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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 217, martes 14 de noviembre de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
DEPARTAMENTO DE SALUD
5112

DECRETO 163/2023, de 31 de octubre, por el que se reconoce la utilidad pública a la Asociación Dalecandela a la ELA.

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco que contribuyan, mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la Asociación Dalecandela a la ELA ha solicitado la declaración mencionada, por entender que promueve el interés general mediante la continua y efectiva realización de fines de difusión y recaudatorios en relación con la enfermedad esclerosis lateral amiotrófica (ELA).

Realizan una destacada labor de difusión con impacto en los medios de comunicación y en las redes sociales. En este sentido, recaudan dinero que destinan a distintas entidades que trabajan en temas relacionados con la enfermedad.

La Asociación Dalecandela a la ELA consta inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número AS/B/24875/2023, en virtud de Resolución de fecha 5 de abril de 2023, dictada por la Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Las actividades de la asociación son reconocidas por la sociedad como de interés general.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, de 22 de junio, la declaración de utilidad pública se realizará mediante decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los departamentos a los que corresponda en función de la materia. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los departamentos e instituciones requeridos al efecto.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno y de la Consejera de Salud, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 31 de octubre de 2023

DISPONGO:

Artículo único.– Declarar de utilidad pública a la Asociación Dalecandela a la ELA, inscrita con el número de registro AS/B/18960/2015 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.

Así mismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 43 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 31 de octubre de 2023.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.

La Consejera de Salud,

MIREN GOTZONE SAGARDUI GOIKOETXEA.


Análisis documental