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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 187, jueves 29 de septiembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
4222

RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2022, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital, por la que se hace pública la convocatoria de la fase II, para el ejercicio 2022, del programa de apoyo a la I+D Empresarial-Hazitek.

La Orden de 26 de enero de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, regula el programa de apoyo a la I+D Empresarial Hazitek y convoca la fase I, de solicitud de proyectos susceptibles de ser subvencionados. En el artículo 8 se indica que el procedimiento para la concesión de las ayudas constará de dos fases diferenciadas, una fase I de Selección de los Proyectos, que finalizará determinando los proyectos aprobados, y otra fase II o de Concesión de las ayudas, en la que, en función de lo dispuesto en los correspondientes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se adjudicarán las subvenciones a los proyectos aprobados en la fase I que así lo soliciten.

Resuelta la fase I, procede llevar a cabo la convocatoria de la fase II, en los términos recogidos en la sección tercera de la orden reguladora.

Según determina el artículo 13, la convocatoria de la fase II, para la adjudicación de las ayudas a los proyectos previamente aprobados en la fase I, se realizará mediante resolución de la persona titular de la Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Transformación Digital.

Por lo expuesto, en virtud de la competencia que me ha sido atribuida.

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Resolución la convocatoria, para el ejercicio 2022, de la fase II, para la adjudicación de las ayudas a los proyectos previamente aprobados en fase I, convocada mediante Orden de 26 de enero de 2022. La presente convocatoria se prevé en los artículos 8 y 13.

Artículo 2.– Recursos Económicos.

A la financiación de las ayudas objeto de la convocatoria, según los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2022, se destinará un importe de 95.000.000 euros.

Del importe total de la convocatoria se destinan 45.000.000 euros para la financiación de los proyectos de carácter competitivo y 50.000.000 euros para la financiación de los proyectos de carácter estratégico.

El volumen total de las ayudas a conceder dentro del ejercicio presupuestario no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente. Específicamente, cabrá incrementarse el importe, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas y con carácter previo a la resolución de las mismas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agostadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas de I+D+i del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. En tal caso se dará publicidad mediante la correspondiente resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad en el Boletín Oficial del País Vasco en un momento anterior a la resolución del procedimiento.

Artículo 3.– Requisitos.

Para poder acceder a las ayudas objeto de convocatoria deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos, en relación con los proyectos y entidades solicitantes, en los artículos 3 y 21 de la orden que regula el programa Hazitek.

Artículo 4.– Solicitudes: presentación y plazo.

1.– La solicitud deberá realizarse en los términos establecidos por los artículos 14 y 21 de la Orden de 26 de enero de 2022 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente reguladora del Programa de Apoyo a la I+D empresarial Hazitek.

2.– El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente través de la sede electrónica que se señala a continuación:

https://www.euskadi.eus/servicios/1030807/ (castellano)

https://www.euskadi.eus/zerbitzuak/1030807/ (euskera)

Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, incluidas las notificaciones y consulta del expediente, se realizarán a través de «Mi carpeta» de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi:

https://www.euskadi.eus/micarpeta

https://www.euskadi.eus/nirekarpeta

3.– El plazo de presentación de solicitudes será de quince días, iniciándose a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Artículo 5.– Órgano de evaluación.

Para el análisis y evaluación de las solicitudes, así como para elaborar la propuesta de concesión de las ayudas, se constituye el órgano de evaluación cuya composición será la siguiente:

El órgano de evaluación estará presidido por la persona titular de la Dirección de Tecnología e Innovación del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, Alberto Fernández González y como suplente la persona titular de la Dirección de Emprendimiento, Innovación y Transformación Digital, Leyre Madariaga Gangoiti.

Serán vocales los siguientes miembros:

– La persona titular de la Dirección de Industria y Transformación Energética Ana Belén Camacho Vera, y como suplente una persona del equipo técnico de la Dirección de Industria y Transmisión Energética, Rosa Murillas Maza.

– Una persona en representación SPRI, Amaia Martinez Muro y como suplente, Miguel García Altuna.

– Una persona del equipo técnico de la Dirección competente en materia de tecnología, Natividad Niño Bartolomé y como suplente, Larraitz Segurola Bereciartua que realizará las funciones de secretaría.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de septiembre de 2022.

La Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital,

ESTÍBALIZ HERNÁEZ LAVIÑA.


Análisis documental