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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 5, lunes 9 de enero de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
122

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2022, del Director de Planificación y Organización, por la que se conceden las becas reguladas por la Orden de 26 de julio de 2022, de estancia en la empresa, para alumnado de formación profesional que curse el módulo de Formación en Centro de Trabajo, durante el período septiembre-marzo, en el curso académico 2022-2023.

En fecha de 14 de septiembre de 2022 se hizo pública la Orden del Consejero de Educación, por la que se convocan becas de estancia en la empresa, para el alumnado de formación profesional que curse el módulo de FCT durante el periodo septiembre-marzo, en el curso académico 2022-2023.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Orden de 26 de julio, las solicitudes presentadas han sido evaluadas por la Comisión de Evaluación. La citada Comisión ha aprobado y elevado al Director de Planificación y Organización, la resolución de concesión y denegación, según corresponda, tal como consta en el acta de fecha de 10 de noviembre de 2022.

Una vez elevada la propuesta al Director de Planificación y Organización y tal como se dispone en el artículo 9 de la Orden, le corresponde al propio Director resolver la presente convocatoria.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo 1.– Conceder becas para estancias en la empresa al alumnado de Formación Profesional que curse el módulo de Formación en Centros de Trabajo durante el curso 2022-2023, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 7 de la Orden de 26 de julio de 2022, del Consejero de Educación. Estas becas se relacionan en el Anexo I.

Artículo 2.– Denegar, con arreglo al artículo 4 de la citada Orden, las becas de estancia en la empresa para el alumnado de formación profesional que curse el módulo de FCT durante el periodo septiembre-marzo, en el curso académico 2022-2023. Esta denegación de las becas se relacionan en el Anexo II.

Artículo 3.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en https://ikasgune.hezkuntza.net/eu, válida a efecto de notificación.

Artículo 4.– Ordenar la publicación de la presente Resolución para su general conocimiento en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

En el resto de condiciones se tendrá en cuenta lo dispuesto en la citada Orden de 26 de julio de 2022, del Consejero de Educación.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejero de Formación Profesional en el plazo de un mes, a partir del dia siguiente de la notificación de esta Resolución.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de diciembre de 2022.

El Director de Planificación y Organización,

NICOLÁS SAGARZAZU ALZUA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental