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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 46, martes 7 de marzo de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
1220

RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2023, del Director de Actividad Física y Deporte, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los estatutos de la Federación Vasca de Tenis de Mesa.

A la vista de la redacción de la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Tenis de Mesa inscrita en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco el 23 de abril de 1990 con el número 169.

Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Tenis de Mesa, celebrada el 26 de enero de 2023, aprobó la modificación de los artículos 1 y 19 de los Estatutos de la Federación y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente.

Se considera que la modificación de los Estatutos es conforme con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero y de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte de Euskadi.

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen.

RESUELVO:

Primero.– Aprobar en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la inscripción o modificación estatutaria de los artículos de los Estatutos de Federaciones Vascas de la Federación Vasca de Tenis de Mesa, quedando redactados de la siguiente manera:

Artículo 1.– La Federación Vasca de Tenis de Mesa es la entidad privada sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, que reúne a deportistas, técnicas y técnicos, juezas y jueces y agrupaciones deportivas para la práctica, promoción y organización de la modalidad de Tenis de Mesa en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Asimismo, se impulsará el Tenis de Mesa Adaptado.

Artículo 19.– 1.– La Asamblea General se reúne en sesiones ordinarias y extraordinarias.

2.– La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez cada ejercicio, dentro del primer semestre, para:

a) Aprobar el estado de cuentas y presupuestos.

b) Aprobar el plan de actuación.

c) Aprobar el calendario oficial de competiciones.

3.– Los demás asuntos de su competencia, salvo los previstos en el párrafo siguiente, se tratarán también en asamblea ordinaria.

4.– La Asamblea General se reunirá en sesión extraordinaria para tratar los siguientes asuntos:

a) Celebración de elecciones.

b) Moción de censura.

c) Aprobación y/o modificación de Reglamentos.

d) Aprobación y/o modificación de Estatutos.

e) Disolución de la federación.

5.– Las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General podrán se presenciales o telemáticas.

Segundo.– Notifíquese en el plazo legal establecido.

Tercero.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de febrero de 2023.

El Director de Actividad Física y Deporte,

GORKA ITURRIAGA MADARIAGA.


Análisis documental