Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 229, miércoles 18 de noviembre de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

SPRI-AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL
4957

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2020, del Director General de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por la que se modifican las bases reguladoras de los Programas «Zabaldu 2020», «Sakondu 2020», «Pilotu 2020» y «Renove Industria 4.0 2020».

SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, ente público de derecho privado adscrito al Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, tiene encomendadas actuaciones dirigidas a impulsar la promoción industrial, la competitividad, la cooperación entre empresas, la internacionalización empresarial, la investigación y el desarrollo en las empresas, etc., en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).

Como consecuencia de lo anterior, se diseñaron los Programas de Ayudas «Zabaldu 2020», «Sakondu 2020», «Pilotu 2020» y «Renove Industria 4.0 2020» publicados el pasado 27 de mayo de 2020 (BOPV n.º 114), 27 de mayo de 2020 (BOPV n.º 114), 8 de julio de 2020 (BOPV n.º 142), y 29 de julio de 2020 (BOPV n.º 176) respectivamente.

En el citado contexto, se ha percibido en el presente ejercicio un aumento del número de proyectos presentados a algunos de estos programas. Por el contrario, sin haber una disminución significativa en número, ha disminuido el importe medio de los proyectos presentados a otros Programas. De esta forma, y con objeto de lograr una correcta distribución de los recursos asignados, y con el objetivo de maximizar el número de proyectos apoyados, procede modificar los recursos asignados a cada Programa y recogidos en las bases reguladoras de dichos Programas de Ayudas.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la modificación del apartado 1 del artículo 3 de la normativa correspondiente al Programa de Ayudas «Zabaldu 2020», que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 3.– Recursos económicos.

1.– Los recursos económicos destinados a la finalidad establecida en el artículo 1 ascienden a la cantidad de 1.990.000 euros, y provendrán de las correspondientes dotaciones presupuestarias establecidas al efecto en los presupuestos de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, incluidos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.»

Segundo.– Aprobar la modificación del apartado 1 del artículo 3 de la normativa correspondiente al Programa de Ayudas «Sakondu 2020», que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 3.– Recursos económicos.

1.– Los recursos económicos destinados a la finalidad establecida en el artículo 1 ascienden a la cantidad de 620.000 euros, y provendrán de las correspondientes dotaciones presupuestarias establecidas al efecto en los presupuestos de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, incluidos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.»

Tercero.– Aprobar la modificación del apartado 1 del artículo 3 de la normativa correspondiente al Programa de Ayudas «Pilotu 2020», que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 3.– Recursos económicos.

1.– Los recursos económicos destinados a la finalidad establecida en el artículo 1 ascienden a la cantidad de 230.000 euros, y provendrán de las correspondientes dotaciones presupuestarias establecidas al efecto en los presupuestos de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, incluidos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.»

Cuarto.– Aprobar la modificación del artículo 4 de la normativa correspondiente al Programa de Ayudas «Renove Industria 4.0 2020», que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 4.– Recursos económicos.

Los recursos económicos destinados al objeto de este Programa para la concesión de ayudas en 2020, ascienden a la cantidad de 6.000.000 de euros, y provendrán de las correspondientes dotaciones presupuestarias establecidas al efecto en los presupuestos de SPRI-Agencia Vasca de desarrollo Empresarial, incluidos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de 2020.»

Quinto.– Proceder a la publicación íntegra en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución de modificación de las bases reguladoras correspondientes a los Programas de Ayudas «Zabaldu 2020», «Sakondu 2020», «Pilotu 2020» y «Renove Industria 4.0 2020».

Sexto.– Contra la presente Resolución, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección General de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el BOPV, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOPV.

En Bilbao, a 11 de noviembre de 2020.

El Director General de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial,

AITOR URZELAI INZA.


Análisis documental