Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 112, miércoles 9 de junio de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
3282

RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2021, del Director de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden del Registro de Personal Funcionario Habilitado de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno ha elaborado un proyecto de Orden del Registro de Personal Funcionario Habilitado en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuyo texto se está tramitando conforme se regula en la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de Disposiciones de Carácter General.

Para ello, en cumplimiento de dicha regulación legal, la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictó la Orden de 12 de mayo de 2021, que dio inicio al procedimiento de elaboración del proyecto indicado, y en donde se designó a esta Dirección de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales como órgano encargado de la tramitación de este procedimiento normativo, de acuerdo con las competencias atribuidas a la misma para «Elaborar proyectos de disposiciones de carácter general, iniciativas normativas e instrucciones en materia de organización, procesos de gestión y procedimientos, procurando su simplificación, la reducción de cargas administrativas y la mejora de su calidad y eficiencia para la ciudadanía» y para «implementar el registro de personal funcionario habilitado» en los epígrafes c) y j), respectivamente, del párrafo 1 del artículo 12 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno. Hay que tener en cuenta que en el epígrafe f) del párrafo 1 del artículo 7 del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se establece que entre las funciones y áreas de actuación del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno se encuentra la modernización y reforma de la Administración, así como de la Administración digital y del gobierno electrónico y de la política de transparencia.

Posteriormente, la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictó la Orden de 12 de mayo de 2021, de aprobación previa del proyecto que es objeto de tramitación, conforme al texto reglamentario redactado.

Con la regulación de la nueva Orden se desarrollarán las previsiones recogidas en el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica en relación con el Registro de Personal Funcionario Habilitado, de acuerdo con las disposiciones que, al efecto se establecen en la normativa básica, en particular, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

De acuerdo con lo previsto en el párrafo 1 del artículo 8 de la citada Ley 8/2003, las disposiciones de carácter general que afecten a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía deberán ser objeto del trámite de audiencia y, cuando la naturaleza de las disposiciones lo aconseje, se someterán a información pública, como ocurre en el presente caso respecto a la segunda previsión legal.

A tal efecto, se somete el proyecto de Orden del Registro de Personal Funcionario Habilitado de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi al trámite de información pública, que será efectivo por un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los epígrafes c) y j), respectivamente, del párrafo 1 del artículo 12 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno,

RESUELVO:

Primero.– Someter al trámite de información pública el proyecto de Orden del Registro de Personal Funcionario Habilitado de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, por un plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segundo.– A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, y para posibilitar la presentación de alegaciones por la ciudadanía, el contenido del proyecto indicado estará disponible en la Dirección de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales del Gobierno Vasco, sita en Vitoria-Gasteiz, C/ Donostia-San Sebastián n.º 1, y en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco (www.euskadi.eus).

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de mayo de 2021.

El Director de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales,

JAVIER BIKANDI IRAZABAL.


Análisis documental