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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 34, martes 16 de febrero de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
867

ORDEN de 15 de enero de 2021, de la Consejera de Gobernanza Pública y autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la Fundación denominada Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 20 de julio de 2020 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la Fundación denominada Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, acordada por el Patronato de la Fundación el 11 de noviembre de 2019, y elevada a escritura pública que se otorgó ante la Notaria de Errenteria doña María de los Remedios Aguirre Sánchez-Barriga el 20 de julio de 2020 (número 672 de su protocolo). Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Segundo.– El Registro de Fundaciones requirió a la Fundación la subsanación de los defectos observados, teniendo entrada el 30 de diciembre de 2020 en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, nueva escritura pública que se otorgó ante la Notaria de Errenteria doña María de los Remedios Aguirre Sánchez-Barriga el 28 de diciembre de 2020 (número 1.418 de su protocolo).

Tercero.– En la referida documentación se manifiesta y eleva a pública la modificación de los estatutos de la Fundación para su adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

Cuarto.– El expediente ha sido examinado por los servicios técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado propuesta de resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1 n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la Fundación denominada Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa de Errenteria (Gipuzkoa) citada en el antecedente de hecho tercero, para su adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, con la fecha la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada ante la Notaria de Errenteria doña María de los Remedios Aguirre Sánchez-Barriga el 28 de diciembre de 2020 (número 1418 de su protocolo).

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de enero de 2021.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental