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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 90, miércoles 11 de mayo de 2022


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
2000

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2022, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia, por la que se autoriza la instalación de almacenamiento de GLP en depósitos fijos y red de distribución de gas propano canalizado (GLP), en el término municipal de Ibarrangelu (Bizkaia) y se aprueba el correspondiente proyecto.

N.º expediente: 48-CG-Y-2022-00001.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 10 de febrero de 2022, Ned Suministro GLP, S.A.U. solicitó autorización administrativa y aprobación de proyecto para el almacenamiento de GLP en Depósitos fijos y red de distribución de gas propano canalizado (GLP), en el término municipal de Ibarrangelu (Bizkaia), ámbito geográfico en el que no se distribuye hasta la fecha dicho tipo de gas combustible.

2.– A los efectos previstos en el Decreto 76/2020, de 9 de junio, de los procedimientos de autorizaciones administrativas relativas a las instalaciones de distribución y transporte de gases combustibles por canalización y de acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con el Real Decreto 1085/1992, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad de distribución de gases licuados del petróleo y con el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, se sometió a información pública la correspondiente solicitud, publicándose el anuncio en el BOB de fecha 21 de marzo de 2022 y en el BOPV de fecha 18 de marzo de 2022. No se han recibido alegaciones en plazo.

3.– Con carácter simultáneo al trámite de información pública, el 14 de marzo de 2022 se remitió separata del proyecto al Ayuntamiento de Ibarrangelu y a Ura (Agencia Vasca del Agua); no se ha presentado condicionado técnico en plazo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– El Decreto 76/2020, de 9 de junio, de los procedimientos de autorizaciones administrativas relativas a las instalaciones de distribución y transporte de gases combustibles por canalización, de acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con el Real Decreto 1085/1992, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad de distribución de gases licuados del petróleo y con el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, establecen la exigencia de la autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de construcción para la construcción de redes de distribución de gas.

2.– En la tramitación del expediente y en el contenido del mismo, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas en la materia en cuestión.

3.– El Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia es el órgano competente para la resolución del presente expediente, en virtud de lo establecido en el artículo 23 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero (BOPV de 5 de marzo de 2021) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

En consecuencia,

RESUELVE:

Autorizar la instalación de almacenamiento de GLP en Depósitos fijos y red de distribución de gas propano canalizado (GLP), en el término municipal de Ibarrangelu (Bizkaia) y aprobar el correspondiente proyecto.

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 76/2020 y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto denominado: «Almacenamiento de GLP en depósito fijo y red de distribución de gas propano canalizado (fase 1) - Término municipal de Ibarrangelu (Bizkaia)», del que es autor el ingeniero industrial Ángel Casas Bachiller.

2.– Las instalaciones deberán cumplir lo establecido en el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (RD 919/2006 de 28 de julio), así como las disposiciones y normas técnicas correspondientes.

3.– Para introducir modificaciones que afecten a los datos básicos contenidos en el proyecto aprobado, será necesario obtener la autorización correspondiente.

4.– El plazo de ejecución de la instalación que se autoriza será de 3 años a partir de la fecha de la autorización.

5.– Los reconocimientos, ensayos y pruebas de carácter general o parcial que, según las disposiciones en vigor, hayan de realizarse en las instalaciones, deberán ser comunicados a la Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia con la debida antelación.

6.– Una vez finalizadas las obras de instalación, deberá presentarse ante la Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia los correspondientes Certificados de Dirección de Obra, actas de pruebas con los registros gráficos, así como los planos as-built.

7.– La puesta en servicio de la instalación se efectuará según lo indicado en el Decreto 76/2020, de 9 de junio.

8.– La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener los mismos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial del Departamento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

En Bilbao, a 2 de mayo de 2022.

El Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia,

ADOLFO GONZÁLEZ BERRUETE.


Análisis documental