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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 88, lunes 9 de mayo de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO
1954

RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2022, de la Gerente de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se anuncia la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo en la UPV/EHU.

Precisándose la cobertura de un puesto de trabajo de Personal de Administración y Servicios de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, y en uso de las competencias delegadas por Resolución de 28 de enero de 2021, de la Rectora de la UPV/EHU, sobre delegación de competencias de la Rectora y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno (BOPV de 12 de febrero de 2021), y conforme a los dispuesto en la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca (BOPV del 28 de julio de 1989), esta Gerencia, acuerda anunciar la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de la presente Resolución.

BASES

Primera.– El puesto de trabajo que se convoca a través de la presente Resolución podrá ser solicitado por el personal funcionario que reúna los requisitos establecidos para el desempeño del mismo en el anexo.

Segunda.– El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la resolución del Secretario General de la UPV/EHU de 28 de abril de 2021, por la que se aprueba la instrucción sobre identificación y firma electrónica de las personas interesadas en sus relaciones electrónicas con la UPV/EHU y de las personas empleadas que prestan servicios en la misma, la solicitud deberá presentarse en el registro electrónico de la UPV/EHU, ubicado en la dirección URL https://egoitza.ehu.eus/eu/registro-electronico, eligiendo en «Destino» de la solicitud a Gerencia. Para ello, se deberá utilizar el certificado electrónico de empleado o empleada de la UPV/EHU, el certificado Digital de Usuario de Izenpe, el DNI electrónico o el certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre FNMT-CERES.

Asimismo, podrá presentarse en los restantes registros electrónicos de cualquiera de las entidades pertenecientes al sector público, y, en casos excepcionales, presencialmente en las oficinas de asistencia en materia de registros de la UPV/EHU. Las solicitudes y documentos presentados en las oficinas de asistencia en materia de registros de la UPV/EHU serán digitalizados para su incorporación al expediente administrativo electrónico, devolviéndose los originales a la persona interesada, previa su identificación ante la persona funcionaria y otorgamiento de consentimiento expreso para esta actuación, de conformidad con la resolución del Secretario General de la UPV/EHU de 28 de abril de 2021, por la que se aprueba la instrucción sobre oficinas de asistencia en materia de registros, la presentación en la UPV/EHU de solicitudes, escritos u otras comunicaciones a través de persona funcionaria pública habilitada y el registro de personas funcionarias públicas habilitadas.

Las personas aspirantes deberán reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en la fecha en que expire el plazo señalado para la presentación de solicitudes.

Tercera.– 1.– Las personas aspirantes indicarán en su instancia ser funcionarios de carrera de la UPV/EHU y deberán acompañar a la misma un curriculum vitae en el que harán constar:

a) Títulos académicos.

b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como, en su caso, en la empresa privada.

c) Estudios y cursos realizados, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno manifestar.

2.– Las personas aspirantes deberán acompañar a la citada solicitud la documentación justificativa de los requisitos exigidos y de los méritos alegados. Asimismo, podrán acompañar cuantas publicaciones, informes o cualesquiera otros documentos que estimen oportunos.

Cuarta.– La resolución de la presente convocatoria será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.

Quinta.– La presente Resolución agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Gerencia en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso- administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 de los Estatutos de la Universidad, artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 2 de octubre de 2015), de 13 de enero y artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Leioa, a 28 de abril de 2022.

La Gerente,

MIREN LOREA BILBAO ARTECHE.

ANEXO I

– Denominación: Jefe/a de Administración.

– Referencia: F 1158.

– Escala: Técnica de Gestión.

– Grupo: A.

– Dotación: 3

– Nivel: 26.

– Jornada: Normalizada

– Perfil Lingüístico: 3; Fecha de preceptividad: 30 de septiembre de 2009.

– Centro: Facultad de Economía y Empresa.

– Campus: Bizkaia.

– Requisito específico:

– Requisitos para su provisión:

1.– Ser personal funcionario de carrera de la UPV/EHU, perteneciente al grupo A, y a la Escala Técnica de Gestión, y hallarse en situación de servicio activo o servicios especiales en la misma. Asimismo, podrán concurrir, reingresando al servicio activo a través de este procedimiento, las y los funcionarios de carrera de la UPV/EHU que se encuentren en situaciones de servicio en otras Administraciones Públicas, excedencia forzosa o voluntaria, siempre que en este último caso hubieran cumplido el plazo mínimo de permanencia en la misma.

2.– Tener acreditado el perfil lingüístico 3 por cualquiera de los medios expresados en el Decreto de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (Decreto 297/2010, de 9 de noviembre), o mediante lo establecido en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.


Análisis documental