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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 98, miércoles 27 de mayo de 2026


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Nombramientos, situaciones e incidencias

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2258

ORDEN de 15 de mayo de 2026, de la consejera de Educación, por la que se autorizan permutas de plazas de titulares en el Cuerpo Docente de Educación Secundaria y de plazas de titulares en el Cuerpo de Maestras y Maestros.

Deiene Rodriguez Izaguirre es funcionaria de carrera del Cuerpo docente de Educación secundaria, Especialidad Biología y Geología en el centro IES Azkoitia BHI. Ioritz Gonzalez Lertxundi es funcionario de carrera del Cuerpo docente de Educación secundaria, Especialidad Biología y Geología en el centro IES Ondarroa BHI.

Ugaitz Catalán Eizagirre es funcionario de carrera del Cuerpo de Maestras y Maestros en la Especialidad Música en el centro CEIP Azkoitiko ikastola Xabier Munibe HLHI. Jorge Ortega Fernandez es funcionario de carrera del Cuerpo de Maestras y Maestros en la Especialidad Música en el centro CEIP Landako Eskola HLHI.

La normativa en vigor que resulta de aplicación son la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco; Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco; el Decreto 252/2025, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Euskadi; Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Decreto 71/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación.

A tenor de la Disposición final segunda del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, lo dispuesto en su disposición adicional sexta relativo al régimen de permutas, no tiene carácter básico, sin embargo, resulta de aplicación en el presente caso a falta de regulación expresa en la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco. El Decreto 252/2025, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Euskadi, hecha referencia al anterior real decreto, establece en su artículo 10 un régimen específico aplicable para las permutas de destinos dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Analizado en ambos casos el cumplimiento de los requisitos legales vigentes de los solicitantes y a solicitud de la Dirección de Gestión de Personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 381/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, las Jefaturas Territoriales de Inspección de Gipuzkoa y Bizkaia han emitido informes favorables a la autorización de las permutas solicitadas.

En el presente caso, resulta acreditado el cumplimiento por los solicitantes de todos los requisitos legales en vigor establecidos para la autorización de la permuta de las plazas ocupadas en activo como destino definitivo.

En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 381/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación

DISPONGO:

Primero.– Autorizar la permuta solicitada de las plazas del Cuerpo docente de profesoras y profesores de Educación secundaria, en la Especialidad de Biología y Geología, ocupadas como destino definitivo por Deiene Rodriguez Izaguirre y Ioritz Gonzalez Lertxundi, en los centros IES Azkoitia BHI y IES Ondarroa BHI, respectivamente.

Segundo.– Autorizar la permuta solicitada de las plazas del Cuerpo docente de Maestras y Maestros, en la Especialidad de Música, ocupadas como destino definitivo por Ugaitz Catalán Eizagirre y Jorge Ortega Fernandez, en los centros CEIP Azkoitiko ikastola Xabier Munibe HLHI y CEIP Landako Eskola HLHI, respectivamente.

Tercero.– Las permutas autorizadas tendrán efectos económicos y administrativos a partir del 1 de septiembre de 2026.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de mayo de 2026.

La consejera de Educación,

MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.


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