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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 184, miércoles 15 de septiembre de 2021


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES
4735

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 15 de julio de 2021, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se ofrecen a los aspirantes aprobados en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que Los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la Orden de 15 de julio de 2021, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se ofrecen a los aspirantes aprobados en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 159, de 11 de agosto de 2021, se procede a su corrección:

En el punto octavo, en la página 2021/4380 (2/15),

donde dice:

«Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en este hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.»

debe decir:

«Los destinos adjudicados, en aquellas plazas que tienen la consideración de desiertas, conforme se detalla en el portal justizia.eus tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en este hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. El destino adjudicado del resto de las plazas con consideración de vacantes, tendrá un carácter provisional, por lo que las personas a las que se les adjudiquen deberán participar, en el ámbito territorial del País Vasco, en el primer concurso de traslados que se convoque».


Análisis documental