Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 52, viernes 12 de marzo de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
1500

ORDEN de 3 de marzo de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se levantan medidas de prevención en explotaciones avícolas de la Comunidad Autónoma de Euskadi contra la influenza aviar.

Durante el año 2020 aparecieron diferentes focos de influenza aviar subtipo H5N8 en aves de corral, silvestres y cautivas en Estados miembros, que forman parte de las mismas rutas migratorias de aves, que las que atraviesan la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Por ello, mediante la Orden de 4 de enero de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, se establecieron diversas medidas de prevención a adoptar en explotaciones avícolas de la Comunidad Autónoma de Euskadi contra la influenza aviar (BOPV n.º 9 de 14 de enero de 2020). Esas medidas estaban enfocadas al reforzamiento de la bioseguridad, de los registros y bases de datos, de la vigilancia activa, y de la vigilancia pasiva.

Asimismo, en el Resuelvo Quinto de la mencionada Orden de 4 de enero de 2021 se establecía que las medidas podrían ser modificadas o levantadas atendiendo a las circunstancias epizoóticas y a la evolución de la enfermedad.

La nula incidencia de la enfermedad en la Comunidad Autónoma del País Vasco, la finalización de la temporada migratoria de aves y, en consecuencia, el bajo riesgo sanitario existente en la actualidad, hace posible y aconsejable el levantamiento de las medidas previstas en la mencionada Orden de 4 de enero. En este sentido, en la reunión entre los servicios de ganadería de las Diputaciones Forales y el Gobierno Vasco, celebrada el 24 de febrero de 2021 se abordó esta cuestión y acordó por unanimidad recomendar el levantamiento de tal prohibición.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Levantamiento de las medidas.

Se dejan sin efecto las medidas cautelares establecidas en la Orden de 4 de enero de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se establecen diversas medidas de prevención a adoptar en explotaciones avícolas de la Comunidad Autónoma de Euskadi contra la influenza aviar (BOPV n.º 9 de 14 de enero de 2020).

Segundo.– Recursos.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Efectos.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de marzo de 2021.

La Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.


Análisis documental