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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 134, jueves 8 de julio de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
3880

ORDEN de 19 de mayo de 2021, del Consejero de Educación, por la que se autoriza el cese de actividades del Centro Privado de Educación Secundaria «María Inmaculada» de San Sebastián (Gipuzkoa).

Examinado el expediente iniciado por la representante legal del Centro Privado de Educación Secundaria «María Inmaculada» de San Sebastián (Gipuzkoa), en solicitud de autorización para el cese de actividades del mismo.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Visto el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE de 9 de abril), sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), y demás legislación vigente aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza el cese de actividades del centro docente privado que se describe a continuación:

N.º de código: 20004848.

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria.

Denominación específica: «María Inmaculada».

Titular: Religiosas de María Inmaculada.

Domicilio: Avenida de Ategorrieta, 17.

Municipio: San Sebastián.

Territorio Histórico: Gipuzkoa.

Artículo 2.– La autorización de cese de actividades surtirá efectos a partir de la finalización del curso 2020-2021, procediéndose en ese momento a dar de baja su inscripción en el Registro de Centros Docentes. Desde esa fecha quedarán sin efecto las Órdenes por las que el Centro fue autorizado para impartir Enseñanzas de Educación Básica de Personas Adultas y Enseñanzas de Formación Profesional.

Artículo 3.– En el caso de que se instase su reapertura será necesario dar cumplimiento a los preceptos contenidos en las disposiciones vigentes en materia de autorización de centros.

Artículo 4.– El centro en cese guardará sus expedientes académicos en formato papel en el centro público en que está adscrito, CIFP Politécnico Easo Politeknikoa LHII.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de mayo de 2021.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental