
Técnico/Técnica en actividades comerciales.
Técnico/Técnica en preimpresión digital.
Técnico/Técnica en impresión gráfica.
Técnico/Técnica en postimpresión y acabados gráficos.
Técnico/Técnica en sistemas microinformáticos y redes.
Técnico/Técnica en instalaciones de producción de calor.
Técnico/Técnica en instalaciones frigoríficas y de climatización.
Técnico/Técnica en mantenimiento electromecánico.
Técnico/Técnica en instalaciones eléctricas y automáticas.
Técnico/Técnica en instalaciones de telecomunicaciones.
Técnico/Técnica en construcción.
Técnico/Técnica en obras de interior, decoración y rehabilitación.
Técnico/Técnica en carpintería y mueble.
Técnico/Técnica en instalación y amueblamiento.
Técnico/Técnica en electromecánica de vehículos automóviles.
Técnico/Técnica en carrocería.
Técnico/Técnica en conducción de vehículos de transporte por carretera.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
– A razón de 7,2 puntos por título, la titulación de graduado/graduada en educación secundaria obligatoria o equivalentes.
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la del Agrupación Profesional de Personal de Apoyo, no dándoles prioridad.
6.– Temario.
1.– Constitución: derechos y libertades fundamentales y sus garantías. Deberes de la ciudadanía. Principios constitucionales de la actuación administrativa.
2.– La organización territorial del Estado. Aspectos generales. Las comunidades autónomas; su organización y competencia. Los estatutos de autonomía.
3.– Derecho de la Unión Europea. Breve panorama de las instituciones: Consejo Europeo, Consejo de la Unión Europea, Comisión, Parlamento y Tribunal. Actos jurídicos: reglamentos y directivas.
4.– Organización política y administrativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Principios generales. Aspectos generales de la distribución de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Euskadi. EL Parlamento Vasco. El Gobierno Vasco y el Lehendakari.
5.– Aspectos generales de la distribución de competencias entre las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma de Euskadi y los Territorios Históricos. El concierto económico. Competencias de las instituciones locales.
6.– Normativa autonómica para la igualdad de mujeres y hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres con relación a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi: objeto; principios generales; competencias y funciones; organismos de igualdad y unidades para la igualdad; medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de los poderes y las administraciones públicas vascas; medidas para promover la igualdad en la normativa y actividad administrativa.
7.– Administración electrónica. El acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos. El funcionamiento electrónico del sector público: sede electrónica y portal de internet, sistemas de identificación y firma electrónica. El archivo electrónico. El expediente administrativo.
8.– Normalización lingüística del uso del euskera en la administración general. Principios generales. El perfil lingüístico. La preceptividad de los perfiles lingüísticos. Los planes de normalización lingüística.
9.– Personal al servicio de las administraciones públicas vascas: clases de personal empleado público, derechos de este personal, principios que inspiran el código ético y de conducta del mismo, y régimen disciplinario.
10.– Aspectos básicos de la protección de datos personales: conceptos, principios y bases de legitimación del tratamiento de datos, derechos de las personas. Categorías especiales de datos.
11.– Prevención de riesgos laborales. Objeto. Derechos y obligaciones: derecho de protección frente a los riesgos laborales. Principios de la actividad preventiva. Plan de prevención, evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva. Formación del personal trabajador.
12.– Prevención de riesgos laborales: Posturas corporales.
13.– Nociones básicas de primeros auxilios.
14.– Gobierno abierto: concepto y principios informadores. Acceso a la información pública y buen gobierno.
ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA
15.– Administración educativa no universitaria. Principios generales, organización de los centros docentes.
ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA
16.– Derechos de la ciudadanía en sus relaciones con las administraciones públicas. Derecho de acceso a archivos y registros públicos.
17.– La ciudadanía como destinataria de los servicios y prestaciones públicas. La información y atención al público. Atención ante quejas y reclamaciones. Personas con discapacidad. Atención intercultural en la administración vasca.
18.– La comunicación en la administración. Uso correcto del lenguaje administrativo. Comunicación escrita. Lenguaje administrativo no sexista. Contenido y presentación de documentos escritos: correspondencia, comunicaciones, autorizaciones, notificaciones, instancias, certificaciones, compulsas.
19.– Comunicación oral. Comunicación y atención en persona y por teléfono: avisos, información, peticiones, acompañamiento, desvío de llamadas, etc. Criterios generales. La comunicación no verbal.
VIGILANCIA, CONTROL Y LABORES DE APOYO
20.– Control de acceso, identificación, recepción, información y atención a las personas que solicitan acceder a las dependencias administrativas.
21.– Apoyo a actividades de reunión y de comunicación: Preparación de salas y dependencias, de mobiliario (mesas de reunión, mesas presidenciales, sillas) y de medios materiales (pizarras, papelógrafos, rotuladores). Puesta en funcionamiento de medios audiovisuales: proyectores, sistemas de audio (altavoces y micrófonos).
22.– Trabajos auxiliares de oficina: Fotocopiado, uso de escáner, encuadernación, máquinas destructoras, etiquetado, plastificado, guillotinado, grapado, taladro.
CORRESPONDENCIA Y PAQUETERÍA
23.– Correspondencia y paquetería. Certificados. Acuses de recibo. Telegramas. Reembolsos. Giros telegráficos. Notificaciones, o cualquier otro envío oficial. Características, definición del producto / servicio y correcta cumplimentación.
ALMACENAMIENTO, CONTROL DE EXISTENCIAS Y MOVIMIENTO DE MATERIALES
24.– Almacenamiento de materiales: Estanterías, colgadores, espacios. Almacenamiento de materiales peligrosos.
25.– Control de existencias de material: Registros, fichas, albaranes.
26.– Movimientos de material y equipos: Maquinaria a utilizar y otros útiles. Manejo y transporte de materiales combustibles e inflamables.
27.– Retirada y reciclaje de residuos: correcta clasificación, recogida y retirada selectivas de residuos.
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS E INSTALACIONES
28.– Nociones básicas de cerrajería, fontanería, saneamiento, electricidad, carpintería, albañilería, calefacción y aire acondicionado. Herramientas y útiles para mantenimiento y pequeñas reparaciones y sustituciones.
29.– Criterios de mantenimiento y revisión de elementos de seguridad: extintores, puertas cortafuegos.
30.– Mantenimiento básico de vehículos.
ANEXO II
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA ADMINISTRATIVA DEL CUERPO ADMINISTRATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 305 plazas de la Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, de acuerdo con la siguiente distribución:
a) Turno libre: 160
a.1.– Modalidad de acceso general: 145
Sin exigencia de perfil lingüístico: 20
Con exigencia de perfil lingüístico 2: 105
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 20
a.2.– Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad:15
Sin exigencia de perfil lingüístico: 2
Con exigencia de perfil lingüístico 2: 8
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 5
b.) turno de promoción interna vertical. Modalidad de acceso general: 145
Sin exigencia de perfil lingüístico: 17
Con exigencia de perfil lingüístico 2: 103
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 25
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala Administrativa del Cuerpo de Administrativo son el título de bachiller, título de técnico/técnica en formación profesional o equivalente.
2.3.– Las personas que concurran por el turno de promoción interna vertical deberán, además, los siguientes requisitos:
a) Hallarse en situación de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, por motivo de violencia terrorista o por motivo de violencia de género, en la Escala Auxiliar Administrativa del Cuerpo Auxiliar de Administración.
b) Haber completado dos años de servicios en los citados cuerpo y escala, como personal funcionario de carrera.
c) Poseer la titulación indicada en el apartado 2.2 de estas bases específicas.
No obstante, se podrá a acceder por este turno sin encontrarse en posesión de la titulación requerida, siempre que se acredite una antigüedad de diez años en la Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.
2.4.– Las personas que concurran por la modalidad reservada para personas con discapacidad deberán, además, cumplir lo indicado en el apartado 4.1 de las bases generales.
2.5.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Administrativo es de 20,68 euros.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión los perfiles lingüísticos de euskera 2, 3 y 4. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, determinados puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Certificado negativo de acuerdo al artículo 57.1 de la ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
– Francés B1.
Títulos y certificaciones expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, deberán ser alegados en el plazo de alegación de méritos.
Títulos y certificaciones expedidos por otras entidades. Además de su declaración deberá aportarse copia simple del documento acreditativo.
– Inglés B1.
Títulos y certificaciones expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, deberán ser alegados en el plazo de alegación de méritos.
Títulos y certificaciones expedidos por otras entidades. Además de su declaración deberá aportarse copia simple del documento acreditativo.
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso-oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad pública, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en la Escala Auxiliar Administrativa del Cuerpo Auxiliar de Administración o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con relación laboral en las categorías de Inspector/Inspectora o de Agente Entrevistador/Agente Entrevistadora.
– Con nombramiento en el Cuerpo Administrativo o en el Cuerpo Auxiliar Administrativo, de conformidad con la tabla de correspondencias contenida en la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: Servicios prestados con nombramiento en cuerpo/escala/opción o contrato en categoría laboral con funciones asimilables a las de la Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder a los cursos oficiales de especialización de formación profesional.
– A razón de 10,80 puntos por título, los siguientes cursos oficiales de especialización:
Posicionamiento en buscadores (SEO/SEM) y comunicación en redes sociales.
Redacción de contenidos digitales para marketing y ventas.
– A razón de 10,80 puntos por título, las siguientes titulaciones de técnico/técnica superior en formación profesional:
Técnico/Técnica superior en asistencia a la dirección.
Técnico/Técnica superior en administración y finanzas.
Técnico/Técnica superior en marketing y publicidad.
Técnico/Técnica superior en administración de sistemas informáticos en red.
Técnico/Técnica superior en desarrollo de aplicaciones multiplataforma.
Técnico/Técnica superior en gestión de ventas y espacios comerciales.
Técnico/Técnica superior en desarrollo de aplicaciones web.
– A razón de 7,20 puntos por título, las siguientes titulaciones de técnico/técnica en formación profesional:
Técnico/Técnica en gestión administrativa.
Técnico/Técnica en actividades comerciales.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala Administrativa del Cuerpo Administrativo, no dándoles prioridad.
6.– Temario.
1.– Constitución: derechos y libertades fundamentales y sus garantías. Deberes de la ciudadanía. Principios constitucionales de la actuación administrativa.
2.– La organización territorial del Estado. Aspectos generales. Las comunidades autónomas; su organización y competencia. Los estatutos de autonomía.
3.– Derecho de la Unión Europea. Breve panorama de las instituciones: Consejo Europeo, Consejo de la Unión Europea, Comisión, Parlamento y Tribunal. Actos jurídicos: reglamentos y directivas.
4.– Organización política y administrativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Principios generales. Aspectos generales de la distribución de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Euskadi. EL Parlamento Vasco. El Gobierno Vasco y el Lehendakari.
5.– Aspectos generales de la distribución de competencias entre las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma de Euskadi y los Territorios Históricos. El concierto económico. Competencias de las instituciones locales.
6.– Normativa autonómica para la igualdad de mujeres y hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres con relación a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi: objeto; principios generales; competencias y funciones; organismos de igualdad y unidades para la igualdad; medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de los poderes y las administraciones públicas vascas; medidas para promover la igualdad en la normativa y actividad administrativa.
7.– Administración electrónica. El acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos. El funcionamiento electrónico del sector público: sede electrónica y portal de internet, sistemas de identificación y firma electrónica. El archivo electrónico. El expediente administrativo.
8.– Normalización lingüística del uso del euskera en la administración general. Principios generales. El perfil lingüístico. La preceptividad de los perfiles lingüísticos. Los planes de normalización lingüística.
9.– Personal al servicio de las administraciones públicas vascas: clases de personal empleado público, derechos de este personal, principios que inspiran el código ético y de conducta del mismo, y régimen disciplinario.
10.– Aspectos básicos de la protección de datos personales: conceptos, principios y bases de legitimación del tratamiento de datos, derechos de las personas. Categorías especiales de datos.
11.– Prevención de riesgos laborales. Objeto. Derechos y obligaciones: derecho de protección frente a los riesgos laborales. Principios de la actividad preventiva. Plan de prevención, evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva. Formación del personal trabajador.
12.– Prevención de riesgos laborales: Pantallas de visualización de datos.
13.– Nociones básicas de primeros auxilios.
14.– Gobierno abierto: concepto y principios informadores. Acceso a la información pública y buen gobierno.
PRESUPUESTOS Y CONTABILIDAD
15.– Presupuesto de gastos. Conceptos relevantes: aplicación presupuestaria, vinculación, referencia de intervención, créditos de compromiso y pagos a justificar. Ejecución del presupuesto de gastos: autorización del gasto, disposición del gasto, contracción de la obligación, disposición del pago. Residuos de gastos. Fondos anticipados.
16.– El presupuesto de ingresos. Tipos de ingresos. Fases de ejecución del presupuesto de ingresos: Derechos reconocidos, ingresos. Devolución de ingresos indebidos. Derechos reconocidos pendientes de cobro. Documentos contables de ingresos.
PERSONAL
17.– Estructura y organización del empleo en las administraciones públicas vascas. Relación de puestos de trabajo. Clasificación del personal funcionario en cuerpos y escalas.
18.– Acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo en las administraciones públicas vascas. Situaciones administrativas.
ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA
19.– Gestión de la documentación en los archivos de oficina. Conceptos básicos. Documentación electrónica. Sistema de archivo de la administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
20.– Organización y funcionamiento de los registros electrónicos de entrada y salida de documentos en la Comunidad Autónoma de Euskadi. El sistema de intercambio registral. Sistemas de interoperabilidad.
21.– El documento administrativo. El expediente administrativo: forma, contenido y formación. Acceso al expediente y consulta del expediente administrativo: modos, personas habilitadas, negación del acceso al expediente. La expedición de copias y certificaciones de documentos.
22.– Legalizaciones de firmas. La validación en la administración electrónica: la identificación y firma electrónica, el certificado electrónico.
ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA
23.– Derechos de la ciudadanía en sus relaciones con las administraciones públicas. Derecho de acceso a archivos y registros públicos.
24.– La ciudadanía como destinataria de los servicios y prestaciones públicas. La información y atención al público. Atención ante quejas y reclamaciones. Personas con discapacidad. Atención intercultural en la administración vasca.
25.– La comunicación en la administración. Uso correcto del lenguaje administrativo. Comunicación escrita. Lenguaje administrativo no sexista. Contenido y presentación de documentos escritos: correspondencia, comunicaciones, autorizaciones, notificaciones, instancias, certificaciones, compulsas.
26.– Comunicación oral. Comunicación y atención en persona y por teléfono: avisos, información, peticiones, acompañamiento, desvío de llamadas, etc. Criterios generales. La comunicación no verbal.
BIBLIOTECA
27.– Centros de documentación y bibliotecas: concepto, funciones, servicios. Sistemas y redes bibliotecarias.
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
28.– Fuentes del derecho administrativo: Ley y reglamento. Jerarquía normativa. Principio de legalidad de la administración pública.
29.– La organización administrativa: los órganos administrativos. Órganos colegiados.
30.– El acto administrativo: concepto, producción, contenido, motivación y forma. La eficacia del acto administrativo. Silencio administrativo. Nulidad y anulabilidad.
31.– Procedimiento administrativo: principios generales. Personas interesadas. Abstención y recusación.
32.– Fases del procedimiento administrativo.
33.– Revisión de los actos: recursos administrativos, revisión de oficio y revocación. Rectificación de errores materiales.
34.– La responsabilidad de las administraciones públicas, de sus autoridades y su personal.
ANEXO III
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE DELINEACIÓN DE OBRAS E INSTALACIONES DEL CUERPO DE AYUDANTES TÉCNICOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 4 plazas de la Escala de Delineación de Obras e Instalaciones del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Sin exigencia de perfil lingüístico: 2
Con exigencia de perfil lingüístico 2: 2
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Delineación de Obras e Instalaciones del Cuerpo de Ayudantes Técnicos son:
– Técnico/Técnica superior en diseño en fabricación mecánica,
– Técnico/Técnica superior en proyectos de obra civil,
– Técnico/Técnica superior en proyectos de edificación,
– Técnico/Técnica superior en organización y control de obras de construcción,
así como todos sus equivalentes.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión los perfiles lingüísticos de euskera 1 y 2. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, determinados puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso-oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad pública, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Delineación de Obras e Instalaciones del Cuerpo de Ayudantes Técnicos en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Delineación de Obras e Instalaciones del Cuerpo de Ayudantes Técnicos o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en las opciones de técnico superior en diseño en fabricación mecánica, técnico superior en desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas, técnico superior en desarrollo y aplicación de proyectos de construcción, o técnico superior en realización de planes de obra del cuerpo de ayudantes técnicos, de conformidad con la tabla de correspondencias contenida en la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: Servicios prestados con nombramiento en cuerpo/escala/opción o contrato en categoría laboral con funciones asimilables a las de la Escala de Delineación de Obras e Instalaciones del Cuerpo de Ayudantes Técnicos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder a los cursos oficiales de especialización de formación profesional.
– A razón de 10,80 puntos por título, los siguientes cursos oficiales de especialización:
Curso de especialización en fabricación aditiva (Acceso GS).
Curso de especialización en modelado de la información en la construcción (BIM) (Acceso GS).
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, arquitectura, ingeniería, diplomatura, arquitectura técnica e ingeniería técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo IV del Decreto 147/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, ingeniería técnica, arquitectura técnica o diplomatura solo se valorará una única titulación por campo de estudio.
– A razón de 7,2 puntos por título, las siguientes titulaciones de Técnico/Técnica superior en formación profesional:
Técnico/Técnica superior en diseño en fabricación mecánica.
Técnico/Técnica superior en proyectos de obra civil.
Técnico/Técnica superior en proyectos de edificación.
Técnico/Técnica superior en organización y control de obras de construcción.
Técnico/Técnica superior en construcciones metálicas.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Delineación de Obras e Instalaciones del Cuerpo de Ayudantes Técnicos, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Geometría plana: conceptos básicos, ángulos, triángulos, polígonos y aplicaciones en la delineación.
2.– Geometría espacial: sólidos, superficies, volúmenes y resolución de problemas tridimensionales.
3.– Métodos de representación gráfica: sistemas de coordenadas, escalas, ampliaciones y reducciones.
4.– Software de diseño asistido por ordenador (CAD): fundamentos, AutoCAD, Revit y otros programas específicos.
5.– Técnicas de croquizado: definición, objetivos, proporción, proceso y herramientas utilizadas.
6.– Toma de datos en obra y tratamiento de la información para la elaboración de planos.
7.– Sistema de planos acotados: fundamentos, representación de superficies y volúmenes mediante alturas o cotas.
8.– Módulo y pendiente: intersección de planos, aplicación a cubiertas y representación del relieve mediante curvas de nivel.
9.– El dibujo técnico en edificación: cimentaciones, tipos y procesos constructivos.
10.– El dibujo técnico en edificación: estructuras (hormigón armado, acero y madera).
11.– El dibujo técnico en edificación: fachadas, cerramientos y particiones.
12.– El dibujo técnico en edificación: cubiertas, tipos y soluciones constructivas.
13.– El dibujo técnico en edificación: carpintería, puertas y ventanas.
14.– El dibujo técnico en edificación: elementos de protección y seguridad (barandillas, pasamanos, etc.).
15.– El dibujo técnico en edificación: escaleras, rampas y sistemas mecánicos de elevación.
16.– El dibujo técnico en edificación: instalaciones y esquemas de principio (eléctricas, fontanería, climatización).
17.– El dibujo técnico en edificación: detalles constructivos y soluciones habituales.
18.– El dibujo técnico en edificación: mobiliario y decoración, representación gráfica.
19.– El dibujo técnico en edificación: construcción industrializada y prefabricación.
20.– El dibujo técnico en accesibilidad: normativa, adaptación de espacios y señalización específica.
21.– El dibujo técnico en planes de autoprotección: evacuación, señalización de emergencia y normativa.
22.– El dibujo técnico urbanístico: planeamiento, viales, redes de instalaciones y servicios.
23.– El dibujo técnico urbanístico: mobiliario urbano, ornamentación vegetal y simbología.
24.– Documentación gráfica de los proyectos de obras de contratación pública: tipos, especificaciones y escalas.
25.– Normativa de elaboración y presentación de documentación gráfica: UNE, ISO.
26.– Manual de identidad corporativa y señalética: normas generales, marca, tipografía, tratamiento idiomático.
27.– Señalización en edificios administrativos: directorios, subdirectorios, rótulos secundarios, salidas de emergencia.
28.– Interpretación de planos y croquis: lectura, análisis y corrección de errores habituales.
29.– Gestión documental: archivo, conservación y digitalización de planos y documentos técnicos.
30.– Prevención de riesgos laborales para delineantes: normativa específica, ergonomía y seguridad en el puesto de trabajo.
ANEXO IV
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE INFORMÁTICA DE GESTIÓN DEL CUERPO DE AYUDANTES TÉCNICOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 14 plazas de la Escala de Informática de Gestión del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Sin exigencia de perfil lingüístico: 3
Con exigencia de perfil lingüístico 2: 10
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 1
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Informática de Gestión del Cuerpo de Ayudantes Técnicos son:
– Técnico/Técnica superior en desarrollo de aplicaciones multiplataforma,
– Técnico/Técnica superior en administración de sistemas informáticos en red,
así como todos sus equivalentes.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión los perfiles lingüísticos de euskera 2 y 3. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, determinados puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Certificado negativo de acuerdo al artículo 57.1 de la ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso-oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad pública, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Informática de Gestión del Cuerpo de Ayudantes Técnicos en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Informática de Gestión del Cuerpo de Ayudantes Técnicos o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en las opciones de técnico superior en desarrollo de aplicaciones informáticas o de técnico superior en administración de sistemas informáticos del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de conformidad con la tabla de correspondencias contenida en la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: Servicios prestados con nombramiento en cuerpo/escala/opción o contrato en categoría laboral con funciones asimilables a las de la Escala de Informática de Gestión del Cuerpo de Ayudantes Técnicos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder a los cursos oficiales de especialización de formación profesional.
– A razón de 10,80 puntos por título, los siguientes cursos oficiales de especialización:
Curso de especialización en inteligencia artificial y big data (Acceso GS).
Curso de especialización en despliegue de productos software en contenedores (Acceso GS).
Curso de especialización en recursos y servicios en la nube (Acceso GS).
Curso de especialización en ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información (Acceso GS).
Curso de especialización en desarrollo de videojuegos y realidad virtual (Acceso GS).
Curso de especialización de desarrollo de aplicaciones en lenguaje python (Acceso GS).
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, diplomatura e ingeniería técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo IV del Decreto 147/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, ingeniería técnica o diplomatura solo se valorará una única titulación por campo de estudio.
– A razón de 7,2 puntos por título, las siguientes titulaciones de Técnico/Técnica Superior en Formación Profesional
Técnico/Técnica superior en desarrollo de aplicaciones multiplataforma.
Técnico/Técnica superior en administración de sistemas informáticos en red.
Técnico/Técnica superior en desarrollo de aplicaciones web.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, sí se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Informática de Gestión del Cuerpo de Ayudantes Técnicos, dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Sistemas informáticos. Definición y conceptos generales: Arquitectura, componentes físicos y hardware, gestión de dispositivos, objeto de directiva de grupo (GPO), configuración segura y MDM (Mobile Device Management).
2.– Puesto de Trabajo. Sistema operativo propietario Windows y sistemas operativos abiertos Linux: Conceptos y funciones principales. Distribuciones. Instalación, administración básica, automatización, scripting y tareas programadas.
3.– Servidores: fundamentos, gestión, servicios, usuarios, seguridad, comunicaciones. Sistemas operativos Windows Server y Linux. Virtualización de servidores.
4.– Periféricos: componentes hardware, otros dispositivos (impresoras y equipos multifunción), drivers, colas y políticas de impresión, conectores y tipos de cableados.
5.– Dispositivos móviles: Conceptos básicos de iOS y Android (teléfonos, tablets...).
6.– Automatización de oficinas: Ofimática e informática personal. Aplicaciones de usuario final (tratamiento de textos, hojas de cálculo, elaboración y gestión de presentaciones y base de datos).
7.– Firma electrónica: conceptos, certificados cualificados de Izenpe (BakQ, certificado ciudadano, profesional en la nube), DNI electrónico (DNIe) y política de firma del Gobierno Vasco.
8.– Lenguajes de programación: conceptos básicos, instrucciones y estructuras.
9.– Java EE y.Net: arquitectura y plataformas, componentes, persistencia y seguridad.
10.– Aplicaciones web: conceptos de desarrollo, multiplataforma y multidispositivo.
11.– Sistemas de almacenamiento: Organización de ficheros y su utilización. Discos RAID. Redes de almacenamiento NAS y SAN. Virtualización del almacenamiento. Sistemas en la nube.
12.– Bases de datos: Conceptos generales: tipos, organización, estructura de datos y acceso. Diseño lógico y físico. Sistemas de gestión de base de datos relacionales. Características y componentes. Principales funciones y utilidades. Tablas. Consultas. Formularios. Informes. Relaciones. Importación, vinculación y exportación de datos.
13.– Lenguajes: Lenguajes de interrogación de base de datos (SQL). Lenguaje de definición de datos (DDL, Data Definition Language). lenguaje de manipulación de datos (DML, Data Manipulation Language).
14.– Redes de área local: Conceptos, arquitectura, tipología, medios de transmisión, elementos y métodos de acceso. Sistemas de cableado. Conceptos generales de la electrónica de red: repetidores, concentradores, puentes, conmutadores, encaminadores, pasarelas. Redes LAN y WAN. Conceptos de VLAN.
15.– Redes IP: Modelo TCP/IP y modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI). Protocolos FTP, ICMP, SSH, TCP/IP y UDP. DNS (Sistema de nombres de dominio). DHCP (protocolo de configuración dinámica de host).
16.– Redes inalámbricas: Características funcionales y técnicas básicas de los sistemas WiFi. Componentes. Bluetooth, RFID y NFC. Movilidad y redes 3G, 4G, LTE y 5G.
17.– Internet: Historia. Características y elementos hardware. Servicios basados en Internet. Lenguajes y tecnologías utilizados en Internet (edición HTML, hojas de estilo CSS, XML, JavaScript). Navegadores web.
18.– Sitios web: principios de accesibilidad y requisitos. Usabilidad y analítica. Normativa a aplicar sobre accesibilidad y recomendaciones del World Wide Web Consortium (W3C).
19.– Correo electrónico: configuración del protocolo SMTP y servidores POP3 e IMAP.
20.– Redes sociales. Características y uso.
21.– Computación en la nube (Cloud Computing): Definición y conceptos generales de nubes privadas, públicas e híbridas.
22.– ENI: Esquema nacional de interoperabilidad en el ámbito de la administración electrónica.
23.– Trabajo en grupo y equipos de trabajo: Conceptos, usos y tipos. Herramientas colaborativas, plataformas de colaboración, sistemas de videoconferencia de puesto.
24.– Desarrollo y gestión de proyectos: Metodologías de desarrollo de software (Ciclo de vida clásico, modelo de espiral y construcción de prototipos). Metodología Agile. Métricas (ARINBide, Métrica v3).
25.– Teletrabajo: normativa del Gobierno Vasco, características de su uso y equipamiento. Ergonomía en el puesto de trabajo.
26.– Seguridad física y lógica en Sistemas Informáticos. Control de accesos. Conceptos y definiciones: autenticidad, confidencialidad, disponibilidad, integridad y trazabilidad.
27.– Sistemas de respaldo y recuperación de la información. Procedimientos y métodos para la conservación de la información en soportes de almacenamiento. Sistemas de backup.
28.– Gestión de amenazas y vulnerabilidades. Definiciones y conceptos: hoax, spam, phishing, ramsonware, virus y otros software malignos (malware) avanzados, amenazas persistentes avanzadas. Uso y configuración de cortafuegos y proxys.
29.– Ciberseguridad. Definiciones y conceptos de los sistemas de información: Herramientas SIEM, IDS, IPS. Medidas específicas para las comunicaciones móviles: concepto MDM y estrategias BYOD. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Administración de redes de área local.
30.– Identificación de usuarios/usuarias. Definición y conceptos: LDAP, Single sign-on. Acceso remoto a sistemas corporativos: teletrabajo, Redes Privadas Virtuales (VPN), Virtualización de puestos de trabajo (VDI).
31.– Esquema nacional de seguridad (ENS). Principios, requisitos mínimos, perfiles de cumplimiento, auditoría y respuesta a incidentes.
32.– GureSeK: Proceso de gestión de la seguridad de la información, seguridad de los servicios electrónicos prestados por el Gobierno Vasco a la ciudadanía.
33.– RGPD: normativa. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
34.– LOPDGDD: normativa. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
35.– Entidades relacionadas con la gestión informática en el Sector Público vasco: Dirección de Estrategia Digital (DED) del Gobierno Vasco, Sociedad Informática del Gobierno Vasco (EJIE), Agencia Vasca de Ciberseguridad (Cyberzaintza), Sociedad Informática de la Diputación Foral de Bizkaia (Lantik), Sociedad Foral de Servicios Informáticos de la Administración Pública de Gipuzkoa (Izfe), Centro de Cálculo de Álava (CCASA), Sociedad Pública de telecomunicaciones del Gobierno Vasco (Itelazpi), Autoridad Vasca de Protección de Datos (AVPD), Red de Telecentros (KZgunea), Empresa de Certificación y Servicios (Izenpe).
36.– Estándares tecnológicos del Gobierno Vasco: ámbito de aplicación y elementos/productos estandarizados. Proceso de convergencia BATERA del sector público vasco.
37.– Sede electrónica del Gobierno Vasco. Qué es. Características. Servicios ofrecidos.
38.– Aplicaciones móviles (app) dirigidas a la ciudadanía: NIK cartera digital, Euskalmet, Traductor neuronal Itzuli, etc.
ANEXO V
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE LABORATORIO E INSPECCIÓN DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE DEL CUERPO DE AYUDANTES TÉCNICOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 12 plazas de la Escala de Laboratorio e Inspección de Salud y Medio Ambiente del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Sin exigencia de perfil lingüístico: 6
Con exigencia de perfil lingüístico 2: 6
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Laboratorio e Inspección de Salud y Medio Ambiente del Cuerpo de Ayudantes Técnicos son:
– Técnico/Técnica superior en química industrial,
– Técnico/Técnica superior en laboratorio de análisis y de control de calidad,
– Técnico/Técnica superior en laboratorio clínico y biomédico,
– Técnico/Técnica superior en química y salud ambiental,
así como todos sus equivalentes.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión los perfiles lingüísticos de euskera 2 y 3. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, determinados puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso-oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad pública, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Laboratorio e Inspección de Salud y Medio Ambiente del Cuerpo de Ayudantes Técnicos en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Laboratorio e Inspección de Salud y Medio Ambiente del Cuerpo de Ayudantes Técnicos o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en la Escala de laboratorio del Cuerpo de Ayudantes Técnicos o en las opciones de técnico superior en química industrial, de técnico superior en laboratorio de diagnóstico clínico, de técnico superior en laboratorio de análisis y control de calidad o de técnico superior en salud ambiental del Cuerpo de Ayudantes Técnicos, de conformidad con la tabla de correspondencias contenida en la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: Servicios prestados con nombramiento en cuerpo/escala/opción o contrato en categoría laboral con funciones asimilables a las de la Escala de Laboratorio e Inspección de Salud y Medio Ambiente del Cuerpo de Ayudantes Técnicos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder a los cursos oficiales de especialización de formación profesional.
– A razón de 10,80 puntos por título, los siguientes cursos oficiales de especialización:
Curso de especialización en cultivos celulares (Acceso GS).
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, diplomatura e ingeniería técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo IV del Decreto 147/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, ingeniería técnica o diplomatura solo se valorará una única titulación por campo de estudio.
– A razón de 7,2 puntos por título, las siguientes titulaciones de Técnico/Técnica Superior en Formación Profesional:
Técnico/Técnica superior en química industrial.
Técnico/Técnica superior en laboratorio de análisis y de control de calidad.
Técnico/Técnica superior en laboratorio clínico y biomédico.
Técnico/Técnica superior en química y salud ambiental.
Técnico/Técnica superior en fabricación de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Laboratorio e Inspección de Salud y Medio Ambiente del Cuerpo de Ayudantes Técnicos, no dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Acreditación de laboratorios: requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración. Requisitos relativos a la estructura. Requisitos del proceso. Requisitos del sistema de gestión. Conceptos de acreditación, certificación y buenas prácticas de laboratorio.
2.– Gestión de equipos en el laboratorio. Mantenimiento, verificación y calibración de equipos y materiales. Patrones y materiales de referencia. Concepto de trazabilidad metrológica. El material volumétrico en el laboratorio. Instrumentos de pesada en el laboratorio. Equipos de temperatura en el laboratorio.
3.– Calidad en el Laboratorio. Parámetros de calidad de los métodos de ensayo: exactitud, precisión, sensibilidad, selectividad, límite de detección, límite de cuantificación, robustez. Evaluación de la calidad externa e interna. Cartas de control. Aceptación y rechazo de datos. Expresión de resultados.
4.– La seguridad en el Laboratorio: Riesgos y su prevención en la manipulación de sustancias químicas. Riesgos y su prevención en el laboratorio de microbiología. Clasificación de los agentes biológicos.
5.– Operaciones básicas en el laboratorio: Pesada, preparación de disoluciones, expresión de la concentración. Técnicas de análisis químico: valoración de disoluciones, patrones y reactivos indicadores Preparación de material en el laboratorio de microbiología. Esterilización.
6.– Métodos volumétricos, gravimétricos electroquímicos, espectrofotométricos y cromatográficos. Conceptos generales y sus aplicaciones.
7.– Medios de cultivo y reactivos en microbiología: función de los componentes. Tipos: generales, selectivos, de enriquecimiento y diferenciales. Preparación, control de calidad y almacenamiento.
8.– Microorganismos indicadores en aguas y alimentos: definición y aplicación. Técnicas de detección, recuento e identificación de microorganismos indicadores en aguas y alimentos: coliformes, escherichia coli, entercocos intestinales, clostridium perfringens, aerobios, enterobacterias.
9.– Microorganismos patógenos transmitidos por aguas y alimentos: salmonella spp, listeria monocytogenes, campylobacter spp, legionella pneumophila, enterotoxina estafilocócica, E. coli productora de Shiga Toxina STEC, norovirus y virus de la hepatitis A. Definición y aplicación. Técnicas de cultivo y moleculares para la detección e identificación.
10.– Aguas de consumo: proceso de potabilización y distribución del agua. Parámetros microbiológicos y fisicoquímicos. Principales riesgos microbiológicos y químicos del agua de consumo.
11.– Aguas de baño: Reglamentación y principales riesgos de las aguas de baño.
12.– Legionella: características de la legionella. Riesgos en torres de refrigeración y otros medios. Prevención.
13.– Sistemas de autocontrol: bases teóricas. Autocontrol basado en el HACCP/APPCC en establecimientos alimentarios. Autocontrol en piscinas y torres de refrigeración.
14.– Brotes epidemiológicos: principales brotes alimentarios y características.
15.– Inspección de establecimientos alimentarios: Preparación. Principales partes de una inspección. Cumplimentación de actas de inspección.
16.– Comedores colectivos: Definiciones. Clasificación de comedores colectivos de acuerdo al riesgo. Principales exigencias higiénico-sanitarias.
17.– Sistemas de conservación de alimentos: refrigeración, congelación, tratamiento por calor, envasado. Condiciones de almacenamiento en cada caso.
18.– Etiquetado de alimentos y trazabilidad: Etiquetado obligatorio. Concepto de trazabilidad.
19.– Contaminación acústica. Conceptos básicos de ruido ambiental. Legislación.
20.– Contaminación atmosférica. Redes de control de la calidad del aire. Funcionamiento, Métodos y Técnicas de evaluación (contaminantes y parámetros meteorológicos). Elementos de las redes de control (analizadores y sensores de medición). Equipos de medición (Mantenimiento y calibración). Toma de muestras.
21.– Normativa sobre calidad del aire. Plan de calidad del aire de Euskadi. Efectos en salud y ecosistemas.
22.– Contaminantes atmosféricos. Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (APCA). Instalaciones emisoras de compuestos orgánicos volátiles (COV). Instalaciones de combustión mediana (IMC). Trámites de notificaciones (APCA) de las instalaciones emisoras de compuestos orgánicos volátiles (COV) y registro de las instalaciones de combustión medianas ante la administración. Normativa en relación con emisiones a la atmósfera.
23.– Vertidos de aguas residuales industriales. Tipos y características de vertidos.
24.– Suelos: Inventario de suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes del suelo. Prevención y corrección de la contaminación del suelo. Actividades e instalaciones potencialmente contaminantes del suelo. Instrumentos para conocer y controlar la calidad del suelo. Procedimientos de declaración en materia de calidad del suelo. Investigación de la calidad del suelo. Normativa y trámites autorizatorios y de comunicación ante la administración.
25.– Evaluación ambiental: Guías y directrices. Normativa y tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos (ámbito de aplicación, agentes del procedimiento, marco de tramitación de evaluación de impacto ambiental ordinaria y simplificada).
26.– Residuos: Tipos y flujos de residuos. Fuentes de generación. Determinación de peligrosidad de un residuo. Sistema de identificación de residuos peligrosos y no peligrosos. Clasificación. Codificación. Caracterización y características de peligrosidad. Almacenamiento, envasado, prevención, etiquetado, declaración anual de residuos, subproductos y fin de condición de residuo, seguros y fianzas. Tratamiento y vías de gestión. Alternativas y prioridades. Sistemas de tratamiento: recuperación, depósito, valorización y eliminación.
27.– Residuos específicos: Residuos urbanos. Pilas y baterías. Residuos de construcción de demolición (RCD). Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) y sistemas integrados de gestión (SIG). Aceites usados. Residuos Fitosanitarios. Residuos Sanitarios. Neumáticos fuera de uso. Lodos de depuración. Subproductos animales (SANDACH). Envases. Plásticos. Vehículos al final de su vida útil (VFU). Bioresiduos. Etc.
28.– Traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. Traslado transfronterizo de residuos peligrosos y no peligrosos. Procedimientos de autorización entre estados importadores y exportadores. Garantías. Normativa y trámites autorizatorios y de comunicación ante la administración. Productores. Operadores. Agentes. Negociantes y transportistas de residuos.
29.– Actividades con incidencia en el medio ambiente. Aspectos medio ambientales para tener en cuenta. Autorización ambiental integrada y autorización ambiental única: régimen autorizatorio. Modificaciones sustanciales (MS). Modificaciones no sustanciales (MNS). Plan de vigilancia ambiental. Valores límite de emisión (VLE). Mejores técnicas disponibles. (MTD). Actividades clasificadas: Licencia de actividad clasificada. Comunicación previa de actividad clasificada.
30.– Sistema electrónico de información y tramitación ambiental del Gobierno Vasco (INGURUNET). Requisitos de acceso al sistema. Conceptos. Entidad/Centro. Número de identificación medio ambiental (NIMA). Tramitación de expedientes y registros del sistema.
31.– Reglamentos REACH-CLP: conceptos básicos. Clasificación. Etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. Fichas de seguridad (FDS).
ANEXO VI
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE PESCA DEL CUERPO DE AYUDANTES TÉCNICOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 6 plazas de la Escala de Pesca del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Con exigencia de perfil lingüístico 2: 6
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Pesca del Cuerpo de Ayudantes Técnicos son:
– Técnico/Técnica superior organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones,
– Técnico/Técnica superior transporte marítimo y pesca de altura,
así como todos sus equivalentes.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 2. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, determinados puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Certificado de suficiencia en vigor: avanzado en técnicas de lucha contra incendios.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
– Certificado de suficiencia en vigor: embarcaciones de supervivencia y botes de rescate no rápidos.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
– Certificado de suficiencia en vigor: formación básica en seguridad.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
– Certificado de suficiencia en vigor: formación sanitaria específica avanzada.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
– Certificado de suficiencia en vigor: formación sanitaria específica inicial.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
– Tarjeta profesional en vigor de mecánico/ mecánica mayor naval de la marina mercante – con el siguiente aumento de atribuciones: jefe de máquinas en buques civiles con una potencia inferior a 3.000 kW, cuando se acredite un periodo de embarco como oficial o primer oficial de máquinas de 24 meses en buques.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
– Tarjeta profesional en vigor de patrón/patrona de altura de la marina mercante o patrón mayor de cabotaje con atribuciones sin restricción de mando.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
– Título de competencia en vigor: operador general del sistema mundial de socorro y seguridad marítima (SMSSM).
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos adjuntando copia simple del documento justificativo.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso-oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad pública, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Pesca del Cuerpo de Ayudantes Técnicos en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Pesca del Cuerpo de Ayudantes Técnicos o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en las opciones de técnico superior en navegación, pesca y transporte marítimo, o de técnico superior en supervisión y control de máquinas e instalaciones de buque del Cuerpo de Ayudantes Técnicos, de conformidad con la tabla de correspondencias contenida en la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: Servicios prestados con nombramiento en cuerpo/escala/opción o contrato en categoría laboral con funciones asimilables a las de la Escala de Pesca del Cuerpo de Ayudantes Técnicos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder a los cursos oficiales de especialización de formación profesional.
– A razón de 10,80 puntos por título, los siguientes cursos oficiales de especialización:
Curso de especialización en digitalización del mantenimiento industrial (Acceso GS).
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, diplomatura e ingeniería técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo IV del Decreto 147/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, ingeniería técnica o diplomatura solo se valorará una única titulación por campo de estudio.
– A razón de 7,2 puntos por título, las siguientes titulaciones de técnico/técnica superior en formación profesional:
Técnico/Técnica superior organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones.
Técnico/Técnica superior transporte marítimo y pesca de altura.
Técnico/Técnica superior en acuicultura.
Técnico/Técnica superior en mecatrónica industrial.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, sí se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Pesca del Cuerpo de Ayudantes Técnicos, dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– El derecho del mar.
2.– Política pesquera común.
3.– Infracciones y potestad sancionadora en Euskadi.
4.– La ley de pesca de Euskadi.
5.– Ley de pesca del estado.
6.– Competencias en materia de pesca, marisqueo y acuicultura: Distribución de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma del Euskadi.
7.– Funciones de control e inspección de la actividad de pesca marítima, marisqueo y acuicultura.
8.– Recogida de bivalvos en Euskadi.
9.– Recolección de percebes en Euskadi.
10.– La pesca recreativa en Euskadi.
11.– Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y Consejo Internacional para la Exploración del Mar (ICES/CIEM). Qué son y zonas de pesca.
12.– Organizaciones regionales de ordenación pesquera.
13.– Conservación de los recursos pesqueros.
14.– La gestión de los buques del caladero cantábrico y noroeste.
15.– La regulación de la pesca con artes fijos.
16.– La regulación del caladero nacional.
17.– Regulación de la pesca con artes menores (AAMM) en las aguas interiores de Euskadi.
18.– Reglamento sobre la organización común de los mercados (OCM) y normas de comercialización.
19.– Reglamentos de control comunitarios.
20.– Acceso a las aguas, los recursos y control de la comercialización en la normativa de control europea.
21.– Trazabilidad en la comercialización de la pesca.
22.– Primeras ventas de productos pesqueros.
23.– Identificación, tallas mínimas y normativa aplicable de especies más habituales en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
24.– Flota vasca, clasificación, modalidades de pesca, distribución geográfica, tramos de arqueo.
25.– Entidades asociativas de la pesca en Euskadi.
26.– Funcionamiento de las organizaciones de productores pesqueros (OPP).
27.– Higiene en la producción primaria de la pesca extractiva.
28.– Higiene en la producción primaria de la acuicultura.
29.– Clasificación de los buques.
30.– Pesca profesional de la angula.
ANEXO VII
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE LA ESCALA DE SEMILLAS DEL CUERPO DE AYUDANTES TÉCNICOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y SU ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 3 plazas de la Escala de Semillas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional, todas ellas por el turno libre y modalidad de acceso general, de acuerdo con la siguiente distribución:
Sin exigencia de perfil lingüístico: 1
Con exigencia de perfil lingüístico 3: 2
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal para el Cuerpo Superior Facultativo es de 20,68 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, las titulaciones para el acceso a la Escala de Semillas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos son:
– Técnico/Técnica superior en gestión y organización de empresas agropecuarias,
– Técnico/Técnica superior gestión forestal y del medio natural,
– Técnico/Técnica superior procesos y calidad en la industria alimentaria,
así como todos sus equivalentes.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
3.1.– En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión los perfiles lingüísticos de euskera 3. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
3.2.– Asimismo, determinados puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos:
– Permiso de conducir B.
Deberá alegarse mediante su declaración en el trámite de alegación de méritos.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso-oposición.
4.1.– Fase de oposición.
El diseño y desarrollo de la fase oposición se contiene en el apartado 11 de las bases generales.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición es de 100 puntos.
4.2.– Fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
4.2.1.– Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad pública, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:
i) Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:
– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Semillas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos en la relación de puestos de trabajo vigente.
– Con nombramiento en la Escala de Semillas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos o con contrato laboral de categoría asimilable.
– Con nombramiento en las opciones de técnico superior en gestión y organización de empresas agropecuarias, de técnico superior en industria alimentaria o de técnico superior en gestión y organización de recursos naturales y paisajísticos del Cuerpo de Ayudantes Técnico, de conformidad con la tabla de correspondencias contenida en la Ley 7/2021 de 11 de noviembre, de los cuerpos y las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ii) Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: Servicios prestados con nombramiento en cuerpo/escala/opción o contrato en categoría laboral con funciones asimilables a las de la Escala de Semillas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.
El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.
La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.
4.2.2.– Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.
No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder a los cursos oficiales de especialización de formación profesional.
– A razón de 10,80 puntos por título, los siguientes cursos oficiales de especialización:
Curso de especialización en floristería y arte floral (Acceso GM).
Curso de especialización en cultivos celulares (Acceso GS).
– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería, diplomatura e ingeniería técnica de los siguientes campos de estudio:
(Véase el .PDF)
Las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio son las que se determinan en el Anexo IV del Decreto 147/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura ingeniería, ingeniería técnica o diplomatura solo se valorará una única titulación por campo de estudio.
– A razón de 7,2 puntos por título, las siguientes titulaciones de técnico/técnica superior en formación profesional:
Técnico/Técnica superior en gestión forestal y del medio natural.
Técnico/Técnica superior en procesos y calidad en la industria alimentaria.
Técnico/Técnica superior en laboratorio de análisis y de control de calidad.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html).
4.3.– Conocimiento de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
(Véase el .PDF)
Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1.a) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, sí se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en la Escala de Semillas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos, dándoles prioridad.
6.– Temario específico.
1.– Semillas y plantas de vivero: Concepto. Variedades. Registro de variedades comerciales.
2.– Semillas y plantas de vivero: Categorías. Producción. Comercialización.
3.– Semillas y plantas de vivero: Control y certificación. Precintado. Etiquetas. Ensayos de pre y post control. Infracciones y sanciones.
4.– Variedades vegetales protegidas: Concepto. Requisitos de protección. Derechos del obtentor. Licencias. Registro oficial.
5.– Control y certificación de patata de siembra.
6.– Producción de patata de siembra en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
7.– Control y certificación de semillas de cereales
8.– Control y certificación de semillas de plantas hortícolas.
9.– Comercialización de los materiales forestales de reproducción.
10.– Control de la producción y comercialización de los materiales de reproducción de las plantas ornamentales.
11.– Control de la producción y comercialización de plantones de hortalizas y material de multiplicación de hortalizas distinto de las semillas.
12.– Control y certificación de plantas de vivero de vid.
13.– Control y certificación de plantas de vivero de frutales.
14.– Control y Certificación de semillas de plantas forrajeras.
15.– Uso sostenible de los productos fitosanitarios: gestión integrada de plagas. Formación de usuarios profesionales y vendedores.
16.– Registro oficial de productores y operadores (ROPO). Administraciones competentes en Euskadi.
17.– Plagas vegetales en Europa. Plagas cuarentenarias, plagas prioritarias, plagas de zona protegida y plagas reguladas no cuarentenarias.
18.– Pasaporte fitosanitario. Formato, contenido, expedición. Vegetales que deben portarlo.
19.– Registro de operadores profesionales de vegetales (ROPVEG). Concepto. Obligación de registro. Clases de operadores.
20.– Registro de operadores profesionales de vegetales (ROPVEG). Procedimiento de registro. Contenido. Número de registro. Declaraciones a presentar.
21.– Productores de material Vegetal de Reproducción. Tipos de productores. Autorización. Obligaciones.
22.– Plagas y enfermedades de la patata.
23.– Producción de semilla certificada en Euskadi.
24.– Sistemas de semillas de la OCDE y Estándar de Acreditación ISTA para Análisis y Muestreo de Semillas. Concepto, objetivos y ámbito de aplicación.
25.– Cadena alimentaria. Plan nacional de control oficial de la cadena alimentaria (PNCOCA). Autoridades competentes. Objetivos de alto nivel. Programas de control. Plan de control oficial de la cadena agroalimentaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
26.– Programa de control oficial de sanidad vegetal.
27.– Programa de control oficial de la liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente (OMG) para la producción de alimentos y piensos.
28.– Controles y otras actividades oficiales realizadas sobre la cadena agroalimentaria y operaciones relacionadas. Concepto. Obligaciones generales. Auditorías Designación de laboratorios oficiales. Ejecución de los controles oficiales.
29.– Protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
30.– Zonas vulnerables declaradas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
RSS