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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 196, jueves 30 de septiembre de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
4998

ACUERDO de 21 de julio de 2021, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de rectificación de errores del Acuerdo de 27 noviembre de 2019, por el que se aprueban los criterios generales para la provisión de puestos mediante movilidad interna definitiva en las organizaciones de servicios del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud

ANTECEDENTE DE HECHO

Mediante Acuerdo de 27 de noviembre de 2019, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se procedió a aprobar los criterios generales para la provisión de puestos mediante movilidad interna definitiva en las organizaciones de servicios del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y se ha podido comprobar que en el citado Acuerdo consta de un error en el artículo 4, apartado b), al omitir la palabra categoría, debiéndose haber recogido categoría/puesto funcional, en coherencia con la terminología empleada en el resto del Acuerdo, como ha sido comprobado por las organizaciones sindicales SATSE y SME firmantes del Acuerdo que manifiestan su aprobación a su corrección. Así mismo ha sido objeto de negociación en la Reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad de 28 de mayo de 2021 y todos los integrantes manifiestan su conformidad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

De acuerdo a lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite a las Administraciones Públicas rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.

En su virtud, este Consejo de Administración,

ACUERDA:

Rectificar el error en el que incurrió el Acuerdo de fecha 27 de noviembre de 2019, en el artículo 4 de Requisitos de las personas que participan en la movilidad interna definitiva, en el apartado b, donde dice:

«b) Pertenecer al mismo puesto funcional que el destino o destinos objeto de la Movilidad Horizontal»

debe decir:

«b) Pertenecer a la misma categoría/puesto funcional que el destino o destinos objeto de la Movilidad Horizontal»

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de julio de 2021.

La Presidenta del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MIREN GOTZONE SAGARDUI GOIKOETXEA.


Análisis documental