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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 77, jueves 18 de abril de 2024


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DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
1877

ANUNCIO por el que se notifican resoluciones dictadas por la Directora de la Ertzaintza, con relación a infracciones de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana (LOPSC).

Intentada sin efecto la notificación personal de la referida resolución, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.– Contra las citadas resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, podrá la persona interesada interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Seguridad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio. El expediente se encuentra a su disposición en la Dirección de Coordinación de Seguridad, en Larrauri Mendotxe Bidea, 18 de Erandio.

2.– Finalizado el plazo del mes para interponer el recurso de alzada, dispone de quince días hábiles para realizar el pago de la multa (artículo 53 LOPSC).

3.– A tal objeto, deberá utilizar la carta de pago correspondiente, que podrá obtener solicitándola en la dirección arriba indicada o accediendo a su expediente electrónico. Una vez disponga de dicha carta, podrá abonar la multa en las entidades financieras colaboradoras que figuran en ella o a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco (http://www.euskadi.net/mipago).

4.– En caso de no hacer efectiva la sanción en el plazo voluntario indicado, se procederá a su exacción por la vía de apremio sobre su patrimonio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 101.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

5.– Si se tratara de multas impuestas a los menores de edad por la infracción del artículo 36.16 de la Ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, podrán suspenderse, siempre que, a solicitud de las personas infractoras y sus representantes legales, aquellas accedan a someterse a tratamiento o rehabilitación, si lo precisan, o a actividades de reeducación (disposición adicional quinta de la Ley). Se deberá comunicar a esta Administración tal circunstancia en el plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución.

Lo que se hace público para el conocimiento de las personas interesadas reseñadas en el anexo, a quienes debe servir de notificación individual.

La presente notificación surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Erandio, a 5 de abril de 2024.

La Directora de la Ertzaintza,

VICTORIA DE JESÚS LANDA MOÑUX.

(Véase el .PDF)

Análisis documental