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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 237, viernes 27 de noviembre de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
5109

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2020, del Delegado Territorial de Álava del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se autoriza la instalación de Red de distribución de Gas Natural: Núcleo Arkaute Academia Vasca de Policía y Emergencias, en el término municipal de Vitoria-Gasteiz (Álava), se aprueba el correspondiente proyecto y se declara la utilidad pública de la misma.

N.º expediente: 01-CG-Y-2020-00002.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– En 30-07-2020 Nortegas Energía Distribución, SAU solicitó la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y la declaración en concreto de la utilidad pública para la instalación de Red de distribución de Gas Natural: Núcleo Arkaute Academia Vasca de Policía y Emergencias, en el término municipal de Vitoria-Gasteiz (Álava).

2.– A los efectos previstos en la Ley 34/1998 de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, se sometió el expediente al trámite de información pública, publicándose el anuncio en el tablón del ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en el BOTHA de fecha 5 de octubre de 2020; en el BOPV de fecha 7 de octubre de 2020, en el periódico «Diario Noticias de Álava» de 9 de octubre de 2020 y en «El Correo» de 16 de octubre de 2020.

3.– Con carácter simultáneo al trámite de información pública, el 8 de octubre de 2020 se remitió separata del proyecto al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, quien no ha presentado condicionado técnico en plazo. Además, se enviaron separatas al Departamento de Infraestructuras y Movilidad de la Diputación Foral de Álava, así como a URA, Agencia Vasca del Agua, el 09-10-2020, no habiendo presentado condicionado técnico en plazo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural; el Real Decreto 919/2006 de 28 de julio por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y el Decreto 107/1998 de 9 de junio sobre autorización y puesta en servicio de instalaciones de servicio público de gas canalizado, establecen la exigencia de la autorización administrativa previa para la construcción de redes de distribución de gas.

2.– La Ley 34/1998, de 7 de octubre, declara de utilidad pública las instalaciones a las que se refiere el Título IV de la Ley relativas al suministro de gases combustibles por canalización.

3.– La presente Resolución se dicta de conformidad con la Resolución de 16 de marzo de 2018 del Director de Energía, Minas y Administración Industrial que delega en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias en el área de energía, administración de industria y seguridad industrial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Álava

RESUELVE:

1.– Autorizar a Nortegas Energía Distribución, SAU la instalación de Red de distribución de Gas Natural: Núcleo Arkaute Academia Vasca de Policía y Emergencias, en el término municipal de Vitoria-Gasteiz (Álava), y aprobar el correspondiente proyecto de ejecución.

2.– Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 105 de la citada Ley 34/1998, de 7 de octubre (BOE de 08-10-1998), la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de urgente ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 107/1998 y con las condiciones generales siguientes:

1.– La instalación que se autoriza habrá de realizarse de acuerdo con el proyecto denominado: «Proyecto constructivo – Red de distribución de Gas Natural. Núcleo de Arkaute – Academia Vasca de Policía y Emergencias – Municipio de Vitoria-Gasteiz (Álava)», del que es autor el ingeniero industrial Ángel Casas Bachiller.

2.– Las instalaciones deberán cumplir lo establecido en el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (Real Decreto 919/2000 de 28 de julio), así como las disposiciones y normas técnicas correspondientes.

3.– Para introducir modificaciones que afecten a los datos básicos contenidos en el proyecto aprobado, será necesario obtener la autorización correspondiente.

4.– El plazo de ejecución de la instalación que se autoriza será de 3 años a partir de la fecha de la autorización.

5.– Nortegas Energía Distribución, SAU, de acuerdo con lo previsto en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, constituirá en el plazo de 2 meses, una fianza de 5.119,63 euros, en garantía de cumplimiento de sus obligaciones.

6.– Los reconocimientos, ensayos y pruebas de carácter general o parcial que, según las disposiciones en vigor, hayan de realizarse en las instalaciones, deberán ser comunicados a la Delegación Territorial de Araba / Álava con la debida antelación.

7.– Una vez finalizadas las obras de instalación, deberá presentarse ante la Delegación Territorial de Álava los correspondientes Certificados de Dirección de Obra, actas de pruebas con los registros gráficos, así como los planos as-built.

8.– Nortegas Energía Distribución, SAU dará cuenta de la terminación de las instalaciones a esta Delegación Territorial para su reconocimiento definitivo y el levantamiento del acta de puesta en marcha, sin cuyo requisito no podrá entrar en funcionamiento.

9.– La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener los mismos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2020.

El Delegado Territorial de Álava,

JESÚS PASCUAL LORENTE.


Análisis documental