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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 233, lunes 23 de noviembre de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
5022

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2020, del Delegado Territorial de Álava del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se autoriza la instalación de Desvío de la LAAT 30 kV «Miranda-Ircio 1» entre apoyos n.º 41 y n.º 51 para adaptación de protección a la avifauna en el municipio de Zambrana (Araba/Álava), se aprueba el proyecto y se declara la utilidad pública de la misma.

N.º expediente: 01-AT-Y-2020-00014.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– El 06-03-2020 i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitó la autorización administrativa, declaración en concreto de la utilidad pública y la aprobación del proyecto de Desvío de la LAAT 30 kV «Miranda-Ircio 1» entre apoyos n.º 41 y n.º 51 para adaptación de protección a la avifauna en el municipio de Zambrana (Araba/Álava).

2.– En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas, e instalaciones de conexión de consumidores y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los artículos 17 y 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, dicho proyecto ha sido sometido a información pública, junto con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que el peticionario considera de necesaria expropiación.

3.– A tales efectos, dentro del trámite de información pública se publicó el Anuncio en el tablón del Ayuntamiento de 21-07-2020 al 24-08-2020, ambos inclusive, en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de fecha 27-07-2020, en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha 16-07-2020, en el periódico «Diario Noticias de Álava» el 22-07-2020, y en «El Correo» el 28-07-2020.

4.– Con carácter simultáneo al trámite de información pública, este Departamento ha enviado la separata correspondiente al Ayuntamiento de Zambrana el 17-07-2020 y al Departamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputación Foral de Álava, al Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava y a Telefónica de España, SAU el 06-10-2020. El Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava y Telefónica de España, SAU respondieron con informe favorable, mientras que el resto no han presentado alegaciones en plazo.

5.– Dentro del plazo reglamentario, presenta alegaciones Dña. María Concepción Cañas García de Andoain con fecha 06-08-2020 en relación con la ubicación de un apoyo en el límite de su parcela y con la valla existente.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley de 26 de abril de 1957 de expropiación forzosa, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco; Resolución de 8 de marzo de 2011 del Director de Energía y Minas por la que se establecen prescripciones específicas para el paso de líneas de alta tensión por zonas de arbolado, y demás legislación concordante.

2.– El artículo 54 de la citada Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, declara la utilidad pública de las instalaciones de distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, llevando implícita tal declaración la necesidad de ocupación de los mismos e implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de dicha Ley, así como del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

3.– La presente Resolución se dicta de conformidad con la Resolución de 16 de marzo de 2018 del Director de Energía, Minas y Administración Industrial que delega en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias en el área de energía, administración de industria y seguridad industrial.

4.– Se estima la alegación presentada por Dña. María Concepción Cañas García de Andoain con fecha 06-08-2020, se confirma su entendimiento de la linde y la responsabilidad del promotor en cualquier obra de modificación del vallado que haya que efectuar, lo cual recoge en ese sentido el promotor en su contestación específica a la alegación con fecha 24-09-2020.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Álava

RESUELVE:

1.– Autorizar a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. la instalación y aprobar el proyecto de Desvío de la LAAT 30 kV «Miranda-Ircio 1» entre apoyos n.º 41 y n.º 51 para adaptación de protección a la avifauna en el municipio de Zambrana (Araba/Álava).

2.– Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación referenciada.

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 282/2002 y con las condiciones generales siguientes:

1) Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2) El plazo de puesta en marcha será de tres años contado a partir de la presente Resolución.

3) El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Álava, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4) La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de noviembre de 2020.

El Delegado Territorial de Álava,

JESÚS PASCUAL LORENTE.


Análisis documental