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ANUNCIO de la Dirección de Juego y Espectáculos por el que se da publicidad a la solicitud de devolución de fianza de salón de juego.
El artículo 45 del Reglamento General del Juego de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobado mediante Decreto 120/2016, de 27 de julio, dispone que las solicitudes de extinción de fianzas se publicarán en el Boletín Oficial del País Vasco al objeto de que las personas jugadoras o apostantes que se consideren acreedoras puedan solicitar su incautación.
Siendo desconocidos los posibles interesados en el procedimiento, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se da publicidad a la solicitud de devolución de la fianza depositada por B0143900, el 1 de octubre de 2012, con número de registro F201200778, en concepto de salón de juego, todo ello para que en el plazo de dos meses las personas jugadoras o apostantes que justifiquen la existencia de un crédito de juego puedan presentar, ante la Dirección de Juego y Espectáculos (c/ Donostia-San Sebastián, 1 – 01010 Vitoria-Gasteiz), solicitud de abono de la cantidad adeudada, con cargo a la fianza.
Acompañarán título justificativo del crédito, importe, exposición de los hechos y cuenta bancaria en la que haya de hacerse el pago.
La presente notificación surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Vitoria-Gasteiz, a 12 de julio de 2022.
El Director de Juego y Espectáculos,
AITOR MIKEL URIARTE UNZALU.