Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 212, lunes 7 de noviembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO
4760

RESOLUCIÓN de 20 de octubre de 2022, de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena la publicación de las bases específicas que han regir el procedimiento selectivo para el acceso por promoción interna a la Escala Administrativa de la UPV/EHU.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU de 12 de diciembre de 2019 se aprobó la oferta de empleo público para el personal de administración y servicios correspondiente al año 2019 (BOPV n.º 244, de 24 de diciembre de 2019). Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 17 de diciembre de 2020 (BOPV n.º 262, de 31 de diciembre de 2020) se aprobó la oferta de empleo público para el año 2020. Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2021 (BOPV n.º 265, de 24 de diciembre de 2021) se aprobó la oferta de empleo público para el año 2021 y mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2022 (BOPV n.º 104, de 31 de mayo de 2022), se ha aprobado la oferta de empleo público para el año 2022 y se modifican las ofertas de empleo público de los años 2019, 2020 y 2021.

Por razones de economía, eficacia y eficiencia en la gestión de las convocatorias específicas, todas estas ofertas se enmarcan dentro un único proceso global, cuyas bases generales han sido aprobadas por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la UPV/EHU de fecha 20 de octubre de 2022.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 y 24 así como en el Capítulo IV del Título II, de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca sobre selección de personal, y en el Capítulo I del Título IV del Estatuto Básico del Empleado Público, y conforme al Acuerdo de 30 de junio de 2022, conjunto de las Mesas Negociadoras del personal laboral y funcionario de administración y servicios, sobre los criterios mínimos que han de regir las convocatorias de las pruebas selectivas de los procesos de ingreso, así como el Acuerdo de 3 de diciembre de 2018 de la Mesa Negociadora del PAS funcionario sobre criterios generales de aplicación a la oferta de empleo público del personal funcionario correspondiente a la tasa de reposición 2018 y concurso de traslados y promoción interna del personal funcionario, previa aprobación de la presente convocatoria por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en su sesión de 20 de octubre de 2022, tal y como establecen los artículos 59, 60 y 61 de los vigentes Estatutos de la UPV/EHU,

RESUELVO:

Primero.– Convocar las pruebas selectivas para cubrir por promoción interna 166 plazas en la Escala Administrativa del personal de administración y servicios del Grupo C de la UPV/EHU distribuidas de la siguiente manera:

• Ciento sesenta y una (161) plazas por el turno libre, conforme a la siguiente distribución:

– Nueve (9) plazas con PL 3 preceptivo, de las cuales una tiene requisito de inglés Nivel B2.

– Ciento veintinueve (129) plazas con PL 2 preceptivo, de las cuales una tiene requisito de inglés Nivel B2.

– Veintitrés (23) plazas con PL 2 no preceptivo.

• Cinco (5) plazas por el turno reservado a personas con discapacidad, con PL2 de carácter preceptivo de las cuales:

– Dos (2) plazas son para la reserva del cupo de personas con discapacidad intelectual.

– Tres (3) plazas son para personas con discapacidad no intelectual.

El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de concurso-oposición, en los términos que se detallan en la presente Resolución.

La presente convocatoria de plazas incorpora el Informe de Evaluación Previa de Impacto en función del Género.

Segundo.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en la base cuarta de las bases generales, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:

2.1.– Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de 2.º grado, o equivalente.

A estos efectos, y en virtud de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduada o Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, según la redacción dada a dicho precepto por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, deberá tenerse en cuenta que la superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años, será equivalente al título de Bachiller, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:

– O bien estar en posesión del título de Graduada o Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos o profesionales.

– O bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

No obstante, en el caso del personal funcionario, en defecto de las titulaciones anteriormente indicadas y en sustitución de las mismas, podrán participar, según lo señalado en la Disposición Adicional Vigesimosegunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto:

– Quienes posean una antigüedad de, al menos, diez años en Cuerpos o Escalas del Grupo D, o, alternativamente,

– Quienes posean una antigüedad de, al menos, cinco años en Cuerpos o Escalas del Grupo D y hayan superado el curso específico de formación al que alude la citada Disposición Adicional.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Grupo C2, serán computables a efectos de antigüedad referida en este apartado.

2.2.– Pertenecer, como personal funcionario de carrera a la Escala Auxiliar Administrativa del Grupo D de la UPV/EHU.

Los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión como personal funcionario de carrera de la Escala sobre la que versa el presente proceso selectivo. Sin perjuicio de lo anterior, no podrán concurrir a estas pruebas quienes, a fecha de fin de presentación de instancias, se encontrasen en situación administrativa de suspensión firme de funciones o, en su caso, de empleo y sueldo.

2.3.– Pago de tasas por presentación de solicitudes:

A los efectos del cumplimiento del requisito que prevé la Base 5.2.g) de las Bases Generales, el pago de la tasa deberá efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes señalado en la Base 5.1 de las mismas, en la entidad de Kutxabank.

Las personas aspirantes que opten por realizar la inscripción a esta convocatoria específica a través de la Web de la UPV/EHU (Base 5.1.a), podrán realizar el abono de tasas mediante la utilización de la «Pasarela de Pagos» habilitada al efecto, con los requisitos de uso que en el sistema se indican, o bien, podrán realizar el abono en Kutxabank.

El importe de dichas tasas es de 15,64 euros.

Tercero.– Fase de oposición.

3.1.– Consistirá en la realización de una prueba teórico-práctica que contendrá un único ejercicio.

La calificación de la fase de oposición será de 20 puntos.

Para superar la fase de oposición será necesario obtener un mínimo de 10 puntos.

El ejercicio único será de carácter escrito y consistirá en contestar un cuestionario tipo test de 35 preguntas, más cinco de reserva, con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una es la correcta. Las preguntas se extraerán de una batería de un máximo de 250 preguntas y versarán sobre contenidos teóricos o de carácter práctico de las materias del Programa detallado en el anexo de la presente Resolución (20 temas).

La duración de la prueba será de 45 minutos. Se calificará de 0 a 100 puntos.

No penalizarán las respuestas erróneas ni las no contestadas.

El contenido del temario para la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la presente convocatoria.

La batería de 250 preguntas se hará pública con al menos cuatro (4) meses de antelación a la fecha de celebración de este ejercicio.

Si celebrado el examen, el Tribunal tuviera que anular una o más preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.

Dicha fase podrá ser superada por un número de personas aspirantes superior al de plazas convocadas.

3.2.– Reserva de nota. Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición con una nota superior al setenta por ciento de la máxima alcanzable, pero no obtengan plaza en la Escala a la que se presentan por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, quedarán exentas de realizar en la siguiente convocatoria los ejercicios de la fase de oposición, siempre y cuando se presenten por la misma Escala y turno y siempre que el contenido de temario, los ejercicios y su modo de calificación sean idénticos, salvo que voluntariamente se presenten a la siguiente convocatoria para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la presente convocatoria de la OPE 2019-2020-2021-2022.

Cuarto.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al siguiente baremo de méritos, siendo la puntuación máxima alcanzable la de nueve (9) puntos.

La fase del concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

4.1.– Méritos profesionales.

Servicios prestados en las Administraciones Públicas.

La antigüedad en la Administración Pública hasta la finalización del plazo de presentación de instancias se valorará con un máximo de 9 puntos, a razón de 0,04 puntos por mes completo de servicios.

Solo se computará la antigüedad reconocida por la UPV/EHU a efectos de trienios.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma se despreciarán las fracciones inferiores a 30 días naturales. En todo caso, los periodos de tiempo en los que se haya prestado servicio a tiempo parcial se computarán como trabajados a jornada completa.

4.2.– Méritos académicos.

4.2.1.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso al Grupo de Clasificación del puesto al que se aspira, con un máximo de 1,5 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones superiores a las necesarias para el acceso al Grupo de Clasificación del puesto al que se aspira: 1,5 puntos.

– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación del puesto al que se aspira: 0,75 puntos.

Siempre que sea valorada una titulación de mayor nivel, no se valorarán las titulaciones inferiores que sean necesarias para obtener aquella.

4.2.2.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Títulos o certificados de acreditación de francés, inglés o alemán del nivel de B2 o superior del Marco Común Europeo: 1 punto por cada idioma.

– Títulos o certificados de acreditación de francés, inglés o alemán del nivel de B1 del Marco Común Europeo: 0,5 puntos por cada idioma.

– Títulos o certificados de acreditación de francés, inglés o alemán del nivel de A2 del Marco Común Europeo: 0,25 puntos por cada idioma.

A estos efectos se tendrá en cuenta la Resolución de 8 de marzo de 2012, del rector de la UPV/EHU, sobre equivalencia de lenguas no oficiales, actualizada mediante Resolución de 22 de mayo de 2017, de la Vicerrectora de Coordinación y Relaciones Internacionales o normativa que la sustituya.

La valoración no será acumulativa, es decir, dentro de cada idioma la valoración de un nivel impedirá la valoración de niveles inferiores.

Quinto.– Acreditación de méritos.

Las personas interesadas deberán acreditar los méritos, aportando la siguiente documentación en los términos y plazos establecidos en las bases generales, salvo que ya obren en poder de la Vicegerencia de Personal de la UPV/EHU:

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por las personas interesadas. Los mismos serán computados de oficio por la Administración.

5.2.– Salvo que ya esté reconocidos por la UPV/EHU a efectos de trienios, el tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Grupo, y Escala a que se refieren dichos periodos.

5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– Las titulaciones se acreditarán mediante el título o el documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo o mediante el certificado académico de estar en disposición de obtener el título habiendo sido propuesto para ello o mediante el documento oficial que acredite estar en posesión del título, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

5.5.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante los títulos exigidos o certificaciones de idiomas, no realizándose prueba alguna al efecto, y se tomará únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Sexto.– Euskera.

6.1.– Cuando todas las plazas ofertadas tengan preceptividad vencida a la fecha de la convocatoria, quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apta o apto.

6.2.– Cuando las plazas ofertadas no tengan preceptividad vencida a la fecha de la convocatoria, se obtendrán las siguientes puntuaciones, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:

Para puestos con PL2 no preceptivo.

– Por acreditación del Perfil lingüístico 1: 1,45 puntos.

– Por acreditación del Perfil lingüístico 2, 3 o superior: 2,90 puntos.

Séptimo.– Calificación final.

7.1.– La calificación final de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

7.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de la UPV/EHU, así como en la dirección electrónica www.ehu.eus

7.3.– Aquellas personas aspirantes que ocupen como titulares puestos de trabajo que en la Relación de Puestos de Trabajo estén abiertos al Grupo C o Escala Administrativa, si así lo manifiestan en la instancia, una vez accedan a la Escala Administrativa podrán seguir en el desempeño de los mismos con el carácter que dicha Relación de Puestos prevea como sistema de provisión. De conformidad con lo dispuestos en el penúltimo párrafo del artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en este caso quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

Cuando alguna persona funcionaria ponga de manifiesto en su solicitud de elección de puestos de trabajo que no desea seguir en el puesto que actualmente ocupa como titular, dicho puesto será ofertado en la adjudicación de destinos siempre y cuando la persona funcionaria hubiera superado el proceso selectivo. A su vez, dicha persona funcionaria elegirá destino conforme al orden de puntuación que resulte de dicho proceso.

Octavo.– Contra el Acuerdo objeto de publicación podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, y sin que puedan simultanearse ambos medios de impugnación.

En Leioa, a 20 de octubre de 2022.

La Rectora,

EVA FERREIRA garcía.

ANEXO
PROGRAMA PARA LA FASE DE OPOSICIÓN

Tema 1: La Constitución Española de 1978, el Estatuto de Autonomía para el País Vasco y la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Tema 2: Estatutos de la UPV/EHU y Acuerdo regulador de condiciones de trabajo del personal funcionario de la UPV/EHU.

Tema 3: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, del régimen jurídico de las Administraciones públicas.

Tema 4: Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Tema 5: Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Tema 6: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos y requisitos generales y específicos de cada uno de ellos. Elementos subjetivos del contrato administrativo (las partes). Expedientes de contratación. Gestión económica de los contratos administrativos.

Tema 7: Las propiedades administrativas: Clases. Elementos y régimen jurídico. Prerrogativas. La utilización del dominio público.

Tema 8: Normativa sobre Igualdad y de Género. Igualdad de Género: conceptos generales. Violencia de género: conceptos generales. Publicidad institucional e imagen pública no sexista. La Igualdad de Género en las Políticas Públicas: concepto de enfoque de género y transversalidad.

Tema 9: El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El presupuesto por programas. El ciclo presupuestario. Estructura del presupuesto. Criterios de clasificación de los créditos presupuestarios. Las modificaciones presupuestarias. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito. Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito. La ejecución del presupuesto de gastos: el procedimiento general, fases, órganos competentes y documentos contables. Los gastos plurianuales, los expedientes de tramitación anticipada y la convalidación de gastos. Las operaciones de cierre del ejercicio. Los pagos: concepto y clasificación.

Tema 10: El control de la actividad financiera de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Concepto y clases. El control interno: la función interventora y sus modalidades, el control financiero y el control financiero permanente. El control externo.

Tema 11: Nóminas: estructura y normas de confección. Procedimiento de elaboración: formación, tramitación, aprobación, control, contabilización y pago.

Tema 12: El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

Tema 13: El sistema español de Seguridad Social. El régimen general. Afiliación de trabajadores: altas, bajas, forma de practicarse y plazos. Cotización: bases y tipos. La recaudación de cuotas. Otros regímenes de previsión social del personal al servicio de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

Tema 14: La comunicación. Elementos de la comunicación. Tipos de comunicación: verbal; canales de transmisión no verbal. La atención al público.

Tema 15: la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del Euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Tema 16: Las relaciones de la ciudadanía con Administración Pública; derechos de información, petición y participación. Medios y canales de relación: servicios de información y atención a los ciudadanos, transparencia y acceso a la información pública. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Las sugerencias y reclamaciones: recepción, registro, tramitación y gestión.

Tema 17: La gestión de documentos. Documentos originales y copias. El desglose de los documentos originales y formación de expedientes. Los registros administrativos: presentación y tramitación. La identidad Corporativa. El archivo. Concepto. Tipos de archivos. Organización del archivo. Centralización o descentralización del archivo. Normas de seguridad y acceso a los archivos. El proceso de archivo. El archivo de los documentos administrativos. Manual de archivo de gestión o archivo de oficina de la UPV/EHU.

Tema 18: Clases de bibliotecas. Las bibliotecas universitarias. La Biblioteca de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea. Adquisición y registro de fondos bibliográficos. Control de publicaciones periódicas. Sistemas de clasificación e indización: la CDU. Organización de fondos. Servicios bibliotecarios: préstamos información y atención al público. Preservación, conservación y reprografía.

Tema 19: Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Objeto, ámbito de aplicación, definiciones. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Responsable y encargado del tratamiento. Autoridades de protección de datos. Régimen sancionador. Garantía de los derechos digitales.

Tema 20: Sistemas Operativos: conceptos generales. El explorador de Ficheros. Formatos de ficheros. Operaciones de búsqueda. Aplicaciones ofimáticas: características, funciones y utilidades. Gestión de datos. Navegadores y correo electrónico. Nociones básicas de seguridad informática.


Análisis documental