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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 237, viernes 27 de noviembre de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
5114

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2020, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2020.

Por Resolución de 25 de febrero de 2020, del Secretario General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación (Boletín Oficial del País Vasco n.º 46, de 6 de marzo), fueron convocadas las ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2020.

A la vista de la propuesta de concesión de las ayudas efectuada de acuerdo a lo que establece el artículo 9 de la referida Resolución de convocatoria, tras haber sido realizado el análisis técnico y la valoración de las solicitudes de ayudas por el Servicio de Coordinación Técnica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, y tras su aprobación en el Consejo Rector en sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2020,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las ayudas convocadas por Resolución de 25 de febrero de 2020, del Secretario General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación, a las entidades recogidas en el Anexo I de la Resolución, por el importe y en los términos que se indican en el mismo.

Segundo.– Denegar las ayudas a las entidades que se relacionan en el Anexo II por los motivos que se indican en el mismo.

Tercero.– Excluir las solicitudes presentas por las entidades relacionadas en el Anexo III, por las razones que se indican en el mismo.

Cuarto.– Tener por desistidas las solicitudes presentas por las entidades relacionadas en el Anexo IV.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Sexto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidenta de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de noviembre de 2020.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

(Véase el .PDF)

Análisis documental