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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 48, lunes 8 de marzo de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
1351

ORDEN de 24 de febrero de 2021, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, por la que se procede al cese y nombramiento de las personas titulares y suplentes que integran la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.

El Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi, establece un nuevo modelo de gestión e integra en un único sistema el conjunto de las actuaciones de Formación Profesional para el Empleo que se desarrollan en nuestro territorio. El artículo 10 de dicho Decreto crea la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, como órgano de asesoramiento de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, estando esta adscrita a ese organismo autónomo.

Por Orden de 30 de julio de 2019, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, se regula la composición y el régimen de funcionamiento de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.

El artículo 4 de dicha Orden dispone, que la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas estará integrada por 10 miembros en representación de la Administración, por 5 miembros en representación de las organizaciones empresariales más representativas y por 5 miembros en representación de las organizaciones sindicales, en proporción a su representatividad.

Por su parte, el apartado 3 de dicho artículo establece que los miembros en representación de las organizaciones empresariales y de las organizaciones sindicales más representativas serán propuestos por dichas organizaciones y nombrados por el Consejero o Consejera titular del Departamento con competencias en materia de Formación Profesional para el Empleo.

Mediante Orden de 27 de diciembre de 2019, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, publicada en el BOPV n.º 21 de 31 de enero de 2020, se procedió al nombramiento inicial de las personas integrantes de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, conforme a lo determinado en la Orden reguladora de la misma.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, de la Orden de 30 de julio de 2019, la duración del mandato de las personas integrantes de dicha Comisión será de 4 años, pudiendo ser reelegidas al término de su mandato.

No obstante, el apartado 3 de dicho artículo, dispone que el mandato de las y los miembros de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas podrá expirar antes de la finalización del período de duración de su cargo en los casos en que hubiese habido una revocación o cese acordado por el órgano competente para el nombramiento, bien a iniciativa propia o previa petición razonada de la Administración, organización empresarial u organización sindical que propuso el nombramiento, o cuando hubiese acontecido la pérdida de la condición en virtud de la cual fue nombrada la persona integrante, en aquellas personas que hubieran sido nombradas integrantes de la Comisión por razón de su cargo.

Mediante Orden de 1 de diciembre de 2020, de la de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, se procedió a sustituir a una de las personas integrantes de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, en representación de la organización sindical Unión General de Trabajadores (UGT), a petición de dicha organización.

Como consecuencia del inicio de la XII Legislatura, se han producido ceses y nuevas designaciones entre el personal alto cargo de las diferentes Direcciones de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Tal circunstancia ha puesto de manifiesto la necesidad de renovar a las personas que fueron designadas inicialmente, mediante la Orden de 27 de diciembre de 2019, como titulares y suplentes de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Por lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Trabajo y Empleo, del Consejero de Educación, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, y de la Directora de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en uso de las facultades conferidas,

RESUELVO:

Primero.– Cesar a los siguientes miembros titulares y suplentes de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, que fueron nombrados en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi:

Titulares

– D. Marcos Muro Nájera.

– D.ª Amaia Arteaga Dañobeitia.

– D.ª Agurtzane Llano Cuadrado.

– D. Iñaki Arrizabalaga Ormaetxea.

– D. Borja Belandia Fradejas.

– D. Jon Uriarte Unzalu.

– D. Nestor Arana Arabaolaza.

– D.ª Itziar Etxebarria Lanborena.

Suplentes

– D.ª Noemí Ostolaza Arcauz.

– D. Josu Gerediaga Egurrola.

– D. Luis Sanzo González.

– D. Nicolás Sagarzazu Alzua.

– D. Javier Ramos Salazar.

– D. Juan Carlos García Rejas.

– D.ª Yolanda Ortega Fuente.

– D.ª M.ª Carmen Vea-Murgia Basterra.

Segundo.– Nombrar en su lugar, por el tiempo que resta para cumplimentar su mandato como miembros de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a las siguientes personas:

Titulares:

– D. Alfonso Gurpegui Ruiz, Viceconsejero de Empleo e Inclusión, del Departamento de Trabajo y Empleo.

– D. Francisco Pedraza Moreno, Director de Empleo e Inclusión, del Departamento de Trabajo y Empleo.

– D. Jokin Diaz Arsuaga, Director de Economía Social, del Departamento de Trabajo y Empleo.

– D.ª Mercedes Fernández Simancas, Directora de Servicios del Departamento de Trabajo y Empleo.

– D.ª María Gloria Múgica Conde, Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

– D. Jesús Losada Besteiro, Director de Formación para el Empleo y Garantía de Ingresos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

– D.ª María Teresa Martínez Granado, Directora de Activación Laboral de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

– D. Javier Ramos Salazar, responsable del Gabinete Técnico de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Suplentes

– D.ª Arantza González López, Asesora Jurídica del Departamento de Trabajo y Empleo.

– D.ª Miren Ortega Etcheverry, responsable del Servicio del Fondo Social Europeo, de la Dirección de Empleo e Inclusión, del Departamento de Trabajo y Empleo.

– D. Agustín Ibarzabal Quesada, técnico del Departamento de Trabajo y Empleo.

– Jose Antonio Carrillo Navas, Director de Servicios Generales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

– D.ª Itziar Etxebarria Lanborena, responsable del Servicio de Formación para el Empleo de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

– D.ª Edurne Barañano Etxebarria, responsable del Servicio de Servicios a Empresas de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

– D. Juan Carlos Ibarrola Saenz de Ugarte, coordinador del Servicio de Formación para el Empleo de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

– D. Luis Maria Saratxaga Quintana, por parte del Departamento de Educación.

En lo que respecta a los miembros designados por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, se mantienen los que fueron designados en virtud de la Orden de 27 de enero de 2020, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras: D. Mikel Amundarain Leibar, Director de Desarrollo Industrial como titular y D. Javier Zarraonandia Zuloaga, Viceconsejero de Industria, como suplente.

Del mismo modo, se mantiene como miembro suplente a D.ª Iratxe Moreno Yarritu, responsable del Servicio de Empleo, de la Dirección de Empleo e Inclusión, del Departamento de Trabajo y Empleo, designada en su momento mediante la Orden mencionada en el párrafo anterior, como suplente a propuesta de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales.

Finalmente, por el Departamento de Educación, se mantiene como titular a D. Jorge Arevalo Turrillas, Viceconsejero de Formación Profesional, en virtud de la designación realizada mediante la Orden de 27 de enero de 2020, a propuesta de la Consejera de Educación.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL.– La presente Orden surtirá efectos desde su aprobación.

La Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo,

IDOIA MENDIA CUEVA.


Análisis documental