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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 227, lunes 28 de noviembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
5160

ORDEN de 16 de noviembre de 2022, del Consejero de Educación, por la que se da publicidad a la composición de los Tribunales de selección que han de actuar en el procedimiento selectivo relativo al proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración en los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Maestras y Maestros y en el Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco, convocado por Orden de 22 de septiembre de 2022, del mismo Consejero.

La base 5.1 de la Orden de 22 de septiembre de 2022 del Consejero de Educación (BOPV de 30 de septiembre de 2022), por la que se convoca proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración en los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y artes escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Maestras y Maestros y en el Cuerpo a extinguir de Profesores técnicos y Profesoras técnicas de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dispone que la selección de quienes participan en el procedimiento selectivo será realizada por los órganos de selección. Dichos órganos serán nombrados mediante Orden del Consejero de Educación, de acuerdo a lo establecido en la base 5.2.2 de la citada Orden de 22 de septiembre de 2022, del mismo Consejero.

Conforme a la mencionada base 5.2.2 en lo que respecta a los Tribunales, el Consejero de Educación designa libremente a la Presidenta o Presidente y las y los cuatro vocales serán designados mediante sorteo, salvo en aquellas especialidades en las que el número de titulares no permita la realización del mismo, en cuyo caso serán designados directamente por el Consejero de Educación, así como en el caso de los vocales que voluntariamente participan en este procedimiento selectivo, conforme a la base 5.4 de la convocatoria.

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo quinto de la base 5.2.2 de la Orden de 22 de septiembre de 2022, del Consejero de Educación (BOPV de 30 de septiembre de 2022), el día 11 de noviembre de 2022 se ha llevado a cabo el sorteo para designar a los vocales de los Tribunales, de conformidad con las condiciones previstas en la base 5.2.2 de la citada Orden de 22 de septiembre de 2022, del Consejero de Educación.

Por consiguiente, realizadas las actuaciones reglamentarias para designar a las Presidentas y los Presidentes y a los vocales de los órganos de selección,

RESUELVO:

Primero.– Dar publicidad en el anexo de la presente Orden a la composición de los Tribunales que han de actuar en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 22 de septiembre de 2022, del Consejero de Educación, relativo al proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración en los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y artes escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Maestras y Maestros y en el Cuerpo a extinguir de Profesores técnicos y Profesoras técnicas de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– En caso de ser necesaria la sustitución de alguno de los miembros de los Tribunales, cada vocal titular será sustituido por el vocal suplente correspondiente según el orden en el que figuran en el anexo, y si no fuera posible, por los siguientes vocales suplentes, siguiendo el orden en el que figuran.

Tercero.– Si en cualquiera de los miembros de los órganos de selección que figuran en el anexo de esta Orden, concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas del mismo cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento, notificándolo, con la debida justificación documental, a la Directora de Gestión de Personal.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de los órganos de selección cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto.– Contra la presente Orden podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde esa misma fecha.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de noviembre de 2022.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.

(Véase el .PDF)

Análisis documental