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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 242, miércoles 21 de diciembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
5468

RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2022, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto Constructivo del Ascensor para la conexión de la Estación de Easo (Calle Salud) con la Calle San Roke».

Las obras definidas en el proyecto de construcción a aprobar se sitúan en la provincia de Gipuzkoa, en el término municipal de Donostia / San Sebastián, y más concretamente en la zona de la plaza Easo.

El proyecto surge como respuesta a una de las alegaciones recibidas durante el proceso de información pública del Proyecto de Construcción del metro Donostialdea, en concreto del tramo Miraconcha-Easo. La alegación presentada por el Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián ponía en evidencia la falta de conexión del barrio de Ayete con la nueva infraestructura ferroviaria definida en el mencionado proyecto.

La solución a plantear en el presente proyecto pasaría por una infraestructura complementaria que permitiera «acercar» el servicio de Metro a los vecinos de Ayete a través de la Estación de Easo, en concreto, a través del cañón que sale a superficie al Oeste de la playa de vías de la Estación de Amara.

El cañón diseñado en el Proyecto de metro Donostialdea incluye una doble salida peatonal a superficie en las Calles Autonomía y Salud, sin embargo, los vecinos del barrio de Ayete quedan bastante alejado de la nueva infraestructura. El presente proyecto solventa el problema mediante la ejecución de un ascensor que da salida al Cañón a la Calle Salud, conectando con la Calle San Roke, ubicada en la misma ladera, pero con una diferencia de cotas entre ambas de casi 30 metros.

Se propone una conexión mediante medios mecánicos que permitan reducir considerablemente el tiempo de acceso al servicio de metro desde el Barrio de Ayete. La distancia en planta entre el ascensor de la Calle Salud (incluido en el proyecto de metro Donostialdea) y la curva de la Calle San Roke más cercana al mismo es de apenas 70 metros, sin embargo, el recorrido a pie entre ambos puntos por las Calles de Donostia supone 250 metros de ascenso que, a pesar de contar con escaleras mecánicas en algunos tramos, requiere de un tiempo que podría verse reducido de manera notable si se conectasen ambos puntos mecánicamente.

Tras el análisis realizado en el estudio de alternativas, se ha optado por desarrollar en el proyecto constructivo una solución de conexión entre la estación de Easo y la calle San Roke, introduciendo una parada intermedia en la c/ La Salud, constituida por un ascensor único, que conecta mediante una pasarela con la calle San Roke.

La nueva infraestructura, será de utilidad tanto para los usuarios del metro, como para los vecinos de la zona que necesiten acceder desde Autonomía a San Roke o viceversa.

El ascensor previsto se plantea con una capacidad máxima de 21 personas, y accesos a 180 grados orientado según el eje de la pasarela.

El recorrido de los usuarios del Metro es directo tanto desde la calle La Salud como desde la calle San Roke. Suponiendo una velocidad de marcha del peatón de 1,4m/s (5km/h), y una velocidad del ascensor de 1,60 m/s (según indica el proyecto de instalaciones), el tiempo de recorrido desde la calle San Roke hasta el cañón del Metro se estima en 73 segundos.

El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende un millón cuatrocientos ochenta y tres mil quinientos sesenta y cuatro euros con trece céntimos (1.483.564,13), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de dos millones ciento noventa mil treinta y siete euros con treinta y siete céntimos ( 2.190.037,37), y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de un millón ochocientos veintinueve mil novecientos cuarenta y ocho euros con veinticuatro céntimos (1.829.948,24).

El plazo de ejecución estimado para las obras es de diez (10) meses.

Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Este órgano es competente para la elaboración y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril, según lo dispuesto en el artículo 16.2 b) del Decreto 11/2021 de 19 de enero de 2021, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación

RESUELVO:

Primero.– Aprobar el «Proyecto Constructivo del Ascensor para la conexión de la Estación de Easo (Calle Salud) con la Calle San Roke» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de Dos millones ciento noventa mil treinta y siete euros con treinta y siete céntimos (2.190.037,37), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de diez (10) meses.

Segundo.– La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.

Esta Resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de noviembre de 2022.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.


Análisis documental