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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 76, miércoles 20 de abril de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

DISPOSICIONES GENERALES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
1697

DECRETO 39/2022, de 29 de marzo, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación.

El Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, asigna en su artículo 10 determinadas funciones y áreas de actuación al Departamento de Educación.

En su virtud, el Decreto 71/2021, de 23 de febrero, ha establecido la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación.

En aras de la seguridad jurídica de algunas de las funciones y áreas de actuación asignadas al Departamento de Educación, el presente Decreto pretende subsanar el Decreto 71/2021 mediante la inclusión en la Dirección de Centros y Planificación de las competencias relativas a la gestión de titulaciones no universitarias, a la gestión de las homologaciones de estudios extranjeros y al reconocimiento de firmas de documentos académicos para su legalización debido a que las mencionadas funciones estaban atribuidas normativamente a otra Dirección.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 29 de marzo de 2022,

DISPONGO:

Artículo único.– Modificación del Artículo 16 del Decreto 71/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación.

Se adiciona una nueva letra q) al Artículo 16.1, con el siguiente texto:

«q) La expedición de Títulos académicos y profesionales de Enseñanzas no universitarias, la homologación de estudios extranjeros no universitarios, el reconocimiento de firmas de documentos académicos para su posterior legalización, así como el Registro de títulos y credenciales de homologación no universitarios de la CAPV.»

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 29 de marzo de 2022.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental