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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 196, jueves 13 de octubre de 2022


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
4396

ORDEN de 28 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Ciclista de Euskadi-Euskadiko Txirrindularitza Iraskundea, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

El 19 de julio de 2022 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación general de estatutos de la fundación denominada Fundación Ciclista de Euskadi-Euskadiko Txirrindularitza Iraskundea, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, acordada por el patronato de la fundación el 8 de julio de 2022, y elevada a escritura pública que se otorgó el 14 de julio de 2022, en Bilbao, ante el Notario D. Juan Benguría Cortabitarte (número de protocolo: 2147). Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Ciclista de Euskadi-Euskadiko Txirrindularitza Iraskundea, para su adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 14 de julio de 2022, en Bilbao, ante el Notario D. Juan Benguría Cortabitarte (número de protocolo: 2147).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de septiembre de 2022.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental