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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 153, lunes 2 de agosto de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
4259

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se resuelve la concesión de ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género para el año 2021.

El Decreto 40/2018, de 27 de marzo (BOPV núm. 67 de 9 de abril de 2018), regula las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género.

Por Resolución de 11 de marzo de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (BOPV núm. 60 de 25 de marzo de 2021), se convocaron las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género para el ejercicio 2021.

A la vista de la propuesta de concesión de las ayudas efectuada por la Comisión de Selección designada al efecto por el artículo 5 de la referida Resolución de convocatoria, tras haber sido realizado el análisis técnico y la valoración de las solicitudes de ayudas por el Servicio de Coordinación Técnica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las ayudas convocadas por Resolución de 11 de marzo de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, a las entidades relacionadas en el Anexo I de la resolución, por el importe y en los términos que se indican en el mismo.

Segundo.– Excluir las solicitudes presentadas por las entidades relacionadas en el Anexo II, por las razones que se indican en el mismo.

Tercero.– Denegar las ayudas a las entidades que se relacionan en el Anexo III por los motivos que se indican en el mismo.

Cuarto.– Notificar la presente Resolución a las entidades interesadas.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Sexto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de junio de 2021.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

(Véase el .PDF)
(Véase el .PDF)
(Véase el .PDF)

Análisis documental