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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 43, lunes 1 de marzo de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE VITORIA-GASTEIZ
1199

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 7/2020.

Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz – Unidad Procesal de Apoyo Directo Mercantil.

Juicio: juicio verbal 7/2020.

Demandante: Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales –AGEDI–, Sociedad General Autores y Editores –SGAE– y Artistas Intérpretes o Ejecutantes Sociedad de Gestión de España –AIE–.

Abogado: Diego Zaballos Garcia, Diego Zaballos Garcia y Diego Zaballos Garcia.

Procuradora: Carmen Carrasco Arana, Carmen Carrasco Arana y Carmen Carrasco Arana.

Demandado: Milenium Pizza, S.C. y Javier Fernandez Martinez.

Sobre: juicio verbal.

En el referido juicio se ha dictado el 19-10-2020 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

Estimar la demanda formulada por Sociedad General Autores y Editores (SGAE), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI), y Artistas Intérpretes o Ejecutantes Sociedad de Gestión de España (AIE), contra Milenium, S.C. y Javier Fernández Martínez, y en consecuencia

Condeno solidariamente a Milenium, S.C. y Javier Fernández Martínez a abonar:

– a SGAE la cantidad de 1.123,41 euros.

– a AGEDI y AIE la cantidad de 349,05 euros.

En ambos casos más el interés legal del dinero desde el 15-01-2020 hasta el completo pago, sin perjuicio de verse incrementado el interés legal en dos puntos desde la fecha de esta sentencia en caso de ejecución forzosa.

Se condena en costas a los demandados.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Milenium Pizza, S.C. y Javier Fernandez Martinez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de No cabe recurso alguno.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de febrero de 2021.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental