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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 96, martes 18 de mayo de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

SPRI-AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL
2833

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2021, del Director General de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de 27 de abril de 2021, del Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por el que se procede a la modificación de las Bases Reguladoras del Programa de Ayudas «Ekintzaile» 2021 y se ordena su publicación.

Habiéndose adoptado por el Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, en su sesión celebrada el 27 de abril de 2021, el Acuerdo por el que se procede a la modificación de las bases reguladoras del programa de ayudas «Ekintzaile» 2021 y se ordena su publicación, y a los efectos de darle la debida publicidad,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el Acuerdo por el que se procede a la modificación de las bases reguladoras del programa de ayudas «Ekintzaile» 2021 y se ordena su publicación, que figura como anexo a la presente.

En Bilbao, a 3 de mayo de 2021.

El Director General de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial,

AITOR URZELAI INZA.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE 3 DE MAYO DE 2021, DEL DIRECTOR GENERAL DE SPRI-AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL
ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SPRI-AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL DE 27 DE ABRIL DE 2021 POR EL QUE SE PROCEDE A LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE AYUDAS «EKINTZAILE» 2021 Y SE ORDENA SU PUBLICACIÓN

Con fecha 11 de marzo de 2021, el Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial (SPRI), acordó la aprobación, publicación y convocatoria de las bases reguladoras del Programa de Ayudas «Ekintzaile» 2021, ordenando su publicación.

Habida cuenta de que procede la participación de entidades del sector público como empresas externas subcontratadas,

ACUERDA:

Primero.– Aprobar la modificación del apartado 2.d) del artículo 7, de las bases reguladoras del Programa de Ayudas «Ekintzaile» 2021, que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 7.– Gastos Subvencionables en el acompañamiento (Linea 1).

2.– Los gastos subvencionables deberán ser aprobados por el BIC tutor del proyecto y deberán cumplir los siguientes requisitos:

d) Las empresas externas subcontratadas en el ámbito del proyecto presentado deberán cumplir las siguientes condiciones:

I.– No tener vinculación, vía acciones o participaciones, así como administradas directa o indirectamente, con la solicitante de la ayuda o con alguna de las empresas incluidas en un proyecto de cooperación.»

Segundo.– Facultar a la Dirección General de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial a la realización de todos los actos de trámite que procedan para la publicación del presente Acuerdo.

Tercero.– Contra el presente acuerdo, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el BOPV, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOPV.

DISPOSICIÓN FINAL

Ordenar su publicación en el Boletín del País Vasco.


Análisis documental