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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 214, miércoles 27 de octubre de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
5477

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se corrige la Resolución de 13 de septiembre de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas a intervenciones de acción humanitaria de la línea de proyectos de acción humanitaria para 2021.

Mediante Resolución de 13 de septiembre de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se concedieron ayudas a intervenciones de acción humanitaria de la línea de proyectos de acción humanitaria para 2021.

Según establece el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.

Detectado un error material en la Resolución de 13 de septiembre de 2021, por la que se concedieron ayudas a intervenciones de acción humanitaria de la línea de proyectos de acción humanitaria para 2021, procede rectificarlo.

Por todo lo anterior,

RESUELVO:

Primero.– Corregir la Resolución de 13 de septiembre de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se concede ayudas a intervenciones de acción humanitaria de la línea de proyectos de acción humanitaria para 2021, en los siguientes términos:

Donde dice:

«A la vista de la propuesta de concesión de las ayudas efectuada por la Comisión de Valoración designada al efecto por el artículo 4 de la referida Resolución de convocatoria, tras haber sido realizado el análisis técnico y la valoración de las solicitudes de ayudas por el Servicio de Coordinación Técnica la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se propone la aprobación de 7 solicitudes por un importe total de 1.358.318,20 euros siendo el remanente pendiente de conceder para la citada convocatoria de 54.097,76 euros. Por todo ello,»

Debe decir:

«A la vista de la propuesta de concesión de las ayudas efectuada por la Comisión de Valoración designada al efecto por el artículo 4 de la referida Resolución de convocatoria, tras haber sido realizado el análisis técnico y la valoración de las solicitudes de ayudas por el Servicio de Coordinación Técnica la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se propone la aprobación de 7 solicitudes por un importe total de 1.358.385,20 euros siendo el remanente pendiente de conceder para la citada convocatoria de 54.030,76 euros. Por todo ello,»

Segundo.– Mantener en sus términos el resto del contenido de la resolución corregida.

Tercero.– Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de octubre de 2021.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental