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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 232, lunes 5 de diciembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
5294

RESOLUCIÓN 100/2022, de 28 de noviembre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se autoriza la segunda modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de los estudios para la definición del Estudio Informativo de la terminal intermodal y logística de Lezo-Gaintxurizketa (Gipuzkoa), así como el Proyecto de Delimitación y Utilización de Espacios Ferroviarios, y el Plan Especial de Ordenación de la zona de Servicio Ferroviario.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 26 de julio de 2022, el Acuerdo por el que se autoriza la segunda modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de los estudios para la definición del Estudio Informativo de la terminal intermodal y logística de Lezo-Gaintxurizketa (Gipuzkoa), así como el Proyecto de Delimitación y Utilización de Espacios Ferroviarios, y el Plan Especial de Ordenación de la zona de Servicio Ferroviario, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se autoriza la segunda modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de los estudios para la definición del Estudio Informativo de la terminal intermodal y logística de Lezo-Gaintxurizketa (Gipuzkoa), así como el Proyecto de Delimitación y Utilización de Espacios Ferroviarios, y el Plan Especial de Ordenación de la zona de Servicio Ferroviario, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de noviembre de 2022.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 100/2022, DE 28 DE NOVIEMBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA SEGUNDA MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA A RED FERROVIARIA VASCA-EUSKAL TRENBIDE SAREA PARA LA REALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS PARA LA DEFINICIÓN DEL ESTUDIO INFORMATIVO DE LA TERMINAL INTERMODAL Y LOGÍSTICA DE LEZO-GAINTXURIZKETA (GIPUZKOA), ASÍ COMO EL PROYECTO DE DELIMITACIÓN Y UTILIZACIÓN DE ESPACIOS FERROVIARIOS, Y EL PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DE LA ZONA DE SERVICIO FERROVIARIO

El Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con fecha 22 de enero de 2020, suscribieron un protocolo de colaboración para instrumentar la colaboración necesaria para el desarrollo de la terminal intermodal y logística de Lezo-Gaintxurizketa (Gipuzkoa), con el fin de elaborar el Estudio Informativo y Proyectos Constructivos necesarios para el desarrollo de la terminal intermodal y logística, contemplada tanto en la planificación estatal y autonómica, así como en el Reglamento (UE) 1315/2013 de la Unión Europea, Dicho Protocolo ha sido prorrogado con fecha 22 de enero de 2022. En virtud de este protocolo, el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras desarrollaría en coordinación con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, los proyectos y estudios necesarios para la definición del Estudio Informativo y Proyectos Constructivos de la citada terminal intermodal y logística, que también permita la conexión a la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG).

Actualmente, el artículo 11 del Decreto 18/2020 de 6 de septiembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes las funciones correspondientes a ferrocarriles.

El artículo 16.2.a) y e) del Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, atribuye a la Dirección de Infraestructuras del Transporte, la planificación y programación de las inversiones en desarrollo y mantenimiento de infraestructuras de transportes competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como proponer y preparar los instrumentos de cooperación y de coordinación económica, técnica y administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con las demás administraciones territoriales en materia de infraestructuras del transporte.

Adscrito al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco se encuentra el ente público de derecho privado Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, que fue creado por Ley 6/2004, de 21 de mayo, cuya competencia se extiende a todas las infraestructuras ferroviarias actuales o que en el futuro se puedan construir que sean competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco y que se le encomienden.

El artículo 5.4 de la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea incluye dentro del objeto social del ente, cualquier función que le encomiende el Gobierno y que directa o indirectamente esté relacionada con la construcción, la conservación y la administración de infraestructuras de transporte ferroviario, y de forma especial las relativas a la redacción de estudios y proyectos y a la gestión, por medio de cualquier negocio jurídico admitido en derecho, de las infraestructuras que estén vinculadas a la política de transporte ferroviario, a los servicios de telecomunicaciones y al uso de espacios públicos.

De acuerdo a lo anteriormente establecido, el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 18 de febrero de 2020, encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la realización de los estudios para la definición del Estudio Informativo de la terminal intermodal y logística de Lezo-Gaintxurizketa (Gipuzkoa), así como el Proyecto de Delimitación y Utilización de Espacios Ferroviarios y el documento que desarrolla este último, el Plan Especial de Ordenación de la zona de Servicios Ferroviario. Con el objeto de redistribuir los créditos inicialmente asignados y amoldar el presupuesto total estimado de las actuaciones, con fecha 25 de mayo de 2021 se autoriza la modificación de la encomienda de referencia.

El presupuesto de los trabajos descritos en el apartado cuarto de la encomienda aprobada el 18 de febrero de 2020 y modificado el 25 de mayo de 2021, se estimó en la cantidad de seiscientos ochenta y nueve mil trescientos veintiún (689.321) euros IVA incluido, con las siguientes anualidades:

– 2020: 24.321 euros.

– 2021: 444.000 euros.

– 2022: 221.000 euros.

De acuerdo con las indicaciones planteadas por el Ente Público Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea en relación al grado de ejecución de los trabajos, es necesario amoldar la distribución presupuestaria inicialmente prevista y ajustar el presupuesto inicialmente estimado.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, y previa la correspondiente deliberación, en sesión celebrada el día 26 de julio de 2022, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.– Modificar el punto 6.– Valoración y Abono de los Trabajos de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, aprobada el 18 de febrero de 2020 y modificada el 25 de mayo de 2021 para la realización de los estudios que resultaren necesarios para la definición del Estudio Informativo de la terminal intermodal y logística de Lezo-Gaintxurizketa (Gipuzkoa), así como el Proyecto de Delimitación y Utilización de Espacios Ferroviarios, y el documento que desarrolla este último, el Plan Especial de Ordenación de la zona de Servicio Ferroviario.

Segundo.– Las condiciones concretas en que se llevará a cabo la citada encomienda son las que figuran como anexo al presente Acuerdo.

Tercero.– Publicar la presente encomienda de gestión en el Boletín Oficial del País Vasco.

ANEXO

6.– Valoración y abono de los trabajos.

La valoración de los trabajos encomendados se estima en seiscientos veinticinco mil cuatrocientos cincuenta y siete euros con noventa céntimos (625.457,90) IVA incluido, en base a las siguientes anualidades:

– 2020: 24.321,00 euros.

– 2021: 86.136,90 euros.

– 2022: 515.000,00 euros.

El abono de los trabajos objeto del presente encargo se efectuará mediante pagos mensuales, debiendo en cada caso justificar los trabajos realizados. Todos los pagos se realizarán previa presentación de la factura a conformidad de la Administración.


Análisis documental