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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 215, jueves 10 de noviembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
4846

ORDEN de 18 de octubre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Alejandro Echevarria Busquet y el cambio de denominación a Fundación Comunicando Futuro – Alejandro Echevarría.

En fecha 29 de julio de 2022 ha tenido entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la modificación de los Estatutos de la fundación denominada Fundación Alejandro Echevarria Busquet y el cambio de denominación a Fundación Comunicando Futuro – Alejandro Echevarría, acordada por el Patronato de la Fundación el día 6 de junio de 2022.

Junto a la solicitud se ha presentado escritura pública de modificación estatutaria, otorgada el día 12 de julio de 2022 por la Fundación ante el notario de Bilbao, D. Miguel Llorente Gonzalvo (número 1.637 de su protocolo).

La referenciada escritura pública incorpora certificado expedido el 13 de junio de 2022 por D. Rafael Luco Múgica, Secretario del Patronato con el visto bueno de su Presidente, de la reunión del Patronato celebrada el día 6 de junio de 2022, en la que se adoptó por las personas miembros del Patronato modificar el artículo 1 de los Estatutos relativo a la denominación, el artículo 4 relativo al domicilio y el artículo 8 relativo a la composición del Patronato.

Mediante escrito de fecha 9 de septiembre de 2022, desde el Registro de Fundaciones se ha requerido a la Fundación la subsanación de los defectos observados en la documentación remitida. El texto refundido de los estatutos resultantes de la modificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.4 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.

El 21 de septiembre de 2022, y a fin de subsanar los defectos señalados a la anterior solicitud, ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno la documentación que consta en el expediente.

El expediente ha sido examinado por los servicios técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que han redactado la siguiente propuesta de Resolución.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 1 de los estatutos de la fundación denominada Fundación Alejandro Echevarria Busquet y cambio de denominación a Fundación Comunicando Futuro – Alejandro Echevarría, así como la modificación del artículo 4 relativo al domicilio y el artículo 8 relativo a la composición del Patronato, acordada por el Patronato de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la Escritura Pública otorgada el 12 de julio de 2022, ante el Notario de Bilbao, D. Miguel Llorente Gonzalvo (número 1.637 de su protocolo).

De esta inscripción, el domicilio de la Fundación pasa a situarse en Bilbao, en la calle Barroeta Aldamar, número 4 – piso 1. Dpto 10 A.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de octubre de 2022.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental