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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 101, jueves 26 de mayo de 2022


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KOOPERA SERVICIOS SOCIALES Y FORMACIÓN, S. COOP. Y KPR CONSULTING, S. COOP.
2287

ANUNCIO relativo a la fusión por absorción entre Koopera Servicios Sociales y Formación, S. Coop. (cooperativa absorbente), y KPR Consulting, S. Coop. (cooperativa absorbida).

De conformidad con lo establecido en el artículo 83.6 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi (en adelante, la «LCE»), se hace público que con fecha 17 de mayo de 2022 las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de Koopera Servicios Sociales y Formación, S. Coop., y KPR Consulting, S.Coop., han aprobado, con las mayorías legal y estatutariamente exigidas, la fusión de las dos cooperativas mediante la absorción por Koopera Servicios Sociales y Formación, S. Coop., de la cooperativa absorbida, con aprobación de los balances de fusión cerrados el día 31 de diciembre de 2021, y ajustándose al Proyecto de Fusión depositado en el Registro de Cooperativas de Euskadi el día 22 de abril de 2022, con disolución sin liquidación de la cooperativa absorbida y traspaso en bloque, a título universal, de todo su patrimonio a la cooperativa absorbente.

A efectos de lo previsto en el artículo 78 de la LCE se hace constar que la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de la cooperativa absorbente, aprobó también por la mayoría legal y estatutariamente exigida, modificar el objeto social de la cooperativa, quedando redactado el apartado 2 del artículo 2 de los Estatutos Sociales de la siguiente forma:

«Constituye el objeto social de la cooperativa la realización de las siguientes actividades:

a) Prestación de servicios de acompañamiento social a las personas o colectivos en situación de exclusión social o con dificultades de acceso al mercado laboral, acompañándolas en un proceso personal de aprendizaje adecuado que contemplará la consecución de habilidades sociales, laborales, formación, cualificación laboral y conocimientos del mercado que les permitan mejorar sus condiciones de empleabilidad, desplegando acciones encaminadas a esta finalidad tales como:

– La activación laboral de personas que cuenten con convenios de inclusión activa recogidos en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y la Inclusión Social, y modificada por la Ley 4/2011, de 24 de noviembre, o por otras leyes que las sustituyan, amplíen o modifiquen.

– El establecimiento de unas actitudes y aptitudes a destinadas a la adquisición de hábitos sociales y de trabajo.

– Un servicio de acompañamiento social, encaminado a satisfacer o resolver problemáticas y de convivencia que impiden o dificultan el normal desarrollo del proceso de adaptación social y laboral.

– La orientación personalizada en búsqueda activa de empleo y para la inserción laboral.

– Realización de estudios y proyectos sobre la situación de exclusión social de personas y colectivos.

b) Prestar servicios de formación y enseñanza, especialmente dirigida al aprendizaje de una determinada actividad profesional y a la adecuación del nivel formativo reglado o las competencias profesionales a las exigencias del mercado laboral de personas o colectivos en situación de exclusión social o con dificultades de acceso al mercado laboral: organización de cursos de formación; actividades de enseñanza y de formación general, técnica y profesional no reglada; gestión, organización, desarrollo, e impartición de toda clase de planes de formación, cursos, acciones formativas y charlas, exposiciones, conferencias y congresos. Formación, perfeccionamiento y orientación profesional. Dichas actividades se realizarán bien de forma presencial o bien a distancia u on-line o mediante la utilización de nuevas tecnologías similares.

c) Servicios a empresas, organismos y particulares de consultoría y asesoría en materia laboral, fiscal, contable y económico-financiera. Realización de análisis y estudios de mercado u opinión.

d) Servicios de consultoría, asesoramiento y gestión en los ámbitos de planificación estratégica, dirección general, control de gestión, marketing y comunicación, planificación financiera, dirección económico-administrativa, desarrollo e implantación de nuevas tecnologías, dirección de calidad y dirección de recursos humanos, prevención de riesgos laborales, sistemas de gestión de la seguridad y salud laborales, calidad y medio ambiente, organización administrativa y comercial y, en general, el asesoramiento en el ámbito de la gestión y dirección de empresas.

e) Selección y formación del personal para las empresas.

f) Servicios de puesta en funcionamiento, seguimiento, explotación, gestión y control de equipos y sistemas informáticos y de infraestructuras telemáticas; servicios de suministro, implantación, integración y mantenimiento de soluciones informáticas propias y de terceros; soporte para la explotación del negocio online: soporte de marketing online, soporte de sistemas y comunicaciones, mantenimiento y soporte correctivo y evolutivo de software, y actividades relacionadas; actividades relacionadas con internet, conectividad, correo electrónico, registro de dominios, comercio electrónico y custodia de información; servicios de alojamiento web y servicios gestionados de explotación, administración y mantenimiento de sistemas de información.

Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta Sociedad. En este objeto implicarán todas las personas socias su trabajo personal».

De conformidad con lo establecido en la LCE, se hace constar el derecho de separarse de la cooperativa que asiste a todos los socios de las cooperativas participantes en la fusión que hayan votado en contra de la misma, o los que, no habiendo asistido a la Asamblea, expresen su disconformidad mediante escrito dirigido a los administradores en el plazo de cuarenta días desde el último anuncio del acuerdo de fusión en virtud de lo dispuesto por la LCE.

Se hace constar, igualmente, el derecho de oposición que les corresponde a los acreedores de las cooperativas participantes en la fusión y que se ejercitará, en su caso, con arreglo a lo previsto en el artículo 85 de la LCE durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

En Mungia y Bilbao (Bizkaia), a 17 de mayo de 2022.

El Presidente del Consejo Rector de Koopera Servicios Sociales y Formación, S. Coop.,

ANDER MONROY ALONSO.

La Presidenta del Consejo Rector de KPR Consulting, S. Coop.,

MARÍA JOSÉ ATELA ARANA.


Análisis documental