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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 152, viernes 30 de julio de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
4248

RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se acuerda el segundo incremento de los recursos económicos destinados a financiar la convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en Euskadi (Programa PREE).

ANTECEDENTES

Primero.– Mediante Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) n.º 212, de fecha 6 de agosto de 2020, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes a sus destinatarios últimos.

El presupuesto correspondiente para el caso de Euskadi, respecto al importe total de la ayuda establecida en el Anexo II del citado Real Decreto, asciende a 14.748.000 euros.

Segundo.– Del total del presupuesto asignado para Euskadi (14.748.000 euros), se procedió a reservar el 20 % (2.949.600 euros) para la realización de inversiones directas que fuesen a ser llevadas a cabo por el Gobierno Vasco, en los términos indicados en el artículo 6.2 del Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto.

Tercero.– Mediante Resolución de 28 de octubre de 2020, del Director General del EVE, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) n.º 220 de fecha 6 de noviembre de 2020, se procedió a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en Euskadi (Programa PREE).

Cuarto.– La base 3.ª de la citada convocatoria, establece que la dotación económica destinada al programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en Euskadi (Programa PREE) asciende a once millones doscientos sesenta y siete mil cuatrocientos setenta y dos (11.267.472) euros, según el correspondiente crédito establecido al efecto en los presupuestos del EVE.

Quinto.– Conforme a lo establecido en el artículo 6, apartado 1, del Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, relativo a la comunicación de la disponibilidad del presupuesto correspondiente, aplicable a las ampliaciones sucesivas del presupuesto del Anexo II que pudieran aprobarse conforme a lo dispuesto en el artículo 9.8, el 8 de marzo de 2021 el IDAE procedió a la comunicación de la disponibilidad del presupuesto adicional correspondiente a la Comunidad Autónoma de Euskadi, por un importe de catorce millones quinientos mil (14.500.000) euros, como consecuencia de la ampliación del presupuesto aprobada mediante Resolución de 24 de febrero de 2021, del Consejo de Administración del IDAE, para la convocatoria realizada mediante Resolución de 28 de octubre de 2020, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en Euskadi (Programa PREE) publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) n.º 220, de fecha 6 de noviembre de 2020.

Sexto.– Mediante Resolución de 14 de mayo de 2021, del Director General del EVE, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) n.º 106, de 1 de junio de 2021, se procedió al incremento de los recursos económicos destinados a financiar la convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en Euskadi (Programa PREE).

De este modo, los recursos económicos totales destinados a financiar la convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en Euskadi (Programa PREE) ascendían a la cantidad de veintiocho millones ciento noventa y cinco mil setenta y dos (28.195.072) euros.

Séptimo.– Conforme a lo establecido en el artículo 6, apartado 1, del Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, relativo a la comunicación de la disponibilidad del presupuesto correspondiente, aplicable a las ampliaciones sucesivas del presupuesto del Anexo II que pudieran aprobarse conforme a lo dispuesto en el artículo 9.8, a través de notificación del Director General de IDAE, de 19 de julio de 2021, dirigida al Director General de EVE, se procedió a comunicar a este Ente la disponibilidad del presupuesto adicional correspondiente a la Comunidad Autónoma del País Vasco, por un importe de 30.000.000 de euros, como consecuencia de la ampliación del presupuesto aprobada mediante la Resolución de fecha 15 de julio de 2021, del Consejo de Administración del IDAE, para la convocatoria realizada mediante Resolución de 28 de octubre de 2020, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en Euskadi (Programa PREE) publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) n.º 220, de 6 de noviembre de 2020.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Acordar el segundo incremento, en la cuantía de treinta millones (30.000.000) de euros, de los recursos económicos destinados al programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en Euskadi (Programa PREE).

Con ello, los recursos económicos totales destinados a financiar la convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en Euskadi (Programa PREE) asciende a la cantidad de cincuenta y ocho millones ciento noventa y cinco mil setenta y dos (58.195.072) euros.

Segundo.– Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

Tercero.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director General del EVE en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV, o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.

En Bilbao, a 26 de julio de 2021.

El Director General del Ente Vasco de la Energía,

IÑIGO ANSOLA KAREAGA.


Análisis documental