Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 10, viernes 15 de enero de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
179

ORDEN de 15 de diciembre de 2020, del Consejero de Educación, por la que se autoriza la ampliación de especialidades y la ampliación de grupos al Centro Autorizado Superior de Diseño «Kunsthal» de Bilbao (Bizkaia).

Examinado el expediente iniciado por el representante de la entidad titular del Centro Autorizado Superior de Diseño «Kunsthal» de Bilbao (Bizkaia) en solicitud de ampliación de especialidades y de grupos.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero (BOE de 6 de abril), sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), que modifica el Real Decreto 321/1994; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), que establece los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que imparten enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo (BOE de 5 de junio), por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Diseño establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; y demás legislación vigente aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza, a partir del curso escolar 2021-2022, a impartir las especialidades de Diseño de Moda y Diseño de Producto y ampliar un grupo al centro docente privado que se describe a continuación:

N.º de código: 015894 y 48019717.

Denominación genérica: Centro Autorizado Superior de Diseño.

Denominación específica: «Kunsthal».

Titular: Kunsthal, Kooperatiba Elkartea.

Domicilio: Ribera de Deustu, 17.

Municipio: Bilbao.

Territorio Histórico: Bizkaia.

Enseñanzas que se autorizan:

– Especialidad de «Diseño de Moda»: 4 unidades, con capacidad, cada una de ellas para de 20 puestos escolares.

– Especialidad de «Diseño de Producto»: 4 unidades, con capacidad, cada una de ellas para de 20 puestos escolares.

Grupos que se autorizan:

– Especialidad de «Diseño Gráfico»: 4 unidades, con capacidad, cada una de ellas para de 20 puestos escolares.

Composición resultante:

– Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño en las siguientes especialidades:

• Especialidad de «Diseño Gráfico»:8 unidades, con capacidad, cada una de ellas para de 20 puestos escolares.

• Especialidad de «Diseño de Interiores»: 4 unidades, con capacidad, cada una de ellas para de 20 puestos escolares.

• Especialidad de «Diseño de Moda»: 4 unidades, con capacidad, cada una de ellas para de 20 puestos escolares.

• Especialidad de «Diseño de Producto»: 4 unidades, con capacidad, cada una de ellas para de 20 puestos escolares.

Artículo 2.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al número de puestos escolares, al equipamiento, así como a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado que se requieren para la impartición de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

Artículo 3.– El centro debe cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de diciembre de 2020.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental