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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 2, martes 5 de enero de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
13

DECRETO 285/2020, de 22 de diciembre, por el que se autoriza al Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca la toma de participación en la ampliación de capital de la Sociedad Anónima Pública EiTB Media, S.A.U., y, como consecuencia de la misma, se autoriza la modificación de los estatutos de dicha sociedad.

Mediante Decreto 92/2020, de 14 de julio, de extinción de las sociedades públicas Eusko Irratia-Radiodifusión Vasca S.A., Gasteiz Irratia-Radio Vitoria, S.A. y Eitbnet, S.A., y de autorización para la modificación de los estatutos sociales de la sociedad pública Euskal Telebista-Televisión Vasca, S.A., fue autorizado el proyecto de fusión materializado de dichas sociedades en la sociedad absorbente Euskal Telebista, S.A., cuya denominación fue modificada por el de EiTB Media, S.A.U.

La Junta General Universal y Extraordinaria de la Sociedad Pública EiTB Media, S.A.U., a fecha 9 de noviembre de 2020, adoptó el Acuerdo de la ampliación de su capital social en cuatro millones trescientos diecinueve mil novecientos setenta y cinco euros con noventa y ocho céntimos (4.319.975,98), mediante la emisión de setecientas dieciocho mil setecientas noventa y ocho (718.798) acciones de seis con cero un (6,01) euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del número 9766279 al 10485076, ambos inclusive.

El ente público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca es accionista único de la citada entidad, por lo que le corresponde el ejercicio de los derechos inherentes a su condición de socio en tal sociedad, en orden a la adopción del acuerdo relativo a la adquisición de nuevas acciones.

El Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, establece en su artículo 110 que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno mediante Decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.

El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad.

El objeto social de la sociedad EiTB Media, S.A.U. según el artículo 3 de sus estatutos sociales es:

«Artículo 3.– Objeto social.

Constituye el objeto social:

a) La producción y transmisión de imágenes y sonidos simultáneamente a través de ondas o mediante cables destinados, mediata o inmediatamente, al público en general, con fines informativos, culturales, artísticos, comerciales, recreativos, publicitarios, así como medio de cooperación con el sistema educativo y de fomento y difusión de la cultura vasca, y en especial con el fomento y desarrollo del euskera.

b) La edición gráfica, edición musical y producción discográfica y videográfica.

c) La producción, reproducción, publicación, compra, venta, explotación comercial y distribución de contenidos para la sociedad de la información y especialmente los interactivos, multimedia y en red para los nuevos soportes de comunicación y servicio.

d) La puesta en marcha y mantenimiento de canales de comunicación y de servicio en estos nuevos soportes representados hoy por la televisión digital, teletexto, internet, y telefonía móvil y en un futuro por los que el desarrollo tecnológico haga posible.

e) La colaboración con centros tecnológicos en proyectos de innovación en este mismo ámbito.

f) La participación en proyectos empresariales y en alianzas de carácter estratégico que contribuyan al desarrollo del sector audiovisual vasco y a la apertura del sector hacia otros mercados.

Quedan excluidas del objeto social todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta sociedad.»

El punto dos del artículo 111 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, establece que la conformidad de los representantes de las acciones titularidad, directa o indirecta, de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma a la aprobación de los estatutos sociales y sus modificaciones, será autorizada por el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento a que se encuentre vinculada la sociedad.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, el ente público de derecho privado Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca se encuentra adscrito al Departamento de Cultura y Política Lingüística.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero de Cultura y Política Lingüística, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 22 de diciembre de 2020,

DISPONGO:

Primero.– Autorizar al ente público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca a la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad anónima pública EiTB Media, S.A.U., por un total de cuatro millones trescientos diecinueve mil novecientos setenta y cinco euros con noventa y ocho céntimos (4.319.975,98), equivalente al 100 % de la misma. Tras esta operación, la participación del ente público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca en esta sociedad seguirá siendo del 100 %.

Segundo.– Autorizar a los/as representantes de las acciones titularidad del ente público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca para prestar su conformidad a la modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales de la sociedad EiTB Media, S.A.U. como consecuencia de la ampliación de capital, que queda redactado como sigue: «El Capital Social se fija en sesenta y tres millones quince mil trescientos seis euros con setenta y seis céntimos (63.015.306,76), representado por 10.485.076 acciones nominativas, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas del 1 al 10485076, ambos inclusive, totalmente suscrito y desembolsado, perteneciendo el mismo al ente público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca».

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 22 de diciembre de 2020.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Economía y Hacienda,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.

El Consejero de Cultura y Política Lingüística,

BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.


Análisis documental